BDNS (identif.): 851368.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851368
Primero. Entidades beneficiarias
Serán entidades beneficiarias las agrupaciones entre un organismo de investigación de Galicia y una o varias empresas de las que al menos una debe ser una pyme, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que formen parte de una unidad mixta de investigación para el desarrollo de forma conjunta y coordinada de actividades de I+D+i.
En el marco de esta resolución se considerarán organismos de investigación:
– Los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de Galicia.
– Las universidades públicas del Sistema universitario gallego.
– Los centros en Galicia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
– Las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia.
– Otros organismos de investigación de Galicia que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
Las empresas podrán ser pequeñas, medianas y grandes, según las definiciones del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.
Segundo. Objeto de la convocatoria
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación, en el marco del Programa de unidades mixtas de investigación, mediante las siguientes modalidades:
• Modalidad A: ayudas para la creación y puesta en marcha de nuevas unidades mixtas de investigación, procedimiento IN853A.
• Modalidad B: ayudas para la consolidación de unidades mixtas de investigación, procedimiento IN853B.
• Modalidad C: ayudas para centros mixtos de investigación, procedimiento IN853C.
Estas ayudas tienen como objetivo impulsar el desarrollo de proyectos colaborativos en el ámbito de la I+D+i, promoviendo la cooperación entre los centros de conocimiento y empresas para abordar retos conjuntos y desarrollar soluciones innovadoras en el marco de la Estrategia de especialización inteligente (RIS3) de Galicia 2021-2027.
Asimismo, mediante esta resolución se convocan las citadas ayudas para el año 2025 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva; las ayudas concedidas en el marco de la presente resolución se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Financiación
El importe total de la convocatoria es 12.000.000 euros, con la siguiente distribución:
|
Modalidad |
Entidades beneficiarias |
Aplicación presupuestaria |
Crédito (en euros) |
||||
|
Año 2025 |
Año 2026 |
Año 2027 |
Año 2028 |
Total |
|||
|
Mod. A (IN853A) |
Organismos de investigación privados |
07.A2.561A.781.0 (CP: 2025 00003) |
321.250,00 |
900.000,00 |
1.183.750,00 |
750.000,00 |
3.155.000,00 |
|
Organismos de investigación públicos |
07.A2.561A.744.0 (CP: 2025 00003) |
3.750,00 |
300.000,00 |
291.250,00 |
250.000,00 |
845.000,00 |
|
|
Total |
325.000,00 |
1.200.000,00 |
1.475.000,00 |
1.000.000,00 |
4.000.000,00 |
||
|
Mod. B (IN853B) |
Organismos de investigación privados |
07.A2.561A.781.0 (CP: 2025 00004) |
318.750,00 |
900.000,00 |
1.181.250,00 |
750.000,00 |
3.150.000,00 |
|
Organismos de investigación públicos |
07.A2.561A.744.0 (CP: 2025 00004) |
6.250,00 |
300.000,00 |
293.750,00 |
250.000,00 |
850.000,00 |
|
|
Total |
325.000,00 |
1.200.000,00 |
1.475.000,00 |
1.000.000,00 |
4.000.000,00 |
||
|
Mod. C (IN853C) |
Organismos de investigación privados |
07.A2.561A.781.0 (CP: 2025 00004) |
260.000,00 |
660.000,00 |
980.000,00 |
600.000,00 |
2.500.000,00 |
|
Organismos de investigación públicos |
07.A2.561A.744.0 (CP: 2025 00004) |
90.000,00 |
440.000,00 |
570.000,00 |
400.000,00 |
1.500.000,00 |
|
|
Total |
350.000,00 |
1.100.000,00 |
1.550.000,00 |
1.000.000,00 |
4.000.000,00 |
||
|
Total |
1.000.000,00 |
3.500.000,00 |
4.500.000,00 |
3.000.000,00 |
12.000.000,00 |
||
La distribución de fondos entre las modalidades de ayuda, las aplicaciones presupuestarias, la tipología de beneficiarios y las anualidades señaladas es una previsión que deberá ajustarse tras la valoración de las solicitudes de ayuda, siendo posible incluso la incorporación de nuevas aplicaciones presupuestarias y de nuevos conceptos de gasto, teniendo en cuenta la naturaleza de las entidades beneficiarias, sin incrementar el crédito total.
Intensidad de las ayudas: hasta un 40 % del presupuesto total subvencionable de la unidad mixta, con un máximo de 3.000.000 euros.
Quinto. Plazo de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 22 de septiembre de 2025, debiendo cumplirse el plazo mínimo de un mes.
Santiago de Compostela, 29 de julio de 2025
Carmen Cotelo Queijo
Directora de la Agencia Gallega de Innovación
