De conformidad con los artículos 44 y 46.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se intentó la notificación del acto que se indica y esta no pudo practicarse por razones no imputables a la Administración.
Al no ser posible practicar la comunicación a la que se refiere el número 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a las personas titulares de las parcelas que se enumeran a continuación, por causas no imputables a esta Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa.
|
Acto a notificar |
Ref. catastral Polígono/parcela |
Localización |
Persona interesada Persona responsable |
|
Orden de ejecución (Exp. 1018-2026) Resolución inicio, O. E. do 1.7.2026 |
36043A043000690000JR (Polígono 43-parcela 69) |
A Insua Ponte Caldelas |
En investigación |
|
Orden de ejecución (Exp. 891-2026) Resolución inicio, O. E. do 8.7.2026 |
36043A012004070000JU (Polígono 12-parcela 407) |
Paradela Ponte Caldelas |
Marina Amoedo Otero |
|
Orden de ejecución (Exp. 1176-2026) Resolución inicio, O. E. do 8.7.2026 |
36043A036002390000JH 36043A036002390001KJ (Polígono 36-parcela 239) |
A Roca-A Insua Ponte Caldelas |
Herminda Martínez Vaqueiro |
|
Orden de ejecución (Exp.1261-2026) Resolución inicio, O. E. do 8.7.2026 |
36043A036012510000JY (Polígono 36-parcela 1251) |
A Roca-A Insua Ponte Caldelas |
Digna Pereira Orge |
En virtud de lo expuesto, se le comunica que en las referidas parcelas se incumple lo establecido en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por tanto, dispone de un plazo máximo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario de la gestión de la biomasa en la citada parcela, que se iniciará el día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Se publica el presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia para que sirva de notificación a la persona interesada, y para este fin se le informa de que tanto la notificación como el expediente se encuentran a su disposición en el Ayuntamiento de Ponte Caldelas (avenida de Galicia, 17, 36820 Ponte Caldelas, Pontevedra) y en la sede electrónica de esta entidad.
Considerando que el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece que cuando no se pueda determinar la identidad de la persona responsable de la gestión de la biomasa vegetal y de la retirada de especies arbóreas prohibidas o cuando resulte infructuosa la notificación de la comunicación, esta se efectuará mediante un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia de los datos catastrales de la parcela.
Considerando que el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, faculta a este ayuntamiento para la ejecución subsidiaria en caso de que se incumplan los trabajos de gestión de biomasa, repercutiendo los costes a las personas responsables.
Considerando que el artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los necesarios accesos a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa en las redes de fajas de gestión.
Ponte Caldelas, 13 de julio de 2026
Andrés Díaz Sobral
Alcalde presidente
