DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Martes, 7 de julio de 2026 Pág. 38229

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Bergondo (expediente IN407A 2026/068-1).

Expediente: IN407A 2026/068-1.

Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: LMT, CT y RBT en el lugar Raxás.

Ayuntamiento: Bergondo.

Hechos:

1. El día 4.3.2026, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de mejorar la calidad del suministro de energía eléctrica en el lugar de Raxás.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado LMT, CT y RBT en el lugar Raxás, firmado el día 22.9.2025 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo, más un anexo de 6.4.2026.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un Acuerdo de 17.3.2026 publicado en los siguientes medios:

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

–  DOG: 7.4.2026.

– BOP: 23.3.2026.

– Periódico La Voz de Galicia: 27.3.2026.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal de 21.5.2026.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Bergondo y Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. A día de esta resolución, no constan en el expediente respuestas a dichas solicitudes.

5. El día 11.6.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de Raxás (Bergondo) y sus características técnicas son las siguientes:

– Entronque con la línea de media tensión aérea BEG705 (expediente 26432): se realizará mediante un paso aero-subterráneo para la nueva derivación subterránea que alimentará al nuevo CT. Será necesario sustituir el apoyo existente AN1BGMO0//18-13 por un nuevo apoyo de tipo C-3000/14, en el cual se instalará un reconectador (RC) que servirá como dispositivo de protección y maniobra para la derivación.

– Sustitución de conductor por tipo LA-56 entre el apoyo existente AN2PLJ03 y el apoyo proyectado C-3000/14, retensando el vano posterior, con una longitud de 68 m.

– Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 15 kV, con una longitud de 1.414 m, con origen en el apoyo proyectado tipo C-3000/14 de la LMTA BEG705 (expediente 26.432), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×150 mm² Al y final en el CT proyectado en el lugar de Trasdoval.

– Centro de transformación prefabricado tipo compacto rural fin de línea, con una potencia de 160 kVA y relación de transformación de 15.000/400 V.

4. En la visita de campo realizada para examinar el lugar de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/a director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se les notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 15 de junio de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Bergondo

Núm. parcela

Paraje
Referencia catastral

Cultivo

Titular

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Ocupación temporal

Apoyo núm.

ml aér.

ml subt.

m² aér.

m² subt.

Sup. (m²)

1

Castro

15008A019000430000XD

Labradío

Fundación Jiménez Cossío

Margarita Jiménez

Natalia Jiménez Fawcett

Alejandra Elena Jiménez Von Humboldt

Carolina Gabriela Jiménez Von Humboldt

Apoyo núm. 1

2.0

2.9

8.88

460

2

San Paio

15008A002002470000XI

Matorral

Isidoro Ponte Miramontes

Montserrat Ponte Miramontes

María del Socorro Ponte Miramontes

María Dolores Ponte Miramontes

María Carmen Ponte Miramontes

CT + acceso

41.46

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml subt.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.

m² aér.: superficie de la servidumbre aérea en m².

m² subt.: superficie de servidumbre subterránea.