DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Lunes, 18 de agosto de 2025 Pág. 44891

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Narón (expediente IN407A 2024/303-1).

Expediente: IN407A 2024/303-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: Adecuación LMTA CRN703A. Soterramiento del tramo CRN703A y CRN710 entre el apoyo AQLND9GO//D6 y los CCTT 15CP16 y 15CHVX (Narón).

Ayuntamiento: Narón.

Hechos:

1. El día 3.10.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada. El proyecto tiene su origen en la situación peligrosa de un apoyo de la línea existente, originada por movimientos de tierras.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado Adecuación LMTA CRN703A. Soterramiento de tramo CRN703A y CRN710 entre el apoyo AQLND9GO//D6 y los CCTT 15CP16 y 15CHVX (Narón), firmado el día 19.9.2024 por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, nº de colegiado 4.684 de Vigo (COITIVigo). Asimismo, presentan enmienda al requerimiento formulado por este departamento territorial, firmada por el mismo ingeniero el 18.6.2025.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Augas de Galicia, Agencia Gallega de Infraestructuras y Ayuntamiento de Narón. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

4. El día 24.7.2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el ayuntamiento de Narón y sus características técnicas son las siguientes:

Actuaciones en las líneas 15 kV CRN703A (Freixeiro 3) y CRN710 (Asilo 10):

– Instalación de un nuevo apoyo de celosía de tipo C-7000-18 en la línea de media tensión (LMT) 15 kV DC (CRN703A y CRN710), en el que se instalará un reconectador telecontrolado y dos pasos de aéreo a soterrado (PAS).

– Desmantelamiento de un tramo aéreo de la DC (CRN703A y CRN710) entre el nuevo apoyo proyectado y el apoyo 6 a desmantelar. Desmantelamiento de un tramo aéreo CRN710 entre el apoyo 6 y el apoyo ARkAYT9J a desmantelar. Desmantelamiento de un tramo aéreo de la CRN703A entre el apoyo 6 y el apoyo 10 a desmantelar. Desmantelamiento de un tramo soterrado de la CRN703A entre el PASS del apoyo 10 y el CS Gadis Freixeiro (15CHVX).

Nuevos tramos de soterrados de la CRN703A:

– Tramo de 90 metros, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240), entre el apoyo proyectado y empalmes a realizar en línea actualmente fuera de servicio.

– Tramo de 224 metros, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240), entre el apoyo proyectado y el CS Asilo (15CP16).

– Nuevo tramo soterrado de 613 metros, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240), entre el CS Gadis Freixeiro (15CHVX) y los empalmes a realizar en línea actualmente fuera de servicio.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014 (DOUE nº 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 24 de julio de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña