En la sesión celebrada el día 12.6.2026, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales y las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:
– Procedimiento de deslinde 2025_49AV.
MVMC de Gilfonso o Cabalar (expediente 1/99), perteneciente a los vecinos de la parroquia de O Pereiro, en el ayuntamiento de Alfoz do Castrodouro; y MVMC Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa, perteneciente a los vecinos de la parroquia de Montouto, en el ayuntamiento de Abadín.
El 18.8.2025 tuvo entrada una solicitud, presentada por la comunidad de O Pereiro, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo con la comunidad de Montouto para establecer la línea divisora entre sus respectivos montes vecinales. Aporta el acta de deslinde, los planos topográficos y las certificaciones de aprobación por parte de las asambleas de las comunidades implicadas. El 1.9.2025, la comunidad promotora incorporó al expediente el acta de conciliación formalizada ante el Juzgado de Paz de Abadín. Posteriormente, el 15.12.2025, la comunidad de Montouto presentó una solicitud en los mismos términos, lo que consolida el mutuo acuerdo en el procedimiento.
El 2.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Gilfonso o Cabalar: 250,39 ha.
– MVMC Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa: 1.551,55 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_75AV.
MVMC Cociña, Tola y Trigal (expediente 95_77), perteneciente a los vecinos de los lugares Cociña, Tola y Trigal; y MVMC Piñeiro, perteneciente a los vecinos del lugar de Piñeiro. Ambos montes están en la parroquia de Galegos, del ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 30.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cociña, Tola y Trigal, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 11.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 18.2.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Cociña, Tola y Trigal: 196,36 ha.
– MVMC Piñeiro: 151,98 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_108AV.
MVMC Abradelo (expediente 99_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Abradelo, en la parroquia de O Real (San Cristovo); y MVMC Gundriz (expediente 72_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Gundriz, en la parroquia de Gundriz. Ambos montes están en el ayuntamiento de Samos.
El 10.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Abradelo, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 2.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 4.6.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Abradelo: 351,11 ha.
– MVMC Gundriz: 627,74 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_107AV.
MVMC Pasantes (expediente 76_79), perteneciente a los vecinos del lugar de Pasantes, en la parroquia y ayuntamiento de Triacastela; y MVMC Gundriz (expediente 72_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Gundriz, en la parroquia de Gundriz, en el ayuntamiento de Samos.
El 10.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Pasantes, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 2.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Pasantes: 333,78 ha
– MVMC Gundriz: 626,60 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde anterior con el MVMC Abradelo, recogido en el expediente 2025_108AV.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_101AV.
MVMC Ribón (expediente 100_77), perteneciente a los vecinos de los lugares de Murias de Camín y Ribón, en la parroquia de Ribón; y MVMC Busmor, perteneciente a los vecinos de los lugares Quintá y Ribón, de las parroquias de Moia y Ribón, respectivamente. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 4.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Murias de Camín y Ribón, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 27.2.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Ribón: 288,48 ha. Esta modificación tiene en cuenta la revisión del croquis previa, recogida en el expediente 2025_66RE.
– MVMC Busmor: 144,77 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_95AV.
MVMC Santa María (expediente 77_78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Mariña do Incio; y MVMC Foilebar, parcela O Pico de Leizán y A Louseira (expediente 1_2000), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Foilebar. Ambos montes están en el ayuntamiento de O Incio.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Santa Mariña do Incio, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. El 19.2.2026 presentaron una mejora de la solicitud. La documentación final aportada cuenta con el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 12.3.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Santa María: 224,26 ha.
– MVMC Foilebar: 27,87 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_96AV.
MVMC San Pedro (expediente 60_75), perteneciente a los vecinos del lugar de San Pedro, en la parroquia de Riocereixa; y MVMC Riocereixa, perteneciente a los vecinos del lugar de Riocereixa, en la parroquia del mismo nombre. Ambos montes están en el ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de San Pedro, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC San Pedro: 175,59 ha. Esta modificación tiene en cuenta la revisión del croquis previa, recogida en el expediente 2025_85RE.
– MVMC Riocereixa: 351,08 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_126AV.
MVMC Vilares (expediente 31_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Os Vilares, en el ayuntamiento de Guitiriz; MVMC Pena do Lobo (expediente 132_79), perteneciente a los vecinos de Escuadra de Penarredonda, de la parroquia de Belesar, en el ayuntamiento de Vilalba; y MVMC Santa Cruz (expediente 29_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Cruz de Parga, en el ayuntamiento de Guitiriz.
El 15.12.2025 la comunidad de Os Vilares presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo con las comunidades de Escuadra de Penarredonda y Santa Cruz, respectivamente, para establecer la línea divisoria que separa sus montes. Posteriormente, en respuesta al requerimiento de subsanación efectuado por esta Administración, la comunidad solicitante aportó la documentación requerida y el expediente cuenta con las actas de deslinde, los planos topográficos, las actas de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las asambleas de las comunidades implicadas.
El 17.2.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Vilares: 886,98 ha. Esta modificación tiene en cuenta la revisión del croquis previa, recogida en el expediente 2025_68RE.
– MVMC Pena del Lobo: 162,88 ha.
– MVMC Santa Cruz: 829,33 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_114AV.
MVMC Hervededo, Costa de Reboiras, Espiñeiro, Costa Telleira y Biduedo (expediente 147_80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Frontón; y MVMC Costa Falgueira, Telleira, Biduedo, Pena Pombeiro y Pedrouzo, perteneciente a los vecinos de la parroquia de Pombeiro, excepto Bazal, Cascaxide, A Piúca, A Torre, O Torrón y Vilamirón. Ambos montes están en el ayuntamiento de Pantón.
El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Frontón, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Hervededo, C. Reboiras, Espiñeiro, C. Telleira y Biduedo: 475,41 ha.
– MVMC C. Falgueira, Telleira, Biduedo, Pena Pombeiro y Pedrouzo: 329,48 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_92AV.
MVMC San Pedro (expediente 134_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de San Pedro do Incio, en el ayuntamiento de O Incio; y MVMC Ferreiros (expediente 1_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ferreiros, excepto Veneira de Roques, en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de San Pedro do Incio, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC San Pedro: 615,56 ha.
– MVMC Ferreiros: 410,40 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_115AV.
MVMC Veneira (expediente 2_75), perteneciente a los vecinos de A Veneira de Roques, en la parroquia de Ferreiros, y MVMC Ferreiros (expediente 1_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ferreiros, excepto A Veneira de Roques. Ambos montes están en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de A Veneira de Roques, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Veneira: 263,16 ha.
– MVMC Ferreiros: 414,42 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde anterior con el MVMC San Pedro, recogido en el expediente 2025_92AV.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_93AV.
MVMC Trascastro (expediente 78_78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Trascastro, en el ayuntamiento de O Incio; y MVMC Saa (expediente 9_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Saa, en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Trascastro, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC Trascastro: 959,52 ha.
– MVMC Saa: 1.271,39 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde 2025_94AV.
MVMC Trascastro (expediente 78_78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Trascastro; y MVMC San Pedro (expediente 134_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de San Pedro do Incio. Ambos montes están en el ayuntamiento de O Incio.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Trascastro, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 25.2.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
MVMC Trascastro: 985,40 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde anterior con el MVMC Saa, recogido en el expediente 2025_93AV.
MVMC San Pedro: 589,32 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde anterior con el MVMC Ferreiros, recogido en el expediente 2025_92AV.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
― Procedimiento de deslinde 2025_62AV.
MVMC San Paio (expediente 6_82), perteneciente a los vecinos del lugar de San Paio, en la parroquia de Cubilledo; y MVMC Fonteo (expediente 55_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Fonteo. Ambos montes están en el ayuntamiento de Baleira.
El 30.9.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de San Paio, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.
El 11.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
– MVMC San Paio: 152,13 ha.
– MVMC Fonteo: 247,57 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Contra estos acuerdos podrá interponerse, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 10 de julio de 2026
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Lugo
