DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Jueves, 4 de diciembre de 2025 Pág. 62409

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 24 de noviembre de 2025 por la que se describen las distinciones que la Xunta de Galicia podrá otorgar al personal de los cuerpos de policía local y al personal vigilante municipal, así como a aquellas personas o entidades públicas y privadas que destaquen por su conducta a favor de las policías locales y de sus competencias.

La Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, establece en su artículo 74 que los miembros de los cuerpos de policía local de Galicia pueden ser distinguidos o recompensados de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

El Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el se desarrolla reglamentariamente dicha ley, introdujo en el capítulo III del título VIII algunas nuevas distinciones que no estaban previstas en el anterior Decreto 243/2008, de 16 de octubre, como los distintivos de permanencia al cumplir los 15 y 35 años de servicios efectivos, así como la encomienda de dedicación al servicio para el personal policial que, teniendo 35 años cumplidos de servicio efectivo, hubiese sido distinguido con la placa individual o con la medalla al mérito de la policía local. Además, en el Decreto 15/2023, de 12 de enero, se amplió el ámbito de concesión de este régimen de distinciones y recompensas no solo al personal de los cuerpos de policías locales, sino también al personal vigilante municipal.

En el artículo 107 del citado Decreto 15/2023, de 12 de enero, se indica que la descripción de las distinciones, junto con los pasadores, insignias de solapa y diplomas acreditativos se establecerá por una orden de la consellería competente en materia de coordinación de policías locales.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por la disposición final tercera del Decreto 15/2023, de 12 de enero, y previo informe preceptivo de la Comisión de Coordinación de policías locales de Galicia, en su sesión de 17 de septiembre de 2025, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17.1.a) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales,

DISPONGO:

Artículo único

1. Se aprueban las descripciones técnicas, los diseños y los diplomas de las siguientes distinciones:

a) Placa colectiva al mérito de la policía local.

b) Placa individual al mérito de la policía local.

c) Medalla al mérito de la policía local.

d) Distintivos de permanencia.

e) Encomienda de dedicación al servicio.

f) Felicitaciones públicas.

2. Estas descripciones figuran como anexos a esta orden, relacionados de la siguiente manera:

Anexo I. Placa colectiva al mérito de la policía local y diploma correspondiente.

Anexo II. Placa individual al mérito de la policía local, medalla, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.

Anexo III. Medalla al mérito de la policía local, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.

Anexo IV. Distintivos de permanencia, pasadores, insignias de solapa y diploma correspondiente.

Anexo V. Encomienda de dedicación al servicio, pasador, insignia de solapa y diploma correspondiente.

Anexo VI. Diploma que acredita la concesión de felicitaciones públicas.

Disposición adicional primera. Uso y exhibición de las distinciones previstas en esta orden

1. La exhibición de las medallas descritas en esta orden queda reservada para su uso con la uniformidad de gala en los actos propios convocados por la Academia Gallega de Seguridad Pública, para los actos del día de la festividad de la Policía Local de Galicia, y en todos los actos solemnes propios de cada ayuntamiento en los que así lo determinen.

2. En los restantes actos en los que no proceda el uso de medallas con la uniformidad de gala, se usarán los pasadores de las distinciones.

3. En los actos organizados por otras fuerzas y cuerpos de seguridad o de las Fuerzas Armadas, se ajustará a sus normas específicas.

4. En la uniformidad de trabajo únicamente podrán usarse los pasadores de las distinciones y solo para los actos indicados en los apartados anteriores.

5. El lugar de colocación de las distinciones será el delantero superior izquierdo de la prenda superior de los uniformes de trabajo y de gala.

6. Cuando se acuda a un acto en el que se vaya a recibir una distinción, no se exhibirá otra en el uniforme como señal de respeto y cortesía con la que se vaya a imponer.

7. El orden de precedencia para la exhibición de las distinciones recibidas por las policías locales de Galicia será el siguiente:

a) Distinciones propias de cada ayuntamiento.

b) Distinciones concedidas por la Xunta de Galicia específicamente para las policías locales, con el siguiente orden:

1º. Encomienda de dedicación al servicio.

2º. Placa individual al mérito de la policía local.

3º. Medalla al mérito de la policía local.

4º. Distintivo de 35 años de permanencia.

5º. Distintivo de 25 años de permanencia.

6º. Distintivo de 15 años de permanencia.

c) Otras distinciones concedidas por la Xunta de Galicia.

d) Distinciones concedidas por otros ayuntamientos de Galicia.

e) Distinciones concedidas por los cuerpos policiales de ámbito autonómico o nacional, o por las Fuerzas Armadas.

f) Distinciones concedidas por entidades y organismos del resto de las administraciones públicas de ámbito local, autonómico o estatal.

g) Distinciones concedidas por instituciones públicas y privadas, españolas o extranjeras, de reconocido prestigio o utilidad social.

Disposición adicional segunda. Uso de las distinciones anteriores

Las distinciones concedidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, y en el Decreto 15/2023, de 12 de enero, con los diseños que figuran en la Orden de 4 de noviembre de 2009, seguirán vigentes tras la publicación de esta orden, pero solo se exhibirán en los términos señalados en la disposición adicional primera.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 4 de noviembre de 2009 por la que se desarrolla el artículo 95 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, sobre la descripción de las distinciones de los policías locales de Galicia, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda de esta orden.

Disposición final. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2025

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes

ANEXO I

Placa colectiva al mérito de la policía local y diploma correspondiente

1. Placa.

Consistirá en una base de madera de color oscuro de 250 mm de alto y 400 mm de ancho, sobre la que se fijará una lámina de metal plateado con las leyendas y motivos que figuran en el diseño anexo. En su reverso contará con un sistema de fijación para poder suspenderla en vertical y otro para poder presentarla en una superficie plana.

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2. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión de la distinción. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular de la consellería competente en materia de coordinación de policías locales.

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ANEXO II

Placa individual al mérito de la policía local, pasador,
insignia de solapa y diploma correspondiente

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal dorado, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo este conjunto, rodeado por un tetradecágono, también de metal dorado y de 35 mm de alto por 40 mm de ancho. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior, del mismo metal, para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), con dos franjas longitudinales de 4 mm de ancho, de color blanco, ubicadas, respectivamente, a 5 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 14 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión de la distinción. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul claro (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho, que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular de la consellería competente en materia de coordinación de policías locales.

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ANEXO III

Medalla al mérito de la policía local, pasador,
insignia de solapa y diploma correspondiente

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal plateado, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo este conjunto, rodeado por un tetradecágono, también de metal plateado y de 35 mm de alto por 40 mm de ancho. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior, del mismo metal, para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), con dos franjas longitudinales de 4 mm de ancho, de color amarillo (C:0 M:10 Y:95 K0), ubicadas, respectivamente, a 5 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 14 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión de la distinción. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular de la consellería competente en materia de coordinación de policías locales.

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ANEXO IV

Distintivos de permanencia, pasador, insignia de solapa
y diploma correspondiente

A) Distintivo de 15 años de permanencia.

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal broncíneo, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo este conjunto, orlado por un diseño de placa policial rafagada de dieciséis rayos, también de metal broncíneo y de 38 mm de ancho por 40 mm de alto. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior, del mismo metal, para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color blanco, con dos franjas longitudinales de 6 mm de ancho de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), ubicadas, respectivamente, a 8 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En el centro de la cinta llevará un óvalo de metal broncíneo de 6 mm de ancho por 8 mm de alto, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 15 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión del distintivo. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho, que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular del órgano directivo competente en materia de coordinación de policías locales.

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B) Distintivo de 25 años de permanencia.

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal plateado, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo este conjunto, orlado por un diseño de placa policial rafagada de dieciséis rayos, también de metal plateado y de 38 mm de ancho por 40 mm de alto. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior del mismo metal para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color blanco, con dos franjas longitudinales de 6 mm de ancho de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), ubicadas, respectivamente, a 8 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En el centro de la cinta llevará un óvalo de metal plateado de 6 mm de ancho por 8 mm de alto, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 15 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión del distintivo. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular del órgano directivo competente en materia de coordinación de policías locales.

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C) Distintivo de 35 años de permanencia.

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal dorado, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo este conjunto, orlado por un diseño de placa policial rafagada de dieciséis rayos, también de metal dorado y de 38 mm de ancho por 40 mm de alto. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior, del mismo metal, para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color blanco, con dos franjas longitudinales de 6 mm de ancho de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), ubicadas, respectivamente, a 8 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En el centro de la cinta llevará un óvalo de metal dorado de 6 mm de ancho por 8 mm de alto, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 15 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión del distintivo. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular del órgano directivo competente en materia de coordinación de policías locales.

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ANEXO V

Encomienda de dedicación al servicio policial

1. Medalla.

Consistirá en una pieza ovalada de 16 mm de ancho por 21 mm de alto, de metal dorado, que representa la imagen logotipada del escudo de Galicia, rodeada por una bordura de esmalte blanco de 5 mm de grosor. Bajo esta pieza, una filacteria de esmalte blanco cargada con la leyenda «POLICÍA LOCAL». Todo el conjunto acolado en una cruz de plata de brazos iguales y simétricos de 40 mm ancho por 40 mm de alto. Lleva una bola con argolla soldada a su parte superior, del mismo metal, para el pase de su cinta. El total de la medalla, con inclusión de la argolla, será de 50 mm de alto.

La cinta de la que va suspendida la medalla será de 30 mm de ancho por 45 mm de alto, de color blanco, con dos franjas longitudinales de 4 mm de ancho, de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0), ubicadas, respectivamente, a 5 mm de cada uno de los bordes de la cinta, según el diseño anexo.

2. Pasador.

Estará constituido por la cinta con los colores descritos, de 30 mm de ancho por 10 mm de alto, montada sobre un soporte de metal dorado y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal. En su parte posterior llevará un sistema de sujeción adecuado para poder fijarlo al uniforme.

3. Insignia de solapa.

Para su uso en la solapa, de tipo insignia, llevará una reproducción de la medalla anteriormente descrita, sin cinta, que conforma un conjunto de 16 mm de ancho por 16 mm de alto. Llevará un sistema de sujeción que permita su empleo tanto sobre el ojal como sobre el tejido.

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4. Diploma.

El diploma es la certificación de la concesión de la distinción. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular del órgano directivo competente en materia de coordinación de policías locales.

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ANEXO VI

Diploma que acredita la concesión de felicitaciones públicas

El diploma es la certificación de la concesión de la felicitación. Se realizará en papel tipo pergamino, en color blanco, de 297 mm de ancho por 210 mm de alto, ribeteado en todo su contorno por una franja gris (C:0 M:0 Y:0 K:70) de 4 mm de ancho, a una distancia de 10 mm del extremo del pergamino. En el anverso, una franja de color azul (C:70 M:15 Y:0 K:0) y de 35 mm de ancho que ocupará la diagonal interior de izquierda a derecha. En la parte superior, centrada, figurará la imagen logotipada del escudo de Galicia en su color azul corporativo (C:100 M:35 Y:0 K:0). El texto literal es el que aparece en el diseño. Irá sellado y firmado por la persona titular del órgano directivo competente en materia de coordinación de policías locales.

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