DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 29 de mayo de 2026 Pág. 31523

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 11 de mayo de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Borraxas, Vales y Vilachá (ampliación), en el ayuntamiento de Boborás.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión celebrada el 28 de abril de 2026, adoptó la siguiente resolución:

Examinado el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Borraxas, Vales y Vilachá (ampliación), en el municipio de Boborás, resultan los siguientes hechos:

Primero. En fecha 20 de marzo de 2025 tuvo entrada en el registro de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Rural un escrito de la CMVMC de Borraxas, Vales y Vilachá, dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, en el que solicitaba la clasificación como vecinal en mano común de varias parcelas denominadas Borraxas, Vales y Vilachá (ampliación), en el municipio de Boborás.

Segundo. En fecha 7 de julio de 2025, el Jurado Provincial acuerda iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del referido monte, designando instructor y realizando las comunicaciones y publicaciones a las que hacen referencia los artículos 20, 21 y 23 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, abriendo un período de un mes para la práctica de alegaciones.

Tercero. En el plazo concedido para la práctica de alegaciones no consta que se presentara ninguna.

Cuarto. El monte objeto de clasificación, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente, se describe así:

Nombre del monte: Borraxas, Vales y Vilachá (ampliación).

Superficie: 31,59 ha.

Pertenencia: CMVMC de Borraxas, Vales y Vilachá.

Parroquia: Feás (Santo Antón).

Municipio: Boborás.

Descripción de las fincas que constituyen el monte:

Finca 1:

Los terrenos incluidos en esta finca conforman un coto redondo con una de las fincas ya clasificadas del MVMC Borraxas, Vales y Vilachá.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A02200255 (parte)

Norte

32014A02201364

32014A02201358

32014A02201356

32014A02201355

32014A02201354

32014A02201353

32014A02201352

32014A02201351

32014A02201347

32014A02201346

32014A02201345

32014A02201344

32014A02201343

32014A02201342

32014A02201341

32014A02201340

32014A02201339

32014A02201338

32014A02201337

32014A02201336

32014A02201335

32014A02201334

32014A02201333

32014A02201332

32014A02201331

32014A02201330

32014A02201329

Este

32014A02209006

32014A02200450

Sur

32014A02200255 (resto)

(MVMC Borraxas, Vales y Vilachá)

Oeste

32014A02200255 (resto)

(MVMC Borraxas, Vales y Vilachá)

32014A02201308

(MVMC Borraxas, Vales y Vilachá)

32014A02201364

Finca 2:

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A02200656

Norte

32014A02209017

(río Rego do Porto do Carro)

Este

32014A02200997

32014A02200996

32014A02201022

Sur

32014A02209005

Oeste

32014A02209005

32014A02209017

(río Rego do Porto do Carro)

Finca 3:

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A02201028

Norte

32014A02200996

32014A02200995

32014A02200994

32014A02200993

32014A02200992

32014A02200991

32014A02200990

Este

32014A02201425

32014A02201424

32014A02200989

32014A02200988

32014A02200987

32014A02200985

32014A02200998

Sur

32014A02201021

32014A02201020

32014A02201023

Oeste

Terreno sin clasificar

32014A02209005

32014A02201026

32014A02201027

32014A02201022

32014A02200996

Finca 4:

Los terrenos incluidos en esta finca constituyen un único coto redondo, según la definición que figura en el artículo 8 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, si bien están atravesadas por el camino correspondiente a la parcela con la R.C. 32036A02309016.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A02302278

32014A02302279

32014A02302280

32014A02302351

32014A02302360

Norte

32014A02309012

32014A02309015

Este

32014A02309002

Sur

32014A02302350

Oeste

32014A02301527

32014A02301508

32014A02301507

32014A02301506

32014A02301501

32014A02301502

32014A02301496

32014A02301495

32014A02301494

32014A02301493

32014A02301492

32014A02301491

32014A02302277

32014A02302276

32014A02302275

32014A02301522

32014A02301520

32014A02302493

32014A02301519

32014A02301518

32014A02302267

32014A02302268

32014A02302269

32014A02302270

32014A02302271

32014A02302272

32014A02302273

32014A02301451

32014A02309012

Finca 5:

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A08700202

Norte

32014A08709005

Este

32014A02209007

Sur

32014A08709007

Oeste

32014A07009001

32014A06909004

Enclavados

0022034NG69H (urbana)

Finca 6:

Los terrenos incluidos en esta finca conforman un coto redondo con una de las fincas ya clasificadas del MVMC Borraxas, Vales y Vilachá.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindes

Referencia catastral

32014A08700764

Norte

32014A08700678

32014A08700677

32014A08700676

32014A03109006

Este

32014A03109006

Sur

32014A03109006

32014A08700700

Oeste

32014A08700700

32014A08700699

32014A08700698

32014A08700697

32014A08700696

32014A08700695

32014A08700694

32014A08700693

32014A08700692

32014A08700691

32014A08700690

32014A08700689

32014A08700688

32014A08700687

32014A08700686

32014A08700685

Fundamentos de derecho:

Primero. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común es el órgano competente para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tengan tal carácter, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la dicha ley: «son montes vecinales en mano común... los que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su vocación agraria, pertenezcan a agrupaciones vecinales en su calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, y los vengan aprovechando consuetudinariamente en régimen de comunidad, sin asignación de cuotas, los miembros de aquellas en su condición de vecinos».

Tercero. Es reiterada doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que son dos las notas características de los montes vecinales en mano común: una, el aprovechamiento consuetudinario en mano común, y otra, la atribución de la titularidad de ese aprovechamiento a los vecinos integrantes de un grupo social determinado, independientemente de su calificación o no como entidad administrativa, y corresponde constatar el aprovechamiento y atribuir la titularidad a favor del grupo social que lo venga disfrutando al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense.

Cuarto. El carácter de monte vecinal en mano común se ha acreditado mediante los testimonios de los vecinos solicitantes, las actuaciones realizadas por el Servicio de Montes y la documentación que consta en el expediente.

En consecuencia con lo que antecede, examinada la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, su reglamento, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, el Decreto 223/2022, de 22 de diciembre, que establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Rural, y demás normativa legal y reglamentaria, el Jurado Provincial, por unanimidad de sus miembros,

RESUELVE:

Clasificar como monte vecinal en mano común el monte denominado Borraxas, Vales y Vilachá (ampliación), en el municipio de Boborás.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 11 de mayo de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Ourense