DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Lunes, 30 de marzo de 2026 Pág. 20419

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 20 de marzo de 2026 por la que se modifica la Orden de 4 de julio de 2014 por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios por el Centro Superior de Hostelería de Galicia.

El Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, crea la Agencia de Turismo de Galicia, entidad con el objetivo básico de impulsar, coordinar y gestionar la política autonómica en materia de turismo. Entre su objeto se encuentra el impulso a la innovación, investigación, formación y cualificación de las empresas y profesionales del sector turístico. Dentro de la Agencia de Turismo de Galicia se encuentra el Centro Superior de Hostelería de Galicia (en adelante, CSHG) que entre sus funciones tiene el desarrollo de la docencia y la investigación conforme a las exigencias metodológicas y sustantivas propias de toda institución del ámbito universitario.

Mediante la Orden de 4 de julio de 2014 (DOG núm. 128, de 8 de julio) se fijaron los precios privados correspondientes a la prestación de servicios por el CSHG.

La Orden de 22 de agosto de 2017 (DOG núm. 168, de 5 de septiembre) y la Orden de 3 de octubre de 2019 (DOG núm. 199, de 18 de octubre) modifican su artículo 4, relativo a la actualización de los precios.

La Orden de 2 de noviembre de 2022 (DOG núm. 214, de 10 de noviembre) modificó la Orden de 4 de julio de 2014 con motivo de la incorporación del grado en Gestión de Empresas Hosteleras y de cambios en el funcionamiento interno, así como de la actualización de los servicios.

La incorporación del grado en Gestión de Empresas Hosteleras a las titulaciones impartidas por el CSHG hizo preciso adaptar, mediante la Orden de 2 de noviembre de 2022, los precios privados correspondientes a los servicios prestados por el CSHG en lo que se refiere a la manutención de los alumnos y a la consultoría y formación, al tiempo que se actualizaron los servicios ofertados y sus precios.

Por último, la Orden de 29 de mayo de 2024 (DOG núm. 110, de 7 de junio) modificó la Orden de 4 de julio de 2014, actualizando los precios del uso de la residencia por el alumnado del CSHG en régimen de habitación doble y habitación individual, y también eliminó el importe de manutención del alumnado interno del CSHG, al estar incluido el desayuno y almuerzo dentro del precio de la matrícula ordinaria, y actualizó los servicios de carta, ofertando un menú degustación y eliminando la oferta fija de platos. Este menú degustación se irá adaptando a los productos de temporada y proximidad.

Se hace preciso realizar una nueva modificación de la Orden de 4 de julio de 2014, para actualizar la oferta de plazas, los nuevos servicios y los precios de la residencia, así como eliminar el beneficio de no pagar residencia para el alumnado con beca del CSHG.

La actualización de precios de la residencia viene motivada por la inclusión de la comida de mediodía en el bufé para los residentes de lunes a viernes en período docente.

Los precios del aula de cafetería se eliminan, pues dentro de la planificación docente no se contempla la oferta de servicio de cafetería, y estas prácticas se harán en el aula restaurante bufé.

Se elimina el alquiler de las aulas de cocinas y catas por necesidades internas de funcionamiento y para garantizar el correcto funcionamiento de la docencia, y se añade el alquiler del auditorio.

Se eliminan las bebidas del menú degustación.

La presente orden consta de un artículo único, mediante el que se introduce un nuevo artículo y se modifica el anexo.

En su virtud, vista la propuesta formulada por la Agencia de Turismo de Galicia y previo informe favorable de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, esta consellería

DISPONE:

Artículo único. Modificación de la Orden de 4 de julio de 2014 por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios por el Centro Superior de Hostelería de Galicia

Uno. Se introduce el artículo 6, que queda redactado como sigue:

«Artículo 6. Becas y ayudas

El centro directivo con competencias en materia de turismo podrá establecer becas y ayudas dirigidas a compensar el coste de los servicios objeto de esta orden».

Dos. El anexo queda redactado como sigue:

«ANEXO

Precios privados servicios

Alumnado CSHG:

Concepto

€/ud.

Uso residencia en regimen de habitación doble (curso)

3.307,53

Uso residencia en régimen de habitación individual (curso)

5.475,78

Fianza régimen interno (curso)

272,73

Duplicados tarjeta alumno

5,37

Uso de lavadoras en la residencia

1,82

Certificado académico simple

19,55

Certificado académico con programas

61,18

El uso de la residencia en el curso académico incluye el alojamiento durante el calendario académico vigente, la comida de mediodía y la cena (excepto sábados, domingos y festivos).

Uso de instalaciones:

Concepto

€/ud.

Aula de teoría (media jornada)

100,00

Aula de teoría (jornada completa)

150,00

Planta completa de aulas (media jornada)

500,00

Planta completa de aulas (jornada completa)

1.000,00

Aula auditorio (media jornada)

500,00

Aula auditorio (jornada completa)

1.000,00

Formación continua y teleformación y consultoría:

– Servicios de formación continua y teleformación

€/hora

Diseño cursos de formación y teleformación

246,77

Impartición de hora de formación presencial en el CSHG

95,00

Impartición de hora de formación presencial nacional

135,00

Impartición de hora de formación presencial internacional

165,00

Impartición de hora de formación a distancia (webinario)

100,00

Hora/alumno curso teleformación a medida (plataforma) hasta 30 horas

3,50

Hora/alumno curso teleformación a medida (plataforma) de más de 31 horas

3,10

– Servicios de consultoría

€/hora

Precio hora consultoría Galicia

154,23

Precio hora consultoría nacional

185,07

Precio hora consultoría internacional

226,20

Aula restaurante bufé:

Concepto

€/ud.

Menú

4,55

Aula restaurante carta:

Concepto

€/ud.

Menú degustación (sin bebida)

21,46

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2026

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes