En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva de la delimitación del suelo del núcleo rural de Bustelo, en el ayuntamiento de Dumbría, mediante la Orden de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras de 6 de mayo de 2026, que figura como anexo.
Una vez inscrita dicha delimitación de suelo de núcleo rural en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace:
https://territorioeurbanismo.xunta.gal/gl/territorio-e-urbanismo/rexistro-de-ordenacion-do-territorio-e-urbanismo/buscador
Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental de la referida modificación podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https://medioambiente.xunta.gal/busca-por-palabra-clave?p_p_id=aaekeyword_war_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeKeyword_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2592&_aaeKeyword_WAR_aae_id=2592
Santiago de Compostela, 7 de mayo de 2026
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Urbanismo
ANEXO
Orden de aprobación definitiva del expediente de delimitación del suelo del núcleo rural de Bustelo, del Ayuntamiento de Dumbría (A Coruña)
El Ayuntamiento de Dumbría remite la delimitación del suelo de núcleo rural referido en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo previsto en el artículo 78.2.d) de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia (LSG),y el artículo 191.1.d) de su reglamento, aprobado por Decreto 143/2016 (RLSG).
Analizada la documentación aportada y, vista la propuesta literal que eleva la Dirección General de Urbanismo, resulta:
Antecedentes:
• El Ayuntamiento de Dumbría carece de un instrumento de planeamiento general. Fueron aprobadas seis delimitaciones de suelo de núcleo rural entre 2012 y 2015, al amparo de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia; y la del núcleo de Salgueiros, aprobada definitivamente el 7.10.2025, al amparo de la LSG.
• La conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras resolvió mediante la Orden de 3.10.2025 no aprobar definitivamente la delimitación, por no haber cumplido las condiciones impuestas en el informe favorable de la Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI) de 13.1.2025.
• El Ayuntamiento de Dumbría aporta nueva documentación en fecha 30.1.2026, que incluye un nuevo proyecto suscrito por el arquitecto Isidro López Yáñez, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal en sesión de 14.1.2026, previo informe favorable de la AXI de 16.12.2025.
• El Servicio Provincial de Urbanismo formuló un requerimiento documental en fecha 25.2.2026, que fue cumplimentado por el ayuntamiento el 27.2.2026.
Objeto y descripción del proyecto:
• El objeto del expediente es delimitar el núcleo rural de Bustelo, de la parroquia de Salgueiros, en un ayuntamiento carente de planeamiento general. Aparece en su parte tradicional en las fotografías del vuelo americano de 1956-57, contando con un entramado viario tradicional, modificado parcialmente por la concentración parcelaria.
• Se delimita un núcleo de 9,18 ha, con 32.770 m2 de suelo de núcleo rural tradicional y 59.087 m2 de suelo de núcleo rural común. Las parcelas mínimas son 900 m2 tanto en el suelo de núcleo rural tradicional como en el común y los frentes mínimos de 12 m y 16 m, respectivamente, excepto, en los dos tipos, casos excepcionales debidamente justificados de parcelas inferiores ubicadas entre otras ya edificadas que imposibilitan alcanzar la parcela mínima.
• El núcleo viene identificado en el Plan básico autonómico vigente (PBA), que recoge las siguientes afecciones: carretera autonómica (AC-552), aguas (zona de policía de cauces), energía (líneas eléctricas), concentración parcelaria (acuerdo firme, código 150343380, Salgueiros (Dumbría) afecta a todo el núcleo), patrimonio cultural (un hórreo catalogado en el PBA). De acuerdo con el PBA, está fuera del ámbito del POL, no hay espacios naturales ni áreas de interés paisajístico.
Análisis y consideraciones:
• El núcleo de Bustelo cuenta con un topónimo incluido en el Nomenclátor de la provincia de A Coruña aprobado por el Decreto 189/2003, de 6 de febrero, y aparece en la cartografía del Plan básico autonómico aprobado por el Decreto 83/2018, de 26 de julio (artículo 23.1 de la LSG y en el 33.1 del RLSG). En el sistema de asentamientos de las Directrices de ordenación del territorio, aprobadas por Decreto 19/2011, es una «pequeña entidad de población» (directriz excluyente 1.3.1.d).
• El proyecto aprobado provisionalmente en fecha 14.1.2026 refleja correctamente el dominio público viario conforme al informe favorable de la AXI de 16.12.2025 .
La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de las delimitaciones de suelo de núcleo rural corresponde a la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, de conformidad con los artículos 78.2.d) de la LSG y 191.1.d) del RLSG, en relación con el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y el Decreto 142/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras.
En consecuencia, y visto lo que antecede,
DISPONGO:
1. Aprobar definitivamente la delimitación del suelo del núcleo rural de Bustelo, en el ayuntamiento de Dumbría.
2. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 212.1 de su Reglamento, la Dirección General de Urbanismo inscribirá de oficio la delimitación en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamento Urbanístico de Galicia.
3. De conformidad con los artículos 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y las ordenanzas de la delimitación del núcleo rural aprobadas definitivamente.
Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.
Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
