DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Martes, 28 de julio de 2026 Pág. 41727

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, de prórroga de secciones bilingües en determinados centros de enseñanzas artísticas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Mediante la Orden de 14 de julio de 2014 se autorizó la puesta en marcha, con carácter experimental, de las secciones bilingües de lengua inglesa en conservatorios profesionales de música de Galicia (DOG núm. 139, de 23 de julio), siendo prorrogadas por la Resolución de 4 de julio de 2016 (DOG núm. 136, de 19 de julio), por la Resolución de 7 de junio de 2018 (DOG núm. 116, de 19 de junio), por la Resolución de 15 de julio de 2020 (DOG núm. 148, de 24 de julio), por la Resolución de 21 de julio de 2022 (DOG núm. 149, de 5 de agosto), por la Resolución de 31 de julio de 2024 (DOG núm. 153, de 8 de agosto) y por la corrección de errores a esta última resolución publicada el 22 de agosto de 2024.

Asimismo, con la Orden de 7 de julio de 2016 se autoriza la puesta en marcha, con carácter experimental, de secciones bilingües de lengua inglesa en el Conservatorio Superior de Música de Vigo y en la Escuela de Arte y Superior de Diseño Pablo Picasso de A Coruña (DOG núm. 137, de 20 de julio), siendo prorrogadas por la Resolución de 10 de octubre de 2018 (DOG núm. 202, de 23 de octubre), por la Resolución de 15 de julio de 2020 (DOG núm. 148, de 24 de julio), por la Resolución de 21 de julio de 2022 (DOG núm. 149, de 5 de agosto), por la Resolución de 31 de julio de 2024 (DOG núm. 153, de 8 de agosto) y por la corrección de errores a esta última resolución publicada el 22 de agosto de 2024.

A su vez, con la Orden de 5 de agosto de 2024 se autoriza la puesta en marcha con carácter experimental, de secciones bilingües en determinados conservatorios profesionales de música de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 158, de 19 de agosto).

En el artículo 9 de las correspondientes órdenes de autorización se establece que el proyecto tiene una duración de dos cursos académicos, prorrogable al terminar dicho período, tras el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Educativa y teniendo en cuenta la adecuación a las condiciones y objetivos indicados en su puesta en marcha, y la permanencia de las circunstancias que justificaron su implantación.

Igualmente, en la disposición final primera de las citadas órdenes, se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional para dictar cuantas normas se consideren oportunas para su desarrollo.

Emitidos los correspondientes informes favorables por los servicios de inspección educativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de las citadas órdenes,

RESUELVO:

Primero. Prorrogar, por un período de dos cursos académicos y con la finalidad de favorecer la práctica de idiomas entre el alumnado de enseñanzas artísticas, las siguientes secciones bilingües:

– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Profesional de Música de A Coruña.

– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Profesional de Música de Santiago de Compostela.

– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Profesional de Música de Vigo.

– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Superior de Música de Vigo.

– La sección bilingüe de lengua inglesa en la Escuela de Arte y Superior de Diseño Pablo Picasso.

– La sección bilingüe de lengua portuguesa en el Conservatorio Profesional de Música Manuel Quiroga de Pontevedra.

– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio profesional de Música Xan Viaño de Ferrol.

Segundo. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2026

María Eugenia Pérez Fernández
Directora general de Formación Profesional