El 12 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 27 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a establecimientos y servicios turísticos de gestión pública y/o privada en los procesos de certificación, seguimiento y renovación de las correspondientes normas UNE, con el objeto de la obtención y/o el mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística y/o la marca S de Sostenibilidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española y la Sostenibilidad (ICTES), y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento TU970A).
El artículo 22.2 de las bases reguladoras establece que la entrega de la documentación justificativa tendrá de plazo hasta el 28 de noviembre de 2025.
Teniendo en cuenta el complejo proceso de evaluación de las solicitudes recibidas, a fin de permitir acceder a la ayuda a todas las personas/entidades que cumplan con los requisitos de la norma, y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar el plazo establecido en el artículo 22.2 de las bases reguladoras para ampliar el plazo de justificación hasta una fecha que permita una mejor justificación de la subvención por parte de las personas beneficiarias.
El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros, en consonancia con lo dispuesto, con carácter general, en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el que se indica que la ampliación se podrá acordar de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo único. Ampliación del plazo de justificación
Se modifica el artículo 22.2 de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a establecimientos y servicios turísticos de gestión pública y/o privada en los procesos de certificación, seguimiento y renovación de las correspondientes normas UNE, con el objeto de la obtención y/o el mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística y/o la marca S de Sostenibilidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española y la Sostenibilidad (ICTES), aprobadas por la Resolución de 27 de agosto de 2025, en lo referente al plazo de justificación de la subvención, que se amplía hasta el día 16 de diciembre de 2025, incluido.
Disposición final. Entrada en vigor
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2025
José Manuel Merelles Remy
Director de la Agencia de Turismo de Galicia
