En el Diario Oficial de Galicia núm. 9, de 15 de enero de 2026, se publica la Orden de 3 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la financiación de actuaciones en materia de archivos y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento CT130A).
Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la mejora de los archivos de Galicia, garantizando una custodia responsable y el acceso de los ciudadanos a los documentos y, por otra, la convocatoria de las ayudas para el año 2026.
El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
De conformidad con la disposición final primera, se aprueba la delegación de atribuciones de la persona titular de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud en la persona titular de la Dirección General de Cultura para resolver la concesión, denegación, modificación u otras incidencias de las ayudas previstas en esta orden.
Tal y como establece el artículo 12 de la Orden el plazo máximo para dictar y notificar a los interesados la resolución expresa no podrá superar los cinco meses, según establece el artículo 23.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. El plazo se computará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Además, en aplicación del artículo 13.6 de la orden de convocatoria, la resolución de adjudicación será notificada mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Esta publicación sustituirá a la notificación personal y producirá los mismos efectos.
Asimismo, y en aplicación del artículo 12.6, serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, https://www.cultura.gal/gl/servizos y a través de la página web del Portal de archivos de Galicia, https://arquivosdegalicia.xunta.gal
Una vez instruido el procedimiento y tras la propuesta de resolución, con fecha de 18 de mayo de 2026, el órgano competente emite la resolución de las subvenciones convocadas.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 18 de mayo de 2026, de concesión de subvenciones destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento CT130A), que se adjunta como anexo.
Segundo. Comunicar que la Resolución de 18 de mayo de 2026, que finaliza este procedimiento, agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Esta resolución también podrá ser impugnada directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Tercero. Comunicar que las entidades adjudicatarias propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de diez días para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produzca manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada, salvo que en el mismo plazo se comunique de manera formal y expresa la renuncia a la subvención concedida, debidamente firmada por el representante de la entidad beneficiaria.
Cuarto. Comunicar que la resolución de adjudicación será notificada mediante esta publicación en el Diario Oficial de Galicia. Esta publicación sustituirá a la notificación personal y producirá los mismos efectos.
Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2026
Anxo M. Lorenzo Suárez
Director general de Cultura
ANEXO
Resolución de 18 de mayo de 2026 de concesión de ayudas convocadas
mediante la Orden de 3 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases
reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la financiación de actuaciones
en materia de archivos y se procede a su convocatoria para el año 2026
(código de procedimiento CT130A)
Hechos:
1. El 15 de enero de 2026 se publica en el DOG la Orden de 3 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la financiación de actuaciones en materia de archivos y se procede a su convocatoria para el año 2026. Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos y, por otra, la convocatoria de las ayudas para el año 2026.
La finalidad de la ayuda es la realización de actividades que tengan por objeto la descripción de series documentales de los archivos gallegos según la metodología archivística.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se recibieron un total de 45 solicitudes: 38 de entidades locales y 7 de entidades sin fin de lucro.
Una vez examinada la documentación y formulados los requerimientos necesarios, se procede a la evaluación de las solicitudes por la Comisión Técnica de Valoración en las sesiones de 31 de marzo y 22 de abril de 2026.
3. El 7 de mayo de 2026, la Comisión Técnica emite informe de evaluación de acuerdo con lo regulado en el artículo 11.3 de la orden de convocatoria, se elaboraron los listados definitivos de entidades excluidas y admitidas con la puntuación obtenida por estas, dentro del límite de crédito establecido en la orden.
Fundamentos jurídicos:
1. Las bases jurídicas de este procedimiento están reguladas por la Orden de 3 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos para la convocatoria del año 2026 (código de procedimiento CT130A).
2. Para la financiación de estas subvenciones existe crédito adecuado y suficiente en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2026, con una cuantía total de ciento ochenta y cinco mil euros (185.000,00 €), que se imputarán a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 en las aplicaciones presupuestarias 13.03.432A.760.0 (150.000,00 €) y 13.03.432A.781.0 (35.000,00 €).
3. El proyecto objeto de subvención será cofinanciado entre la entidad solicitante y la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud. La ayuda máxima por beneficiario que concederá la consellería será de 7.000,00 € por proyecto, que en ningún caso podrá exceder del 80 % del presupuesto total del proyecto a realizar.
4. El procedimiento para la concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, tal y como establece el artículo 10 de la orden reguladora, aplicando los criterios de valoración recogidos en el artículo 9.
5. Corresponde a la subdirección general competente en materia de archivos, como unidad instructora, formular la propuesta de resolución motivada de las solicitudes, por orden decreciente de puntuación, después del informe de evaluación emitido por la Comisión Técnica, tal y como establece el artículo 11.4 de la orden reguladora.
En base a todo lo anterior y a la vista del informe de evaluación de la Comisión Técnica de Evaluación,
PROPONGO:
Primero. Conceder las subvenciones a las entidades que se relacionan en el anexo I y que se divide en dos apartados:
a) Entidades locales que alcanzan la puntuación necesaria para obtener ayuda, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
b) Entidades privadas sin fin de lucro que alcanzan la puntuación necesaria para obtener ayuda, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
Segundo. Aprobar el listado de entidades que no resultaron adjudicatarias dentro del límite de crédito establecido en la orden, entidades que se relacionan en el anexo II y que se divide en dos apartados:
a) Entidades locales que no resultaron adjudicatarias, teniendo en cuenta el límite de crédito establecido en la orden, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
b) Entidades privadas sin fin de lucro que no resultaron adjudicatarias, teniendo en cuenta el límite de crédito establecido en la orden, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
Tercero. Aprobar el listado de solicitudes excluidas y las causas de exclusión, incluyendo las solicitudes que no se ajustan al objeto, finalidad y requisitos recogidos en los artículos 1 y 4 de la orden, que figuran en el anexo III.
Santiago de Compostela, 13 de mayo de 2026. Mª del Carmen Calviño Rodríguez, subdirectora general de Archivos y Centros Museísticos.
Después de la propuesta de la subdirectora general de Archivos y Centros Museísticos y de la fiscalización del gasto por la Intervención delegada,
RESUELVO:
La concesión de las ayudas previstas en la Orden de 3 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la financiación de actuaciones en materia de archivos y se procede a su convocatoria para el año 2026 en los términos expuestos con anterioridad.
Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2026. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud, P.D. (Disposición final primera de la Orden de 3.12.2025; DOG núm. 9, de 15 de enero de 2026), Anxo M. Lorenzo Suárez, director general de Cultura.
ANEXO I
a) Listado de las entidades locales adjudicatarias, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
|
Orden |
Nº de expediente |
Solicitante |
CIF |
Puntos |
Ayuda concedida |
|
1 |
2026-006 |
Ayuntamiento de Baralla |
P2703600C |
7,75 |
7.000,00 € |
|
2 |
2026-030 |
Ayuntamiento das Somozas |
P1508200A |
7,50 |
6.529,60 € |
|
3 |
2026-041 |
Ayuntamiento de Petín |
P3206100D |
7,50 |
5.517,60 € |
|
4 |
2026-004 |
Ayuntamiento de Calvos de Randín |
P3201700F |
7,25 |
7.000,00 € |
|
5 |
2026-007 |
Ayuntamiento de Vilar de Barrio |
P3209000C |
7,00 |
6.969,60 € |
|
6 |
2026-008 |
Ayuntamiento de Bande |
P3200700G |
7,00 |
7.000,00 € |
|
7 |
2026-024 |
Ayuntamiento de Quiroga |
P2705000D |
7,00 |
6.776,00 € |
|
8 |
2026-032 |
Ayuntamiento de Fisterra |
P1503800C |
6,65 |
5.118,30 € |
|
9 |
2026-017 |
Ayuntamiento de Tomiño |
P3605400E |
6,63 |
7.000,00 € |
|
10 |
2026-019 |
Ayuntamiento de Valga |
P3605600J |
6,50 |
6.776,00 € |
|
11 |
2026-022 |
Ayuntamiento de O Irixo |
P3203600F |
6,50 |
6.760,00 € |
|
12 |
2026-037 |
Ayuntamiento de Portas |
P3604000D |
6,50 |
6.776,00 € |
|
13 |
2026-035 |
Ayuntamiento da Pobra do Caramiñal |
P1506800J |
6,00 |
7.000,00 € |
|
14 |
2026-002 |
Ayuntamiento de Rairiz de Veiga |
P3206800I |
6,00 |
7.000,00 € |
|
15 |
2026-021 |
Ayuntamiento das Pontes de García Rodríguez |
P1507100D |
5,65 |
5.544,82 € |
|
16 |
2026-042 |
Ayuntamiento de Caldas de Reis |
P3600500G |
5,57 |
6.253,96 € |
|
17 |
2026-036 |
Ayuntamiento de Carral |
P1502100I |
5,50 |
6.776,00 € |
|
18 |
2026-040 |
Ayuntamiento de Gondomar |
P3602100D |
5,50 |
3.380,26 € |
|
19 |
2026-043 |
Ayuntamiento de Vilanova de Arousa |
P3606100J |
5,50 |
6.776,00 € |
|
20 |
2026-013 |
Ayuntamiento de Val do Dubra |
P1508900F |
5,33 |
7.000,00 € |
|
21 |
2026-028 |
Ayuntamiento de Zas |
P1509400F |
5,15 |
3.412,20 € |
|
22 |
2026-029 |
Ayuntamiento de Irixoa |
P1504000I |
5,00 |
6.400,00 € |
|
23 |
2026-038 |
Ayuntamiento da Baña |
P1500700H |
5,00 |
6.776,00 € |
|
24 |
2026-023 |
Ayuntamiento de Noia |
P1505800A |
4,80 |
4.457,66 € |
b) Listado de las entidades privadas sin fin de lucro adjudicatarias, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
|
Orden |
Nº de expediente |
Solicitante |
CIF |
Puntos |
Ayuda concedida |
|
1 |
2026-045 |
Arzobispado de Santiago de Compostela |
R1500020A |
6,00 |
7.000,00 € |
|
2 |
2026-015 |
Asociación Cultural Fundación Penzol |
G36623171 |
4,30 |
2.700,00 € |
|
3 |
2026-012 |
Fundación 10 de Marzo |
G15338080 |
3,95 |
7.000,00 € |
|
4 |
2026-005 |
Fundación Isla Couto |
G36680437 |
3,91 |
5.400,00 € |
|
5 |
2026-046 |
Asociación Vecinal, Cultural y Etnográfica San Cibrán |
G94020856 |
3,50 |
6.959,99 € |
|
6 |
2026-027 |
Fundación Luis Tilve |
G15169949 |
3,00 |
5.940,01 € |
ANEXO II
a) Listado de las entidades locales no adjudicatarias, teniendo en cuenta el límite de crédito establecido en la orden, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
|
Orden |
Nº de expediente |
Solicitante |
CIF |
Puntos |
|
1 |
2026-014 |
Ayuntamiento de Castroverde |
P2701100F |
4,76 |
|
2 |
2026-016 |
Ayuntamiento de Abegondo |
P1500100A |
4,76 |
|
3 |
2026-018 |
Ayuntamiento de Ribeira |
P1507400H |
4,62 |
|
4 |
2026-031 |
Ayuntamiento de Padrón |
P1506600D |
4,62 |
|
5 |
2026-010 |
Ayuntamiento de Negreira |
P1505700C |
4,50 |
|
6 |
2026-020 |
Ayuntamiento de Camariñas |
P1501600I |
4,50 |
|
7 |
2026-033 |
Ayuntamiento de Pontecesures |
P3604400F |
4,50 |
|
8 |
2026-044 |
Ayuntamiento de Celanova |
P3202500I |
4,50 |
|
9 |
2026-009 |
Ayuntamiento de Viveiro |
P2706700H |
4,37 |
|
10 |
2026-039 |
Ayuntamiento de Chantada |
P2701600E |
4,09 |
|
11 |
2026-011 |
Ayuntamiento de Cambados |
P3600600E |
3,00 |
|
12 |
2026-026 |
Ayuntamiento de Rianxo |
P1507300J |
2,82 |
b) Listado de las entidades privadas sin fin de lucro no adjudicatarias, teniendo en cuenta el límite de crédito establecido en la orden, ordenadas por orden decreciente de puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración y desempate recogidos en el artículo 9 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
|
Orden |
Nº de expediente |
Solicitante |
CIF |
Puntos |
|
1 |
2026-034 |
Fundación Vicente Risco |
G32214850 |
2,50 |
ANEXO III
Listado de solicitudes excluidas y las causas de exclusión, incluyendo las solicitudes que no se ajustan al objeto, finalidad y requisitos recogidos en los artículos 1 y 4 de la Orden de 3 de diciembre de 2025.
|
Nº de expediente |
Solicitante |
CIF |
Causa de exclusión |
|
2026-001 |
Concello de Ponteareas |
P3604200J |
(1) y (2) |
|
2026-025 |
Concello de Ourense |
P3205500F |
(3) |
(¹) Artículo 7.1 «Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las Administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta». No consta acreditación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
(²) Artículo 4.4 «En el caso de los entes locales, según el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, será requisito para la concesión de subvenciones que cumplieran el deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio». No consta esta remisión.
(³) Artículo 1.2 «La finalidad de la ayuda es la realización de actividades que tengan por objeto la descripción de series documentales de los archivos gallegos según la metodología archivística». Presenta proyecto para digitalización de fondos documentales.
