DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Martes, 7 de abril de 2026 Pág. 21521

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 27 de febrero de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en los ayuntamientos de Porto do Son y Boiro (expediente IN407A 2026/024-1).

Expediente: IN407A 2026/024-1.

Solicitante/promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LAT 66 kV Barbanza-Tambre II CIR-1 y CIR-2.

Términos municipales: Porto do Son y Boiro.

1. Características técnicas.

– Construcción de una línea subterránea doble circuito de 66 kV y su entronque con la línea aérea existente. La línea constará de un primer tramo subterráneo de 0,45 km, con origen en la SE Barbanza hasta el apoyo BAR TA2 C1/C2 [1N] de transición aero-subterránea (PAS). En ese punto se proyecta el nuevo apoyo PAS, situado a 120 m del apoyo existente PDS [75] / BOI [75].

– La línea subterránea se ejecutará en canalización hormigonada bajo tubo desde la SE Barbanza hasta el nuevo apoyo por instalar BAR TA2 C1/C2 [1N]. El circuito C1 se instalará con conductor Cable RHZ1-20L(S)36/66 kV 1×630 kAL+H165. El circuito C2 se instalará con conductor Cable RHZ1-20L(S)36/66 kV 1×1200 kAL+H165.

– El nuevo apoyo PAS BAR TA2 C1/C2 [1N] se instalará bajo traza en la línea existente en doble circuito LAT 66 kV Tambre II / Porto do Son / Boiro, a 120,84 metros del apoyo C1 TA2 PDS [75]/C2 TA2 BOI [75].

2. Legislación de aplicación.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2-2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y gobierno abierto de esta consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para el conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hubieran omitiedo. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 27 de febrero de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO I

Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Boiro

Núm. parcela

Paraje

Referencia catastral

Cultivo

Titular

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo núm.

ml aér.

ml sot.

m² aér.

m² sot.

1

Monte Devesa 15011A08100431

Matorral

MVMC Barbanza, Xaramelo e Granxa do Navio, A Figueira, Balteiro, Graña, Noceda e Sabuceda

Consellería del Medio Rural (Servicio de Montes)

1N1

23,0

36,0

112,0

Abreviacións:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m² aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m² sot.: superficie de servidumbre soterrada.

ANEXO II

Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Porto do Son

Núm. parcela

Lugar

Referencia catastral

Cultivo

Titular

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

ml aé,r

ml sot.

m² aér.

m² sot.

6

Xamiñon

15072A04800232

Matorral

Hrdos. de María Beceiro Sobrado

31,0

91,0

4

Varios

15072A04860001

Matorral

Comunidad de montes de Nebra

Consellería del Medio Rural (Servicio de Montes)

128,0

383,0

Abreviacións:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m² aér: superficie de servidumbre aérea en m².

m² sot: superficie de servidumbre soterrada.