Dentro de las actividades programadas para el año 2026, y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, se anuncia el desarrollo de un curso selectivo para la categoría de policía de los cuerpos de Policía local, según lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de las policías locales, y en el artículo 51 y siguientes del Decreto 15/2023, de 12 de enero, que deberá desarrollarse conforme a las siguientes bases:
Objetivos.
Dotar a los/las policías de una formación teórico-práctica de carácter inicial, específica para las funciones propias de los cuerpos de Policía local, que les facilite la competencia y la capacidad necesarias para el posterior desempeño de su actividad profesional.
Personas destinatarias.
El curso va dirigido a todas aquellas personas que superaron los procesos selectivos para el acceso a la categoría de policía, escala básica, de los cuerpos de la Policía local de los diferentes ayuntamientos de Galicia, y para su realización serán nombradas personal funcionario en prácticas de esos ayuntamientos.
Solicitudes.
Los ayuntamientos deberán remitir un escrito a la Academia Gallega de Seguridad Pública en el cual soliciten las correspondientes plazas de reserva, con indicación de las personas que superaron el proceso selectivo para el acceso en la categoría de policía, escala básica, del cuerpo de la Policía local de cada ayuntamiento.
Estarán exentos de esta comunicación aquellos ayuntamientos adheridos al proceso selectivo, convocado por la Orden de 26 de junio de 2025 (DOG núm. 125, de 2 de julio).
Contenido y duración.
El curso se desarrollará en régimen de internado en la sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública, en sesiones de mañana y tarde, de lunes a sábado (los sábados lectivos se indicarán al alumnado con la debida antelación), y en él se tratarán, entre otros, los siguientes módulos:
– Jurídico.
– Policía de tráfico.
– Operativo.
– Asistencial.
– Técnico.
– Policía administrativa.
– Social-humanístico.
– Policía judicial y de investigación.
– Formación física.
El curso tendrá una duración de 1.400 horas lectivas, 900 horas de formación en la Agasp en régimen de internado y 500 horas de prácticas en los respectivos ayuntamientos de procedencia.
Desarrollo del curso.
El alumnado de la Agasp, durante su período de permanencia, se regirá por el Reglamento de régimen interior de esta, publicado por la Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el DOG núm. 30, de 12 de febrero.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, y el artículo 25.e) del Reglamento de régimen interior de la Agasp, por orden de la jefatura de enseñanza se podrán llevar a cabo las pruebas necesarias, sin aviso, de manera aleatoria o específica entre el alumnado, para verificar esas situaciones.
Fechas:
Este curso se desarrollará entre el 2 de enero de 2026 y el 9 de octubre de 2026.
– En la Academia, en dos períodos: del 2 de enero al 26 de junio, y del 5 al 9 de octubre.
– En los ayuntamientos de procedencia realizando el período de prácticas: del 27 de junio al 4 de octubre.
Informe final.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 55 del Decreto 15/2023, de 12 de enero, de desarrollo de la Ley 4/2007, una vez superado el curso selectivo la persona titular de la Dirección de la Agasp certificará dicha circunstancia al ayuntamiento, de manera que pueda procederse a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Los ayuntamientos de procedencia del alumnado deberán remitir a la Agasp al final del período de prácticas:
1. Un informe individual por cada alumno/a, elaborado por la persona que ocupe la Jefatura de Policía, en el que refleje si dicho alumnado superó el período de prácticas.
2. Ese informe deberá presentarse junto con el escrito al que le sirve de base, firmado por la persona titular de la alcaldía o la concejalía respectiva en el supuesto de tener delegada dicha competencia, en el cual el ayuntamiento da cuenta a la Agasp del resultado de la evaluación de las prácticas. Teniendo en cuenta que este informe vincula directamente al ayuntamiento de origen al decidir sobre la superación o no del período de prácticas del alumnado y, por lo tanto, sobre su futura toma de posesión como personal funcionario de carrera de ese ayuntamiento, resolviendo así un procedimiento para el nombramiento de personal municipal, el informe lo firmará –tal y como indica el artículo 54 del Decreto 15/2023– la persona titular de la alcaldía o la persona titular de la concejalía con competencias directas en materia de nombramiento de personal y/o seguridad pública.
Este informe debe remitirse a la Agasp entre los días 5 y 8 de octubre de 2026.
Modificaciones.
La Academia Gallega de Seguridad Pública podrá modificar el desarrollo del curso para adaptarlo a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.
A Estrada, 31 de octubre de 2025
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública
