DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 5 de junio de 2026 Pág. 32703

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2026, de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, por la que se dispone el depósito e inscripción en el Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del acta de la Comisión paritaria del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia en la que se actualizan las tablas salariales de 2026.

Hecho:

Primero. El día 20 de mayo de 2026 tuvo entrada en esta unidad la solicitud para la inscripción en el Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, del acta de la Comisión paritaria del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia en la que se actualizan las tablas salariales de 2026.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales tiene atribuidas, entre otras funciones, las competencias que como autoridad laboral le corresponden a la consellería de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.

Segundo. De acuerdo con el artículo 25 del citado Decreto 147/2024, la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales es el órgano competente de coordinación de los registros administrativos de elecciones sindicales, de asociaciones empresariales y sindicales (Deose), de convenios colectivos (Regcon) y de empresas acreditadas para intervenir en el proceso de contratación en el sector de la construcción (REA).

Tercero. El artículo 8 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, regula el procedimiento de inscripción de solicitudes de registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y establece que la autoridad laboral competente dictará resolución ordenando su registro, depósito y publicación en el boletín oficial correspondiente.

Revisada la documentación aportada y teniendo en cuenta la normativa aplicable, la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, en su condición de autoridad laboral,

RESUELVE:

Primero. Ordenar el depósito y la inscripción en el Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del acta de la Comisión paritaria del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia en la que se actualizan las tablas salariales de 2026.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2026

Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales

ANEXO

Acta de la Comisión paritaria del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia

En Santiago de Compostela, a las 11.15 horas del día 6 de mayo de 2026, se reúne la Comisión paritaria del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia.

Parte empresarial:

Lucía del Campo Redondo (Agarte).

José Manuel Pazos Seco (Agarte).

María Teresa Rodríguez Rivas (Acolle).

Parte sindical:

Iria Estévez Casqueiro (FSS-CC.OO. de Galicia).

Javier Martínez Fente (UGT-SP de Galicia).

El objeto de esta reunión es la actualización de las tablas salariales del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia de acuerdo con el artículo 5 y la disposición final de dicho convenio.

Después del debate y análisis de dicha cuestión por las representaciones integrantes de esta comisión, procede reflejar en el acta lo siguiente:

Primero. Esta comisión paritaria acuerda, por unanimidad, proceder a la actualización de las tablas salariales del V Convenio colectivo de residencias privadas de personas de edad de Galicia para el año 2026, de conformidad con el contenido del anexo que se adjunta a esta acta.

Segundo. En ningún caso las personas trabajadoras afectadas por este convenio percibirán en cómputo anual por todos los conceptos retributivos una cuantía inferior al SMI en vigor. De este modo, si el cómputo anual de todos los conceptos retributivos percibidos por la persona trabajadora está por debajo del SMI, la empresa abonará la diferencia en un complemento hasta alcanzar dicha cuantía.

Tercero. Esta comisión delega en el personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales la realización de los trámites de depósito, registro y publicación de esta acta ante la autoridad laboral competente.

Al no tener más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 12.30 horas del día señalado en el encabezamiento y se expide al efecto esta acta, que firman todos los asistentes en prueba de conformidad.

Lucía del Campo Redondo (Agarte)

José Manuel Pazos Seco (Agarte)

María Teresa Rodríguez Rivas (Acolle)

Iria Estévez Casqueiro (FSS-CC.OO. de Galicia)

Javier Martínez Fente (UGT-SP de Galicia)

Grupos/categorías

S.B.

Plus domingos

Pagas extra

Días de especial significación

Trienios

Grupo A

Administrador/a

2.178,25

10,66

2.178,25

41,52

65,35

Gerente, director/a

2.178,25

10,66

2.178,25

41,52

65,35

Médico/a

1.829,99

10,66

1.829,99

41,52

54,90

Técnico superior

1.829,99

10,66

1.829,99

41,52

54,90

Grupo B

Supervisor/a socio asistencial

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

ATS/DUE

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

Trabajador social

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

Fisioterapeuta

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

Terapeuta ocupacional

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

Titulado/a

1.481,65

10,66

1.481,65

41,52

44,45

Grupo C

Gobernante/a

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Oficial mantenimiento

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Oficial administrativo

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Tasoc

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Conductor/a

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Jardinero/a

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Grupo D

Gerocultor/a- auxiliar de enfermería

1.210,07

10,66

1.210,07

41,52

36,30

Cocinero/a

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Auxiliar de mantenimiento

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Auxiliar administrativo/a

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Camarero/a de planta

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Animador sociocultural

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Recepcionista

1.189,13

10,66

1.189,13

41,52

35,67

Grupo E

Lavandería/planchador/a

1.110,10

10,66

1.110,10

41,52

33,30

Auxiliar de cocina

1.110,10

10,66

1.110,10

41,52

33,30

Limpiador/a

1.110,10

10,66

1.110,10

41,52

33,30

Personal no cualificado

1.110,10

10,66

1.110,10

41,52

33,30