DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miércoles, 12 de noviembre de 2025 Pág. 58476

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Narón (expediente IN407A 2024/242-1).

Expediente: IN407A 2024/242-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: Retranqueo LMT del polígono industrial de A Gándara, nº 144.

Ayuntamiento: Narón.

Hechos:

1. El día 18.7.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Con el objeto de atender una solicitud del retiro de un tramo de la LAT 15 kV, doble circuito (A Gándara 5, CRN-705 y Faísca-A Gándara 9, CRN-709) a su paso por la parcela de referencia catastral nº 5459010NJ6155N0001KB. Este proyecto contempla parte de las actuaciones asociadas al retiro. Los restos están definidas en el expediente IN407A 2024/278-1.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan memoria, planos y presupuesto con el proyecto de ejecución denominado Retranqueo LMT del polígono industrial de A Gándara, nº 144, y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado Retranqueo LMT del polígono industrial de A Gándara, nº 144, firmado el día 21.6.2024 por Raúl Guillermo Naveira Dueñas, ingeniero técnico industrial industrial, especialidad eléctrica, número de colegiado 1.905 de A Coruña.

• Contestación al requirimiento, firmado el día 24.7.2025 por Raúl Guillermo Naveira Dueñas.

• Contestación al requirimiento, firmado el día 13.10.2025 por Raúl Guillermo Naveira Dueñas.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Aesa (informe y condicionado aceptados por UFD), Urbanismo (Costas de Galicia) (informe y condicionado aceptados por UFD), Patrimonio Cultural (informe favorable y condicionado aceptados por UFD), Augas de Galicia (no contestó) y Ayuntamiento de Narón (informe y condicionado aceptados por UFD).

4. El día 16.10.2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la avenida del Mar 114 a 118, polígono industrial A Gándara en el ayuntamiento de Ferrol y sus características técnicas son las siguientes:

Atender una solicitud de retirada de un tramo de la LAT 15 kV, doble circuito (A Gándara 5, CRN-705 y Faísca-A Gándara 9, CRN-709) a su paso por la parcela de referencia catastral nº 5459010NJ6155N0001KB.

Proxecto: Retirada LMT polígono industrial de A Gándara, nº 144.

Línea eléctrica de media tensión aérea dobre circuito CRN705//CRN709, a 15 kV, con una longitud de 41 m (vano a retensar) con origen en el apoyo existente nº D22, conductor tipo LA-110, y final en apoyo proxectado nº Pr.1 (FL-C-7000/16-H35-DC-CAIII).

Línea eléctrica de media tensión aérea doble circuito CRN705//CRN709, a 15 kV, con una longitud de 84 m, con origen en apoyo proyectado nº Pr.2 (FL-C-7000/22-H35-DC-CAIII), conductor tipo LA-110, y final en apoyo existente nº AQU1WISK//D26.

Línea eléctrica de media tensión aérea (actuación nº 3), a 15 kV, con una longitud de 10 m, con origen en apoyo proyectado nº Pr.1, conductor tipo LA-56, y final en apoyo existente nº D25-1.

Desmantelamiento de la LMTA existente retirada.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

C) Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y de los requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, después de audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 21 de octubre de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña