DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 10 de agosto de 2026 Pág. 43762

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se establece una prohibición temporal de pesca en las aguas en el río Soldón (ayuntamiento de Quiroga).

Antecedentes:

1º. El 29 de abril de 2026 el Servicio de Patrimonio Natural del Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático recibe un aviso de un episodio de mortalidad de truchas en el río Soldón, concretamente en el lugar de Rugando. Dicho evento se relaciona con fuertes tormentas acontecidas en abril de este año y el arrastre de ceniza debido a la falta de vegetación de ribera causada por el incendio forestal acontecido en el verano del año 2025.

2º. El 11 de junio de 2026 los agentes del Distrito VIII aportan el informe con base en la inspección realizada in situ. De acuerdo con el citado informe el servicio concluye lo siguiente:

1. Causa de la mortalidad: las lluvias torrenciales de los días 25, 26 y 28 de abril provocaron arrastres masivos de cenizas y tierra acumulada en la cuenca como consecuencia del incendio del verano de 2025.

2. Daños observados: se constató la mortalidad de truchas y una considerable acumulación de lodos y cenizas en ambos márgenes y en el lecho del río, especialmente en la zona de la playa fluvial cerca de la desembocadura.

3. Riesgo futuro: dada la pendiente de la zona y la falta de vegetación, los agentes advierten de que, mientras no se recupere la cubierta vegetal, estos episodios de arrastres y la consiguiente mortalidad piscícola serán continuos.

4. Propuesta: los agentes proponen la veda de este río por las circunstancias descritas.

Consideraciones legales y técnicas:

I. La Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia, establece en su artículo 59.2 que «En el caso de extremo empobrecimiento de los recursos vivos de las aguas o cuando circunstancias excepcionales lo aconsejen, la consellería competente en materia de pesca continental, oído previamente el Consejo Gallego de Pesca Continental, podrá acordar las medidas que estime pertinentes, incluso la veda absoluta en aquellos tramos de agua que sea necesario (...)».

II. Sin embargo el apartado 9 del artículo 35 indica que la consellería competente podrá prohibir temporalmente el empleo de cualquier arte o modalidad de pesca en toda o en parte de las aguas continentales cuando existan razones hidrobiológicas y de orden sanitario que así lo aconsejen. Esta prohibición se publicará en el Diario Oficial de Galicia con expresión de su motivación.

III. El Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales señala en el artículo 48.1 que «Cuando existan razones hidrobiológicas o medioambientales que así lo aconsejen, se podrán adoptar medidas excepcionales de urgencia para la protección de la fauna piscícola y de su medio», y en el apartado 2 añade que estas medidas «podrán prohibir temporalmente (...) todo tipo de pesca en una determinada masa de agua».

IV. De acuerdo con el anexo XI de la Orden de 11 de diciembre de 2025 por la que se establecen las normas de pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada 2026 (DOG núm. 246, de 22 de diciembre), una vez finalizada la actual temporada de pesca el 31.7.2026, el tramo de 1,3 km del río Soldón existente inmediatamente anterior a la desembocadura en el embalse de Sequeiros permanecería como hábil para la pesca sin muerte hasta el próximo 30.9.2026.

V. El 6.7.2026 el Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático propone la veda absoluta para el ejercicio de cualquier modalidad de pesca en todos los tramos del río Soldón (ayuntamiento de Quiroga), afectados por los arrastres de cenizas, con el objeto de proteger los recursos piscícolas ante el «extremo empobrecimiento» y las «circunstancias excepcionales» descritas, al amparo del artículo 35.9 de la Ley 2/2021 y del artículo 48 del Decreto 130/1997.

VI. La competencia para la resolución de este procedimiento corresponde a la directora general de Patrimonio Natural, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, en el Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 137/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Prohibir temporalmente todas las modalidades de pesca en los tramos del río Soldón en el ayuntamiento de Quiroga hasta el 30 de septiembre de 2026, de conformidad con el artículo 35.9 de la Ley 2/2021, debido al extremo empobrecimiento y las circunstancias excepcionales originadas por los arrastres masivos de cenizas y tierra acumulada en la cuenca como consecuencia de los incendios ocasionados durante el verano del año 2025 y su impacto sobre la fauna ictícola y estado del medio acuático.

Segundo. En caso de persistir las citadas circunstancias excepcionales, deberá someterse a la consulta del correspondiente Consejo Provincial de Pesca Continental, así como del Consejo Gallego de Pesca Continental, la propuesta de veda del mencionado río, a los efectos, en su caso, de la inclusión de la citada veda en la regulación anual de la temporada de pesca continental correspondiente al año 2027.

Tercero. Esta resolución no finaliza la vía administrativa, por lo que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2026

Marisol Díaz Mouteira
Directora general de Patrimonio Natural