En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, en la sesión que tuvo lugar el 24 de febrero de 2026, bajo la presidencia de Antonio Crespo Iglesias, director territorial, con la asistencia de los y de las vocales Amalia Elsa Pazos Pintos, jefa del Servicio de Montes, Xosé Carlos Morgade Martínez, representante de la CMVMC de la provincia, Paula Nieto Grande, letrada de la Xunta de Galicia, así como del secretario del Jurado José Alberto Cousido Fernández, funcionario adscrito al Servicio Jurídico-Administrativo, adoptó la siguiente resolución:
Antecedentes de hecho:
Primero. El 31.10.2018, la CMVMC de Lourizán (Pontevedra) presentó una solicitud de clasificación como monte vecinal en mano común de la parcela denominada Gandarela, con la siguiente descripción:
Referencias catastrales: 36900A01300283 y parte de la 36900A01300481.
IVG catastral CSV: 8ADEQB511M241J3X.
Cabida: 2.764 m2.
Norte: calle Camelias.
Sur: finca particular.
Este: urbanización residencial de Ence y otras fincas particulares.
Oeste: dominio público marítimo-terrestre.
Con la solicitud se adjunta memoria técnica y levantamiento topográfico de las parcelas realizado por el ingeniero técnico agrícola colegiado número 563 del COETF de Galicia y justificación de la forestación de la parcela realizada por los alumnos del Centro de Formación y Experimentación Agroforestal (CFEA) de Lourizán, de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidad y Formación Profesional.
El 2.1.2019, el jefe de la Sección de Topografía informa de la posibilidad de identificación de las parcelas y de que no se encuentran clasificadas. Constan los siguientes titulares catastrales: la parcela 36900A01300283 está a nombre de la CMVMC de Lourizán y la parcela 36900A01300481, a nombre de un particular.
Segundo. En la sesión de 9.7.2019, el Jurado acordó incoar el correspondiente expediente de clasificación de dicho monte a favor de la CMVMC de Lourizán y nombrar instructora a Amalia Elsa Pazos Pintos. Este acuerdo se notificó el 16.7.2019 al Ayuntamiento de Pontevedra y el 18.7.2019 a la CMVMC de Lourizán
Tercero. El 15.7.2020, el personal técnico del Servicio de Montes emitió un informe preceptivo:
«(...) De la revisión de la documentación aportada al expediente por los solicitantes, de los informes de la Sección de Topografía y de la inspección en campo realizada el 7.2.2019, se deduce la información siguiente:
1. Es un terreno de 2.764 m2 de superficie correspondiente con la parcela 36900A01300283 a nombre de la comunidad y 36900A01300481 de titularidad particular, deduciendo de ambas parcelas el dominio público marítimo-terrestre.
2. Se accede a este terreno por la calle Camelias. Está delimitado al norte por la carretera PO-546 y la avda. de la calle Camelias, por el este por el cierre de la urbanización de Ence y finca particular, sur con finca particular y oeste con el dominio público marítimo.
3. La mayor parte de este terreno es una plantación, al lado del dominio público marítimo-terrestre, de unos 2-3 años, de 14 especies autóctonas arbóreas y arbustivas: arce blanco, aliso, madroño, abedul, acebo, nogal, laurel, roble y sauce y espino, androsemo, madreselva y saúco. La plantación está limitada por postes de granito rosa Porriño de 1,60×0,15×0,15 y fue realizada en colaboración por la CMVMC de Lourizán, la Asociación Cultural de Pontemuíños, el Laboratorio de Medio Ambiente y el CFEA de Lourizán, para la recuperación del espacio natural de Xunqueira da Gandarela, según reza en un cartel informativo que se encuentra en medio de la plantación.
El terreno fue desbarbado, aunque en este momento se encuentra con un sustrato arbustivo y subarbustivo compuesto por hierba, hinojo y silvas (...)».
Cuarto. El 19.8.2020 y el 16.06.2022 el Registro de la Propiedad de Pontevedra certifica que la finca de la que se insta a la clasificación no se encuentra inscrita en el Registro. Se ordenan las anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad de Pontevedra, se notifica el trámite de audiencia y se publica edicto en el Ayuntamiento de Pontevedra.
El 11.6.2021 se publica en el DOG el Anuncio de 25 de mayo de 2021, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica el acuerdo de inicio del expediente de clasificación del monte Gandarela a favor de la CMVMC de Lourizán. En el DOG número 96, de 20.5.2024, se publicó una corrección de errores de dicho anuncio.
Dentro del período del trámite de audiencia no se reciben alegaciones.
Fundamentos de derecho:
Primero. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común es competente para conocer los expedientes de clasificación (artículo 9 de la LMVMC).
Segundo. De conformidad con el artículo 1 de esa norma, son montes vecinales en mano común «... los terrenos ubicados en la Comunidad Autónoma de Galicia que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su vocación agraria, pertenezcan a agrupaciones vecinales en su calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, y los vengan aprovechando consuetudinariamente en régimen de comunidad, sin asignación de cuotas, los miembros de aquellas en su condición de vecinos».
Hay que tener en cuenta que la titularidad de una referencia catastral no acredita por sí sola la propiedad, pero constituye un indicio de posesión que interrumpe el uso continuado de una parcela y puede impedir su clasificación como MVMC.
Tercero. Una vez revisada la documentación existente en el expediente se acredita de forma sólida y fehaciente el aprovechamiento consuetudinario en mano común en parte de la parcela Gandarela por la agrupación vecinal de la que es titular catastral y que pusieron a disposición de los alumnos del Centro de Formación de Lourizán para realizar un arbolado de especies forestales conforme a lo indicado en el informe preceptivo del Servicio de Montes de Pontevedra.
Por lo expuesto, el Jurado
ACUERDA:
Clasificar como vecinal en man común la parte de la parcela Gandarela, que ocupa la referencia catastral 36900A01300283 (excluído el dominio público) a favor de los veciños de la CMVMC de Lourizán (Pontevedra), de acuerdo con la descripción que se refleja a continuación y conforme a la planimetría elaborada por el Servicio de Montes.
Nuevos lindes y superficie:
Monte: Gandarela.
Ref. catastral: 36900A01300283 (eliminado el dominio público).
Cabida: 2.330 m2.
Norte: calle Camelias.
Sur: 36900A013004810000QS.
Este: urbanización residencial de Ence y otras fincas particulares.
Oeste: dominio público marítimo-terrestre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el Jurado en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 27 de marzo de 2026
Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra
