DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 18 de marzo de 2026 Pág. 18858

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 5 de marzo de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa al deslinde entre las comunidades de montes vecinales de Paradela de Abeleda y A Retorta y Reboreda, en el municipio de Porqueira.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por la CMVMC de Paradela de Abeleda con las CMVMC de A Retorta y Reboreda, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 14.7.2025, la CMVMC de Paradela de Abeleda presentó un escrito en el registro electrónico de la Xunta de Galicia, dirigido al Departamento Territorial de la CMR de Ourense (REXEL 2025/1999981), en el que solicita la aprobación de un deslinde con las CMVMC de A Retorta y Reboreda, todas en el municipio de Porqueira.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde .

– Certificados del Juzgado de Paz de Porqueira de los acuerdos alcanzados.

– Certificaciones de los acuerdos de las respectivas asambleas generales.

– Acta de deslinde.

– Informe de deslinde

Segundo. El informe del Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense, de 19 de septiembre de 2025, hace constar que la solicitud cumple con los requisitos legales exigidos para la resolución del procedimiento de deslinde entre montes vecinales en mano común.

Quedan perfectamente definidas las líneas lindantes descritas en las actas de los levantamientos topográficos de los dos deslindes conciliados en el Juzgado de Paz de Porqueira, tanto por las coordenadas UTM como por la descripción topográfica.

Asimismo, la planimetría refleja sin equívoco la representación gráfica de los deslindes solicitados.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento que se debe seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 19 de septiembre de 2025, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad, el día 23 de febrero de 2026:

Aprobar el acto de conciliación alcanzado por las juntas rectoras del MVMC Fraga y Arnela, perteneciente a la CMVMC de Paradela de Abeleda, con el MVMC A Retorta, perteneciente a la CMVMC de A Retorta, y el MVMC Penouzos, Valdegrande y Touza, perteneciente a la CMVMC de Paradela de Abeleda, con el MVMC Moa, perteneciente a la CMVMC de Reboreda, en el municipio de Porqueira.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 5 de marzo de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense