DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2026 Pág. 3895

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios 2026), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG421A).

BDNS (Identif.): 880407.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880407

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880739 (minimis pesca)

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880740 (minimis agrícola)

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los organismos intermedios empresariales de Galicia.

Se considerará, asimismo, beneficiarias a las empresas, incluidos los autónomos, que participen directamente en las acciones subvencionadas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Cumplir con la definición de pyme según el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

b) Tener algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia y contar en dicho centro con, por lo menos, un trabajador por cuenta ajena en la fecha de publicación de estas bases de ayudas en el DOG. Este requisito no será de aplicación a las startups que cuenten con certificación de Enisa en vigor ni a las empresas constituidas con menos de cuarenta y dos (42) meses de antigüedad en la citada fecha. Las acciones de internacionalización solicitadas deberán estar directamente vinculadas a las actividades desarrolladas en el centro de trabajo radicado en Galicia.

A las empresas se les imputará la ayuda de minimis que les corresponda según el gasto subvencionado. Cada pyme participante deberá declarar el cumplimiento de los requisitos de pyme y las ayudas de minimis solicitadas y/o concedidas en los tres años previos a la concesión de la ayuda.

c) Las empresas deben estar dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización, con un informe positivo emitido a partir de 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la fecha presentación de la solicitud de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto impulsar el desarrollo de proyectos de internacionalización promovidos por organismos intermedios que contribuyan a reforzar la proyección exterior, la visibilidad y el posicionamiento competitivo de las empresas gallegas en los mercados internacionales. Para alcanzar este fin se fomentará la realización conjunta de acciones de promoción y cooperación empresarial, que favorezcan el aprovechamiento de sinergias, la optimización de recursos y la mejora de la presencia de las pymes gallegas en el ámbito global.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 30 de diciembre de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios 2026), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG421A).

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741A.7810, por el siguiente importe y anualidad: 1.700.000 € con cargo al año 2026.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará a computar el octavo día hábil posterior al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia a las 9.00 horas, y finalizará el 30 de septiembre de 2026, a las 14.00 horas, salvo que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2025

Ainhoa Mallo Martínez
Gerenta del Instituto Gallego de Promoción Económica