El 24 de febrero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 11 de febrero de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la realización de auditorías de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento AU301D), en adelante resolución de convocatoria.
El artículo 22.1 de la resolución de convocatoria se refiere al plazo para presentar la documentación justificativa, indicando lo siguiente:
1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizará el 6 de octubre de 2025, sin perjuicio de que se pueda presentar dicha documentación con anterioridad para su tramitación.
Con posterioridad al otorgamiento de las subvenciones se recibieron en Augas de Galicia comunicaciones de alguno de los ayuntamientos que fueron beneficiarios solicitando la ampliación del plazo de justificación.
Asimismo, debe tenerse en cuenta el elevado número de solicitudes presentadas al amparo de este procedimiento, el objeto de las actuaciones subvencionadas que requieren de un tiempo de ejecución mayor, así como la tramitación de una ampliación del crédito inicialmente previsto en la resolución de convocatoria, lo que tuvo como consecuencia que no se pudieran dictar todas las resoluciones de concesión en el plazo establecido en la convocatoria.
El artículo 45.3 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establece la posibilidad de que el órgano concediente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.
Por otra parte, se remite al dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el que se indica que la ampliación podrá acordarse, de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejaran.
Las bases reguladoras no contienen precepto en contra de la ampliación del plazo de justificación.
La ampliación del plazo no causa perjuicio a terceros.
Por todo el anterior, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada y teniendo en cuenta todo lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo único. Modificación de la Resolución de 11 de febrero de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la realización de auditorías de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento AU301D)
Se modifica el apartado 1 del artículo 22 de la Resolución de 11 de febrero de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la realización de auditorías de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento AU301D), que queda redactado como sigue:
«1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizará el 20 de octubre de 2025, sin perjuicio de que se pueda presentar dicha documentación con anterioridad para su tramitación».
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2025
La presidenta de Augas de Galicia
P.D. (Disposición adicional segunda de la Resolución de 11.2.2025;
DOG núm. 37, de 24 de febrero)
Roi Fernández Añón
Director de Augas de Galicia

