Expediente: IN407A 2024/188-1.
Promotora: Distribuidora Eléctrica Niebla, S.L.
Denominación de la instalación: Adecuación LMTS mercado Espiñaredo, adecuación 223/2008, renovación de infraestructuras para el aumento de calidad de suministro y disminución de pérdidas eléctricas.
Ayuntamientos: As Pontes de García Rodríguez, As Somozas y San Sadurniño.
Hechos:
1. El día 5 de junio de 2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica. El objeto del proyecto es la adecuación de las líneas de media tensión del mercado de Espiñaredo mediante la renovación de infraestructura eléctrica para aumento de calidad de suministro y disminución de pérdidas eléctricas, por medio del aumento de sección de conductores, forrado de tramos y cambio puntual de apoyos y crucetas para la mejora de la calidad del suministro, así como la elevación de tensión de explotación de 6 a 20 kV con lo que se consigue un aumento de la capacidad de esta, así como una reducción de las pérdidas.
Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, de acuerdo con los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:
• Proyecto de ejecución denominado: Adecuación LMTS mercado Espiñaredo, adecuación 223/2008, renovación de infraestructuras para el aumento de calidad de suministro y disminución de pérdidas eléctricas, firmado en fecha 28 de octubre de 2022 por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, con el número de colegiado 1.304 y con el número de visado 20223306 de 2 de noviembre de 2022.
• Anexo I, firmado en fecha 7 de noviembre de 2024 por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, con el número de colegiado 1.304 y con el número de visado 20243388 de 7 de noviembre de 2024.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Distribuidora Eléctrica Niebla, S.L., presentó autorizaciones de los siguientes organismos y declara que aporta las resoluciones de autorización correspondientes al proyecto: Augas de Galicia, Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente de A Coruña, Servicio Provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI)-Jefatura Territorial de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad de A Coruña y la Diputación Provincial de A Coruña.
Asimismo señalar que de acuerdo con el artículo 120 p.2 del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, las autorizaciones a las que se refiere el presente título serán otorgadas, sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y el medio ambiente.
4. En fecha 21 de noviembre de 2024 se emitió un informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación:
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en los ayuntamientos de As Pontes de García Rodríguez, As Somozas y San Sadurniño, y sus características técnicas son las siguientes:
– El objeto del proyecto es la adecuación de las líneas de media tensión del mercado de Espiñaredo mediante la renovación de infraestructura eléctrica para aumento de calidad de suministro y disminución de pérdidas eléctricas, por medio del aumento puntual de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado puntual de cables tramos y cambio puntual de apoyos y crucetas para la mejora de la calidad del suministro, así como la elevación de tensión de explotación de 6 a 20 kV a ejecutar por fases.
– Estas actuaciones se realizarán de manera gradual divididas por períodos, para adecuarlas a la capacidad inversora de la empresa. La transición de fases de elevación de tensión se realizará mediante la instalación de módulos provisionales elevadores de tensión 6-20 kV.
La descripción técnica de las actuaciones por año inversor es la siguiente:
Actuaciones año 2024:
Actuaciones de renovación de infraestructura eléctrica mediante aumento de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado de cables tramos y cambio de apoyos y crucetas, así como elevación de la tensión de funcionamiento de la red media tensión desde 6 kV hasta 20 kV de la troncal Mundín, de la derivación Loureiros y de la derivación Coucixoso a partir del punto de entronque de las dos primeras líneas. Las actuaciones previstas son las siguientes:
– Troncal Mundín: 9 apoyos proyectados y 2.286,38 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Loureiros: 7 apoyos proyectados y 1.693,33 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Coucixoso: 14,93 de nuevo conductor LA-56.
Actuaciones año 2025:
Actuaciones de renovación de infraestructura eléctrica mediante aumento de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado de cables tramos y cambio de apoyos y crucetas, así como elevación de la tensión de funcionamiento de la red media tensión desde 6 kV hasta 20 kV de la troncal Mundín, de la derivación Igrexa y de la derivación Lameira a partir del origen de la troncal Mundín. Las actuaciones previstas son las siguientes:
– Troncal Mundín: 11 apoyos proyectados y 1.690,87 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Igrexa: actuaciones tramitadas en el expediente IN407A 2023/585-1.
– Derivación Lameira: 3 apoyos proyectados y 570,52 m de nuevo conductor LA-56.
Actuaciones año 2026:
Actuaciones de renovación de infraestructura eléctrica mediante aumento de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado de cables tramos y cambio de apoyos y crucetas, así como elevación de la tensión de funcionamiento de la red media tensión desde 6 kV hasta 20 kV de la troncal Seara, de la derivación Igrexafeita, de la derivación Amido y de la derivación Leiriña a partir del apoyo 4NI-0130. Las actuaciones previstas son las siguientes:
– Troncal Seara: 15 apoyos proyectados y 2.444,90 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Amido: 4 apoyos proyectados y 569,23 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Igrexafeita: 1 apoyo proyectado y 95,70 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Leiriña: 3,39 m de nuevo conductor LA-56.
Actuaciones año 2027:
Actuaciones de renovación de infraestructura eléctrica mediante aumento de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado de cables tramos y cambio de apoyos y crucetas, así como elevación de la tensión de funcionamiento de la red media tensión desde 6 kV hasta 20 kV de la Troncal Seara y de la derivación Couce a partir del punto de entronque con la derivación Penadeiriz. Las actuaciones previstas son las siguientes:
– Troncal Seara: 13 apoyos proyectados y 837,99 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Couce: 73,00 m de nuevo conductor LA-56.
Actuaciones año 2028:
Actuaciones de renovación de infraestructura eléctrica mediante aumento de sección de conductores de LA-30 a LA-56, forrado de cables tramos y cambio de apoyos y crucetas de la troncal Seara, derivación Alto del Pío, derivación A Campa, derivación Alto del Pío y línea geotecnia, así como elevación de la tensión de funcionamiento de la red media tensión desde 6 kV hasta 20 kV desde el punto frontera mediante actuaciones en el distribuidor aguas arriba.
Las actuaciones previstas son las que se relacionan a continuación:
– Troncal Seara: 4 apoyos proyectados y 103 m de nuevo conductor LA-56.
– Derivación Alto del Pío: 1 apoyo proyectado.
– Derivación A Campa: 3 apoyos proyectados.
– Derivación Miguelares: 2 apoyos proyectados y 308,16 m de nuevo conductor LA-56.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará según el cronograma indicado en la consideración legal y técnica tercera y, en todo caso, en el plazo de cinco años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. La puesta en funcionamiento de la instalación autorizada se realizará mediante autorizaciones parciales coincidentes con los períodos del cronograma indicado, para lo que deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud con la cual adjuntará la seguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 25 de noviembre de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
