BDNS (Identif.): 909393.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) e 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/909393
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas becas las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar en posesión del título de técnico/a superior de los ciclos formativos de grado superior o el de técnico/a de los ciclos formativos de grado medio de alguna de las especialidades que se relacionan:
a) Familia profesional: Química. Nivel: formación profesional de grado medio. Título: técnico/a en Operaciones de Laboratorio.
b) Familia profesional: Química. Nivel: formación profesional de grado superior. Título: técnico/a superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.
c) Familia profesional: Sanidad. Nivel: formación profesional de grado superior. Título: técnico/a superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
d) Familia profesional: Marítimo-Pesquera. Nivel: formación profesional de grado superior. Título: técnico/a superior en Acuicultura.
Las personas solicitantes deberán estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y haber finalizado los estudios conducentes a esta titulación en el año 2017 o posterior.
2. Tener nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser persona extranjera con permiso de residencia en España en el momento de solicitar la beca y con dominio de alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. No estar la persona incapacitada físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir la realización normal de la actividad formativa objeto de las becas que se convocan.
4. No haber obtenido la condición de persona beneficiaria, ni disfrutado en su totalidad o en parte, de becas de formación con objetivos o contenidos análogos a los de la presente convocatoria, concedidas por cualquier consellería o entidad pública instrumental del sector público autonómico de la Xunta de Galicia en ejercicios anteriores, excepto que en el conjunto de las convocatorias anteriores disfrutaran de la beca por un período de tiempo no superior a cinco (5) meses.
5. Haber cursado sus estudios en alguno de los centros públicos o privados situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
6. Acreditar un conocimiento de la lengua gallega en el nivel Celga 3.
Segundo. Objeto
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras que regirán la convocatoria de becas para completar la formación de técnicos/as superiores de ciclos formativos de grado superior o técnicos/as de ciclos formativos de grado medio como personal auxiliar de investigación marina, así como convocar seis becas en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para los años 2026, 2027 y 2028 (código de procedimiento PE609B).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 21 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan seis becas de formación de personal auxiliar en materia de investigación marina (código de procedimiento PE609B).
Cuarto. Cuantía
Para la concesión de estas becas se destinará un crédito de ciento cuarenta y cuatro mil euros (144.000,00 €). Su financiación se hará con cargo a la partida presupuestaria 16.03.561A.480.0 (proyecto 2013 00688) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia de los años 2026 (24.000,00 €), 2027 (72.000,00 €) y 2028 (48.000,00 €).
En cumplimiento del Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social por contingencias comunes y profesionales se destinarán un total de once mil quinientos veinte euros (11.520,00 €), respectivamente en los años 2026 (1.920,00 €), 2027 (5.760,00 €) y 2028 (3.840,00 €), y con cargo a la aplicación presupuestaria 16.03.561A.484.0 (proyecto 2013 00688) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
El importe bruto mensual de cada beca será de mil euros (1.000,00 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2026
Marta Barreiro Castro
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar
