Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación, tal y como se recoge en el proyecto firmado el 29.4.2026 por el ingeniero técnico industrial Emilio Gómez Ramos, colegiado núm. 3637 del COETIVigo, y visado por el citado colegio profesional el día 29.4.2026 con el número 22600540.
Solicitante: Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.
Domicilio: polígono Chan da Ponte, 19, 36450 Salvaterra de Miño, Pontevedra.
Denominación: LMT soterrada CPM Reza a LMT general Arnoia (circuito núm.1).
Situación: lugares de A Reza y Porqueira, ayuntamiento de A Arnoia.
Presupuesto: 23.642,46 €.
Características técnicas:
– LMT subterránea, a 20 kV, de 195 m de longitud, en conductor RHZ-1 3×(1×240) Al 18/30 kV, con origen en la celda de salida MT CPM A Reza y final en el apoyo metálico existente núm.1, de la LMT General Arnoia.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 16 de julio de 2026
Jorge Pumar Tesouro
Director territorial de Ourense
