DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 20 de noviembre de 2025 Pág. 60074

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2025, del Departamento Territorial de Lugo, por el que se declara la utilidad pública, en concreto, a los efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Guitiriz (expediente IN 407A 2023/325-ATE).

Examinado el expediente instruido a instancia de la empresa Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A., con dirección a los efectos de notificación en c/ Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo, se aprecian los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha 13 de septiembre de 2024, la empresa solicita la declaración de utilidad pública, en concreto, para la instalación eléctrica Reforma CT 12742 Fab. Muebles en el ayuntamiento de Guitiriz, después de autorizarse el preceptivo proyecto de las instalaciones (DOG núm. 155, de 12 de agosto) al que hace referencia el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y juntando la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la instalación que determina la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) y el artículo 143 del Real decreto 1955/2000, antes citado.

Segundo. La declaración de utilidad pública se sometió a información pública a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Acuerdo de este departamento territorial de 2 de junio de 2025. Este acuerdo fue publicado en el diario El Progreso de 10 de junio de 2025 y en el DOG de 16 de junio, en el tablón de anuncios del citado departamento territorial y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guitiriz. Con este acuerdo se incluyó la relación de bienes y derechos afectados.

Tercero. Durante el trámite de información pública no se presentaron alegaciones.

A estos hechos son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho:

Primero. A este departamento territorial le corresponde resolver sobre esta solicitud, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero (DOG núm. 22, de 1 de febrero), sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Segundo. En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la citada Ley 24/2013, y los reglamentarios previstos en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercero. Sin perjuicio del anterior, es preciso tener en cuenta que conforme al artículo 151 del citado Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en cualquier momento la empresa beneficiaria y los titulares de los bienes y derechos pueden convenir un mutuo acuerdo, causando la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio.

De acuerdo con lo expuesto y en virtud de las competencias que tiene atribuidas, este departamento territorial

RESUELVE:

Primero. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica objeto de este expediente, lo que implica la necesidad de ocupación de los bienes o de la adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Por esto, en cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, se acuerda que por el representante de la Administración se dé comienzo, en la fecha y hora que a cada interesado si le notificará individualmente, al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los predios contenidos en la relación de bienes y derechos publicada en el diario El Progreso de 10 de junio de 2025, y en el Diario Oficial de Galicia de 16 de junio de 2025, expuestas en el tablón de anuncios de este departamento territorial y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Guitiriz. Asimismo, se hace constar que hasta el momento del levantamiento de las actas previas, se podrán formular las alegaciones que se consideren oportunas, a los efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes afectados que fue objeto de publicación en los medios y en las fechas anteriormente referidos. Estas alegaciones se deberán presentar por escrito ante este Departamento Territorial de Economía e Industria (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo).

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de los predios propuestos sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar, y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación/publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Lugo, 6 de noviembre de 2025

Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo

ANEXO

Relación de bienes afectados

Núm.

Ref. catastral

Pol.

Parc.

Paraje

Ayuntamiento

Titular propuesto

Tipo de cultivo

LATS sup. oc. perm.
(m²)

CT sup. oc. perm. (m²)

Sup. oc. temp. por obras y accesos
(m²)

2

27022A12500161

125

161

Porto Cando

Guitiriz

Fiscal Audiencia Provincial de Lugo (rpta. desconocido)

Prado

23

-

177

3

1016604NH9811N

125

161

CR Vella-Vista Alegre

Guitiriz

Fiscal Audiencia Provincial de Lugo (rpta. desconocido)

Improductivo

27

11

245