DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Jueves, 11 de diciembre de 2025 Pág. 63667

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2025, del Departamento Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, a efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (expediente IN407A 2025/001-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que se describe a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: Modificado 1 del proyecto denominado LMT, CT y RBT San Cibrao das Viñas.

Situación: lugar de San Cibrao das Viñas, ayuntamiento de San Cibrao das Viñas.

Presupuesto: 172.134,19 €.

Características principales del proyecto, que fue firmado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado núm. 1534 del ICOIIG, el 11.9.2025:

– Sustitución del apoyo existente núm. D219, del tipo 2-HV, del DC correspondiente a las líneas SCV804, CAS806 y BBA805, por un nuevo apoyo de celosía metálica, del tipo C-18/4500, en el que se instala un interruptor telecontrolado (ITC). Retensado de los conductores existentes LEA-110 sobre el nuevo apoyo.

– LMT soterrada, a 20 kV, de 506 m de longitud, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en el nuevo apoyo núm. D219 y final en el CT proyectado.

– CT en edificio prefabricado, de tipo maniobra exterior, con transformador de 250 kVA y R/T 20.000/400 V.

La información pública del proyecto inicialmente presentado por UFD fue realizada mediante el Acuerdo de este Departamento Territorial de 7 de febrero de 2025, que fue insertado en el DOG de 3 de marzo y en el periódico La Región de Ourense de 14 de febrero. El proyecto también estuvo en exposición pública en este departamento territorial y en el portal de transparencia de esta consellería. Dentro del plazo establecido para ello, fueron presentadas alegaciones por María de los Ángeles Méndez Alonso, como titular del predio número 2 de la RBDA, en las que hace referencia a los perjuicios que causaría en dicha finca la situación del centro de transformación prevista en el proyecto presentado por el promotor. Asimismo, propone como situación alternativa un terreno próximo del que es titular el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Dichas alegaciones fueron remitidas al promotor. El día 17.9.2025, UFD Distribución Electricidad, S.A. presentó un modificado al proyecto inicial en lo que tiene en cuenta la situación alternativa propuesta por la alegante, acompañada de una autorización del citado ministerio para la situación del centro de transformación en su parcela.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), este departamento territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación que se autoriza será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellos predios que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto, arriba señalado, luego de la exclusión del predio núm. 2 de la RBDA, según se indica en esta resolución.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 17 de noviembre de 2025

Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense