DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Lunes, 27 de julio de 2026 Pág. 41622

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 10 de julio de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunican a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 2026_2AV y doce más).

En la sesión celebrada el día 12.6.2026, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:

– Procedimiento de deslinde núm. 2026_2AV.

MVMC Santo Estevo (expediente 11_82), perteneciente a los vecinos de los lugares de Santo Estevo, Acevro e Ínsua, en la parroquia de Rececende, y MVMC Foxas (expediente 13_82), perteneciente a los vecinos de Foxas, en la parroquia de A Pontenova. Ambos montes en el ayuntamiento de A Pontenova.

Los días 24.1.2026 y 2.3.2026, la comunidad de Santo Estevo presentó una solicitud relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo con la comunidad de Foxas para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Posteriormente, en respuesta al requerimiento de enmienda efectuado por esta Administración, la comunidad solicitante aportó la documentación requerida y el expediente cuenta con el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación por parte de las asambleas de las comunidades implicadas.

El 27.5.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Santo Estevo: 88,63 ha.

• MVMC Foxas: 22,23 ha. Esta modificación tiene en cuenta la revisión del croquis previa, recogida en el expediente 2025_58RE.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_70AV.

MVMC Bendilló (expediente 119_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Bendilló, de la parroquia de Bendilló, y MVMC Chao da Casa (expediente 13_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Chao da Casa, en la parroquia de Vilaster. Ambos montes en el ayuntamiento de Quiroga.

El 29.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Bendilló, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 28.5.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Bendilló: 63,39 ha.

• MVMC Chao da Casa: 67,19 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_71AV.

MVMC Bendilló (expediente 119_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Bendilló, y MVMC Vilar de Mondelo (expediente 113_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilar de Mondelo. Ambos en la parroquia de Bendilló, del ayuntamiento de Quiroga.

El 29.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Bendilló, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 27.2.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Bendilló: 62,31 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Chao da Casa, recogido en el expediente 2025_70AV.

• MVMC Vilar de Mondelo: 493,93 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_89AV.

MVMC Chao da Casa (expediente 13_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Chao da Casa, en la parroquia de Vilaster, y MVMC Biscobio (expediente 24_73), perteneciente a los vecinos de los lugares de Centeais y Ferreira, en la parroquia de Montefurado. Ambos montes en el ayuntamiento de Quiroga.

El 27.11.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Chao da Casa, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 29.5.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Chao da Casa: 69,07 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Bendilló, recogido en el expediente 2025_70AV.

• MVMC Biscobio: 519,98 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_84AV.

MVMC Vilar de Mondelo (expediente 113_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilar de Mondelo, y MVMC Serra da Artesiña (expediente 112_75), perteneciente a los vecinos de los lugares de Bendilló y Chao da Casa. Ambos montes en la parroquia de Bendilló, del ayuntamiento de Quiroga.

El 17.11.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Vilar de Mondelo, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 3.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Vilar de Mondelo: 534,50 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Bendilló, recogido en el expediente 2025_71AV.

• MVMC Serra da Artesiña: 188,66 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_87V

MVMC Vilar de Mondelo (expediente 113_75), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilar de Mondelo, en la parroquia de Bendilló, y MVMC Feais (expediente 21_76), clasificado a favor de los vecinos del lugar de Feais, en la parroquia de Cereixido. Ambos montes en el ayuntamiento de Quiroga.

Por el Acuerdo de 28.6.2006, el Jurado concedió el aprovechamiento del monte Feais a la comunidad de Cereixido, en concepto de titulares provisionales, en los términos recogidos en el artículo 20 de la Ley 13/1989.

El 24.11.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Vilar de Mondelo, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo con la comunidad de Cereixido para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 4.3.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Vilar de Mondelo: 529,64 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Serra da Artesiña, recogido en el expediente 2025_84AV.

• MVMC Feais: 294,33 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_76AV.

MVMC Xuguiño (expediente 17_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Xuguiño, y MVMC Castelo y Novais (expediente 18_76), perteneciente a los vecinos de los lugares de Castelo y Novais. Ambos montes en la parroquia de Sequeiros, del ayuntamiento de Quiroga.

El 31.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Xuguiño, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 27.5.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Xuguiño: 77,52 ha.

• MVMC Castelo y Novais: 126,96 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_86AV.

MVMC Castelo e Novais (expediente 18_76), perteneciente a los vecinos de los lugares de Castelo y Novais, de la parroquia de Sequeiros, y MVMC Piguereiro (expediente 25_73), perteneciente a los vecinos de los lugares de Caspedro, O Hospital, Outeiro, Ribeira de Arriba, San Xulián de Arriba, San Xulián de Abaixo y O Souto, de la parroquia de O Hospital. Ambos en el ayuntamiento de Quiroga.

El 24.11.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Castelo y Novais, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 12.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Castelo y Novais: 128,18 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Xuguiño, recogido en el expediente 2025_76AV.

• MVMC Piguereiro: 147,90 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_77AV.

MVMC Xuguiño (expediente 17_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Xuguiño, de la parroquia de Sequeiros, y MVMC Paradaseca (expediente 56_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Paradaseca. Ambos montes en el ayuntamiento de Quiroga.

El 3.11.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Xuguiño, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 26.5.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 27.5.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Xuguiño: 102,23 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Castelo y Novais, recogido en el expediente 2025_76AV.

• MVMC Paradaseca: 658,52 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_111AV.

MVMC Paradaseca (expediente 56_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Paradaseca, y MVMC Val do Campelo (expediente 114_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Bendollo. Ambos montes en el ayuntamiento de Quiroga.

El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Paradaseca, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 13.3.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Paradaseca: 648,37 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Xuguiño, recogido en el expediente 2025_77AV.

• MVMC Val do Campelo: 565,62 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_112AV.

MVMC Paradaseca (expediente 56_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Paradaseca, y MVMC Piguereiro (expediente 25_73), perteneciente a los vecinos de los lugares de Caspedro, O Hospital, Outeiro, Ribeira de Arriba, San Xulián de Arriba, San Xulián de Abaixo y O Souto, de la parroquia de O Hospital. Ambos en el ayuntamiento de Quiroga.

El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Paradaseca, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 13.3.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Paradaseca: 649,10 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Val do Campelo, recogido en el expediente 2025_111AV.

• MVMC Piguereiro: 147,13 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_113AV.

MVMC Paradaseca (expediente 56_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Paradaseca, y MVMC Eiras y Reboredo (expediente 54_76), perteneciente a los vecinos de los lugares de Campo do Val, Fisteus, A Goia, Vilaboa y Vilameá, de la parroquia de Fisteus. Ambos en el ayuntamiento de Quiroga.

El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Paradaseca, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 13.3.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Paradaseca: 661,84 ha. Esta modificación tiene en cuenta el deslinde previo con el MVMC Piguereiro, recogido en el expediente 2025_112AV.

• MVMC Eiras y Reboredo: 452,61 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

– Procedimiento de deslinde núm. 2025_74AV.

MVMC Vilanuíde (expediente 16_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilanuíde, y MVMC Anguieiros (expediente 22_76), perteneciente a los vecinos de los lugares de Os Anguieiros, en la parroquia de Montefurado. Ambos en el ayuntamiento de Quiroga.

El 30.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Vilanuíde, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación por parte de las asambleas de ambas comunidades.

El 5.6.2026, el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 9.6.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:

• MVMC Vilanuíde: 257,61 ha.

• MVMC Anguieiros: 165,80 ha.

Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y realizar las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Contra estos acuerdos podrá interponerse, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 10 de julio de 2026

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Lugo