DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 20 de febrero de 2026 Pág. 14426

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 30 de enero de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa al deslinde del monte vecinal en mano común de Covelo y el Auga Tallada, en los ayuntamientos de Melón y Carballeda de Avia.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) de Covelo, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Covelo, y el MVMC Auga Tallada, perteneciente a la CMVMC de As Laceiras, en los ayuntamientos de Melón y Carballeda de Avia, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 15.7.2025 la CMVMC de Covelo presentó un escrito (REXEL 2025/2015366) en el que solicita la aprobación de un deslinde con la CMVMC de As Laceiras.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Melón.

– Archivos geográficos en formato vectorial.

– Certificaciones de los acuerdos de las respectivas asambleas generales.

– Memoria de deslinde.

Segundo. El informe del Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense de 19 de septiembre de 2025 hace constar que la documentación aportada corresponde al deslinde del perímetro lindante entre el MVMC de Covelo, perteneciente a la CMVMC de Covelo, y el MVMC Auga Tallada, perteneciente a la CMVMC de As Laceiras, desde el vértice 1 (el situado más al O) hasta el vértice 37 (el situado más al E).

Tras analizar los vértices y su localización se observa que:

• Entre los vértices 5 y 19 la línea se ajusta a la traza de la línea intermunicipal vigente según el MTN del IGN, la cual marca el límite entre ambos montes.

En este sentido, el tramo en cuestión coincide con la representación digital que del mismo consta actualmente en la base cartográfica del Registro del MMVVMC.

• Entre los vértices 1 y 4, la línea revisada se ajusta a un cortafuegos separado unos 35 m (al N) del límite oficial, lo que dejaría ubicada, dentro del municipio vecino, una pequeña franja de terrenos (de unos 250 m de largo por 30 m de ancho) del MVMC de Covelo.

• Entre los vértices 20 y 37, la línea revisada se separa nuevamente de la traza oficial de la línea intermunicipal, ajustándose sucesivamente a un muro y a un cierre ganadero; como resultado, sería el MVMC Auga Tallada el que, en este caso, pasaría a disponer de una pequeña franja de terrenos (de unos 300 m de largo por 20-30 m de ancho) dentro del municipio vecino.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 19 de septiembre de 2025, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 1 de diciembre de 2025:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras del MVMC de Covelo, perteneciente a la CMVMC de Covelo, y el MVMC Auga Tallada, perteneciente a la CMVMC de As Laceiras, en los ayuntamientos de Melón y Carballeda de Avia.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso-contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 30 de enero de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense