DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Viernes, 15 de mayo de 2026 Pág. 28079

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 39/2026, de 27 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Lobios del tramo antiguo de la carretera OU-312, situado entre el punto kilométrico 2+120 y el punto kilométrico 2+155, margen izquierda.

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de estas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y tras el acuerdo entre las administraciones afectadas.

El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de estas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG) dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forma parte sin que exista una alternativa vial, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente.

El Ayuntamiento de Lobios solicitó a la Agencia Gallega de Infraestructuras la titularidad del tramo antiguo de la carretera OU-312 situado entre el p.k. 2+100 y el p.k. 2+165, margen izquierda, denominado variante V-4.

Dicho tramo carece de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras de Galicia. Su función principal es dar servicio a las fincas colindantes, permitiendo el acceso a estas sin necesidad de hacerlo directamente desde la carretera OU-312, así como permitir la conexión entre la vía municipal de acceso al lugar de A Fábrica y la propia carretera OU-312.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Lobios del siguiente tramo antiguo de la carretera OU-312 de la Red autonómica de carreteras de Galicia, junto con su dominio público vial:

Transferencia

Inicio en la conexión con

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Final en la

conexión con

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Long.(m)

Superficie

DPV (m²)

1

Tramo antiguo de la OU-312 (variante V-4)

p.k. 2+120 ME de la OU-312

X = 575.904

y = 4.638.439

p.k. 2+155 MI

de la OU-312

X = 575.857

y = 4.638.422

71

1.074

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente el de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia.

La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

Corresponde al Ayuntamiento de Lobios, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del tramo antiguo transferido, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintisiete de abril de dos mil veintiséis

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras