Por Acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia, de 28 de julio de 2025, se aprobó la modificación de la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Galicia (DOG núm. 146, de 1 de agosto).
En la actualidad existe un puesto de trabajo vacante cuyo procedimiento de provisión es el de libre designación.
De conformidad con el artículo 30 de la Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia, y con el artículo 50 de su reglamento de organización y funcionamiento, aprobado por el Decreto 91/2015, de 18 de junio, y de acuerdo también con lo establecido en los artículos 88.2 y 92 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en el Decreto 151/2022, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico (de aplicación supletoria en los términos previstos en el artículo 30.4 de la Ley 3/2014, de 24 de abril), esta presidencia
DISPONE:
Primero. Anunciar la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo que se detalla en el anexo I de esta resolución.
Segundo. Podrá concurrir a ella el personal funcionario que reúna las condiciones que para el puesto de trabajo se señalan en dicho anexo I.
La persona funcionaria que, en su caso, desempeñe en comisión de servicios el puesto objeto de esta convocatoria tendrá la obligación de participar en ella. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la revocación de la comisión de servicios.
Tercero. Las solicitudes para participar en esta convocatoria, según el modelo que se incluye en el anexo II, se dirigirán a la Presidencia del Consejo Consultivo de Galicia (calle Algalia de Abaixo, 24, 2ª planta, Santiago de Compostela) y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, http://sede.xunta.gal, en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Para la presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas que presenten su solicitud presencialmente serán requeridas para que la enmienden a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuese realizada la enmienda.
Cuarto. Las personas aspirantes deberán adjuntar con la solicitud un currículum vitae y justificar documentalmente los méritos que aleguen mediante certificación o copia electrónica auténtica.
Lo méritos alegados y no probados según se indica en el párrafo anterior no se tendrán en cuenta.
Quinto. Si la persona seleccionada para ocupar el puesto de trabajo, que se anuncia en el anexo I, tiene destino en otra Administración pública, se tramitará su traslado a esta comunidad autónoma conforme a lo previsto en el artículo 29 del Decreto 151/2022, de 4 de agosto, y, en su caso, en el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes.
Sexto. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos (2) meses contados desde la fecha de su publicación. En caso de no resolverse en dicho plazo, se declarará la caducidad del procedimiento.
La resolución de la convocatoria, con la adjudicación del puesto a cualquiera de las personas funcionarias de carrera solicitantes, que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, o su declaración como desierta, por considerar que ninguna de las personas candidatas reúne las características adecuadas para el puesto de trabajo o no reúne la idoneidad necesaria para su desempeño, o si no se presenta ninguna solicitud, se hará pública en el Diario Oficial de Galicia.
Sétimo. El plazo de toma de posesión será de tres (3) días hábiles si no implica cambio de residencia, o de siete (7) días hábiles si comporta cambio de residencia. Cuando la persona adjudicataria del puesto obtenga con su toma de posesión el reingreso al servicio activo, el plazo será de un (1) mes.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que se deberá producir dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, o desde la fecha en la que se comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso del personal funcionario de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Octavo. Contra esta resolución, que agota al vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consejo Consultivo de Galicia, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos (2) meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 4 de agosto de 2025
Andrés Lago Louro
Presidente del Consejo Consultivo de Galicia
ANEXO I
Denominación: letrado/a mayor.
Código del puesto: CCG 002.
Nivel: 30.
Complemento específico: 37.875,32 €.
Subgrupo: A1.
Cuerpo o escala: funcionarios del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, escala letrados.
Tipo de adscripción: adscripción a personal funcionario de la Xunta de Galicia.
Centro directivo o dependencia: Consejo Consultivo de Galicia.
Localidad: Santiago de Compostela.
