DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Lunes, 18 de agosto de 2025 Pág. 44801

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

EXTRACTO de la Resolución de 29 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas del Programa de unidades mixtas de investigación, cofinanciadas por la Unión Europea en un 60 % en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se convocan para el año 2025 (códigos de procedimiento IN853A, IN853B e IN853C).

BDNS (identif.): 851368.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851368

Primero. Entidades beneficiarias

Serán entidades beneficiarias las agrupaciones entre un organismo de investigación de Galicia y una o varias empresas de las que al menos una debe ser una pyme, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que formen parte de una unidad mixta de investigación para el desarrollo de forma conjunta y coordinada de actividades de I+D+i.

En el marco de esta resolución se considerarán organismos de investigación:

– Los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de Galicia.

– Las universidades públicas del Sistema universitario gallego.

– Los centros en Galicia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

– Las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia.

– Otros organismos de investigación de Galicia que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.

Las empresas podrán ser pequeñas, medianas y grandes, según las definiciones del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.

Segundo. Objeto de la convocatoria

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación, en el marco del Programa de unidades mixtas de investigación, mediante las siguientes modalidades:

• Modalidad A: ayudas para la creación y puesta en marcha de nuevas unidades mixtas de investigación, procedimiento IN853A.

• Modalidad B: ayudas para la consolidación de unidades mixtas de investigación, procedimiento IN853B.

• Modalidad C: ayudas para centros mixtos de investigación, procedimiento IN853C.

Estas ayudas tienen como objetivo impulsar el desarrollo de proyectos colaborativos en el ámbito de la I+D+i, promoviendo la cooperación entre los centros de conocimiento y empresas para abordar retos conjuntos y desarrollar soluciones innovadoras en el marco de la Estrategia de especialización inteligente (RIS3) de Galicia 2021-2027.

Asimismo, mediante esta resolución se convocan las citadas ayudas para el año 2025 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva; las ayudas concedidas en el marco de la presente resolución se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Financiación

El importe total de la convocatoria es 12.000.000 euros, con la siguiente distribución:

Modalidad

Entidades

beneficiarias

Aplicación presupuestaria

Crédito (en euros)

Año 2025

Año 2026

Año 2027

Año 2028

Total

Mod. A (IN853A)

Organismos de investigación privados

07.A2.561A.781.0

(CP: 2025 00003)

321.250,00

900.000,00

1.183.750,00

750.000,00

3.155.000,00

Organismos de investigación públicos

07.A2.561A.744.0

(CP: 2025 00003)

3.750,00

300.000,00

291.250,00

250.000,00

845.000,00

Total

325.000,00

1.200.000,00

1.475.000,00

1.000.000,00

4.000.000,00

Mod. B (IN853B)

Organismos de investigación privados

07.A2.561A.781.0

(CP: 2025 00004)

318.750,00

900.000,00

1.181.250,00

750.000,00

3.150.000,00

Organismos de investigación públicos

07.A2.561A.744.0

(CP: 2025 00004)

6.250,00

300.000,00

293.750,00

250.000,00

850.000,00

Total

325.000,00

1.200.000,00

1.475.000,00

1.000.000,00

4.000.000,00

Mod. C (IN853C)

Organismos de investigación privados

07.A2.561A.781.0

(CP: 2025 00004)

260.000,00

660.000,00

980.000,00

600.000,00

2.500.000,00

Organismos de investigación públicos

07.A2.561A.744.0

(CP: 2025 00004)

90.000,00

440.000,00

570.000,00

400.000,00

1.500.000,00

Total

350.000,00

1.100.000,00

1.550.000,00

1.000.000,00

4.000.000,00

Total

1.000.000,00

3.500.000,00

4.500.000,00

3.000.000,00

12.000.000,00

La distribución de fondos entre las modalidades de ayuda, las aplicaciones presupuestarias, la tipología de beneficiarios y las anualidades señaladas es una previsión que deberá ajustarse tras la valoración de las solicitudes de ayuda, siendo posible incluso la incorporación de nuevas aplicaciones presupuestarias y de nuevos conceptos de gasto, teniendo en cuenta la naturaleza de las entidades beneficiarias, sin incrementar el crédito total.

Intensidad de las ayudas: hasta un 40 % del presupuesto total subvencionable de la unidad mixta, con un máximo de 3.000.000 euros.

Quinto. Plazo de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 22 de septiembre de 2025, debiendo cumplirse el plazo mínimo de un mes.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2025

Carmen Cotelo Queijo
Directora de la Agencia Gallega de Innovación