El Pleno del Ayuntamiento de Ribadavia en la sesión de 25 de junio de 2026 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.5 de la Ley 2/2016 del suelo de Galicia, el cambio del uso dotacional sanitario previsto en el Plan general de ordenación municipal de Ribadavia por el uso dotacional asistencial para la parcela 0618346NG7801N0001QE.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el BOP, en el DOG y en la página web municipal.
Tercero. Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, junto con dos ejemplares diligenciados de la modificación
Cuarto. Tramitar la inscripción de la modificación en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin perjuicio de otras acciones legales que se estimen convenientes.
Ribadavia, 26 de junio de 2026
César Fernández Gil
Alcalde
