DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 29 de septiembre de 2025 Pág. 51305

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2025 por la que se amplía el plazo de ejecución y justificación de las inversiones establecido en la Resolución de 25 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para la planificación energética de entidades locales y comunidades energéticas, anualidad 2025 (código de procedimiento IN418E).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 7, de 13 de enero de 2025, se publicó la Resolución de 25 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para la planificación energética de entidades locales y comunidades energéticas, anualidad 2025 (código de procedimiento IN418E).

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitó en régimen de concurrencia no competitiva, según la excepción prevista en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Conforme a lo establecido en el artículo 3.1 de las bases reguladoras serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre 1 de enero y el 30 de septiembre de 2025, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Aspecto que se desarrolla en el artículo 25 que recoge que la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2025 y en el artículo 27.3.a).3° que establece que la fecha de los justificantes de gasto y del pago, para su validez y admisión, estará comprendida entre 1 de enero y el último día del plazo de justificación previsto en el artículo 25 de las bases reguladoras.

En el presente procedimiento de concesión de ayudas se están registrando solicitudes de prórroga por parte de los beneficiarios, motivadas en las dificultades jurídicas y técnicas para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referida fecha límite.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros. Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el que se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

Consecuentemente con todo lo anterior, sobre la base de los hechos señalados y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Modificar la Resolución de 25 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, del procedimiento de concesión de subvenciones para la planificación energética de entidades locales y comunidades energéticas, anualidad 2025 (código de procedimiento IN418E) en el siguiente sentido:

El párrafo primero del artículo 3.1 de la resolución queda redactado de la siguiente manera:

«1. Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre 1 de enero y el 31 de octubre de 2025, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia».

El artículo 25 de la resolución queda redactado de la siguiente manera:

«La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 31 de octubre de 2025».

Segundo. Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2025

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia