La consellería con competencias en materia de Cultura, Lengua y Juventud convocó, para el año 2026, a través de la Orden de 21 de agosto de 2025, las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (Diario Oficial de Galicia número 179, de 17 de septiembre).
Mediante la Resolución de 5 de enero de 2026, de la Dirección General de Juventud, se publica la Resolución de 2 de enero de 2026 de concesión de las subvenciones presentadas al amparo de dicha Orden de 21 de agosto de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 5, de 9 de enero).
El artículo 23 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de la justificación de las ayudas concedidas. La fecha límite para la presentación de la justificación se estableció para el día 22 de mayo de 2026.
Asimismo, en los números 2 y 3 de dicho artículo 23 de la orden se determina la documentación necesaria para la justificación de la ayuda concedida.
Una vez revisadas las justificaciones presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención.
El artículo 23.5 de dicha orden establece que transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación en dicho plazo comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La presentación de la justificación en dicho plazo adicional no eximirá a la entidad beneficiaria de las sanciones que, conforme a la ley, correspondan.
Asimismo, el artículo 20 de la orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento y que esta publicación producirá los efectos de notificación.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto de requerimiento de la documentación justificativa de la ayuda concedida, dictado por el órgano instructor del procedimiento con fecha 28 de mayo de 2026, en el que se relacionan las entidades que deben enmendar las justificaciones y/o completar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras y que figura como anexo a esta resolución.
2. Hacer indicación expresa a las entidades beneficiarias que se relacionan en el requerimiento recogido en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria. De no hacerlo, de conformidad con el artículo 23.5 de la orden, con el artículo 28.10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y con el artículo 45 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades que correspondan.
3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de la documentación de las justificaciones, podrán dirigirse a la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud a través de los teléfonos 981 95 79 15 o 881 99 65 30.
Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2026
Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud
ANEXO
Requerimiento de enmienda de la documentación justificativa de las ayudas concedidas
Convocatoria: Orden de 21 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2026 (código de procedimiento BS508E).
Acto administrativo: requerimiento de enmienda de la documentación justificativa de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 21 de agosto de 2025.
Fecha del acto: 28 de mayo de 2026.
Órgano competente: Servicio de Voluntariado y Participación.
Efectos: las entidades beneficiarias que a continuación se relacionan tendrán un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto en el Diario Oficial de Galicia, para enmendar la falta o aportar los documentos preceptivos. De no hacerlo, comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades que correspondan de conformidad con el artículo 23.5 de la orden, con el artículo 28.10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y con el artículo 45 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
Relación de expedientes:
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Nº de exp. |
Solicitante |
NIF de la entidad |
Documentación requerida |
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2026/002 |
FEAFES Galicia, Federación de Asociacións de Familiares e Persoas con Enfermidade Mental de Galicia |
G15545353 |
– Anexo VII (artículo 23.2.d) – Documentación acreditativa del pago de los gastos de manutención y desplazamiento a las personas voluntarias (artículo 23.2.d.2º) – Presentar los justificantes de pago de los seguros para acreditar la cobertura durante toda la ejecución del proyecto (artículo 23.2.d.3º) – Presentar los contratos de las personas indicadas en el anexo VII como gastos de personal. – Copia de los boletines de cotización a la Seguridad Social con la copia de los justificantes bancarios de pago (artículo 23.2.d.4º) |
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2026/007 |
Asociación Cultural, Social, Ecolóxica e Económica Os Tres Reinos |
G32345274 |
– Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada (artículo 23.2.f). – Copia de los boletines de cotización a la Seguridad Social y copias de los justificantes bancarios de pago (artículo 23.2.d.4º) |
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2026/012 |
Casa Santa María de la Esperanza Esclavas de la Virgen Dolorosa - EVD Galicia |
R3600131A |
– Memoria económica (artículo 23.2.b) – Modelos 111 y 115 del primer trimestre y justificantes de pago (artículo 23.2.d) – Completar solicitud de inscripción de las experiencias voluntarias y de los certificados de experiencias voluntarias (artículo 23.2.a) |
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2026/020 |
Asociación Sustinea |
G32422834 |
– Memoria justificativa (artículo 23.2.a) – Memoria económica (artículo 23.2.b) – Anexo V (artículo 23.2.c) – Anexo VII (artículo 23.2.d) – Pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil de las personas voluntarias participantes y copias de los justificantes bancarios de pago de las mismas (artigo 3.2.c) – Información y enlace al sitio de internet de la entidad con información del apoyo obtenido (artículo 23.2.e) – Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada (artículo 23.2.f) – Solicitud de inscripción de las experiencias voluntarias y de los certificados de experiencias voluntarias (artículo 23.2.a) |
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2026/024 |
Valoresc Innovation |
G70377585 |
– Memoria justificativa con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos (artículo 23.2.a.) – Copia de los boletines de cotización a la Seguridad Social y del modelo 111 con la copia de los justificantes bancarios de pago (artículo 23.2.d.4º) |
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2026/029 |
Asociación Ecos do Sur |
G15354483 |
– Informe económico (artículo 23.2.b) – Anexo V (artículo 23.2.c): revisar los importes indicados en los puntos 3 y 4 y presentar debidamente firmado – Presentar los contratos de las personas indicadas no anexo VII como gastos de personal – Aportar acreditación de la titularidad de las tarjetas de crédito/débito y de su asociación a la cuenta de la entidad (artículo 23.2.d.1º) – Copia de los boletines de cotización a la Seguridad Social y el modelo 111 (artículo 23.2.d.4º) – Documentación acreditativa del pago de las facturas presentadas (artículo 23.2.d) – Información y enlace al sitio web con información del apoyo obtenido (artículo 23.2.e) – Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada (artículo 23.2.f) |
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2026/031 |
Ayuntamiento de Guitiriz |
P2702200C |
– Anexo VI: revisar importes imputados en las nóminas del personal (artículo 23.3.c) – Seguro de accidentes de las personas voluntarias (artículo 3.2.c) – Información y enlace al sitio de internet de la entidad con información del apoyo obtenido (artículo 23.3.e) – Completar solicitud de inscripción de las experiencias voluntarias y de los certificados de experiencias voluntarias (artículo 23.3.a) |
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2026/032 |
Ayuntamiento de Mos |
P3603300I |
– Justificación de la ayuda concedida (artículo23.3) |
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2026/033 |
Ayuntamiento de A Veiga |
P3208400F |
– Memoria justificativa (artículo 23.3.a) – Anexo V (artículo23.3.b) – Anexo VI/cuenta justificativa: indicar datos de las personas voluntarias y revisar importe imputado en el seguro de accidentes (artículo 23.3.c) – Información y enlace al sitio de internet de la entidad con información del apoyo obtenido (artículo 23.3.e) – Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada (artículo 23.3.f) – Completar solicitud de inscripción de las experiencias voluntarias y de los certificados de experiencias voluntarias (artículo 23.3.a) |
