BDNS (Identif.): 927777.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927777
Primero. Personas beneficiarias
Podrá ser beneficiario de las ayudas el personal docente en servicio activo con destino en Galicia, destinado en centros públicos y que ejerza la docencia directa con el alumnado, equipos de orientación específicos, puestos de asesoría dentro de la estructura administrativa de la consellería y en la Inspección educativa, liberados sindicales y personal docente en plazas sometidas a convenio.
El personal docente funcionario en prácticas podrá solicitar una ayuda de las reguladas en esta convocatoria para la realización de actividades formativas.
Asimismo, podrá cursar la solicitud el personal docente funcionario interino. Estas personas indicarán expresamente esta circunstancia en el anexo I de esta convocatoria.
El profesorado sustituto podrá cursar la solicitud siempre que, por lo menos, el 85 % de la actividad subvencionable se desarrolle durante el período de su nombramiento.
Segundo. Objeto
Convocar, en régimen de competencia competitiva, ayudas para financiar los gastos derivados de la participación como asistente a actividades de formación no organizadas por las estructuras de formación de la consellería que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el resto del territorio español o en el extranjero, entre los días 1 de enero y 30 de noviembre de 2026.
Estas ayudas cubren los gastos de matrícula, desplazamiento, alojamiento y manutención.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Presupuesto y cuantía de las ayudas
El importe global previsto en la orden es de 200.000 euros.
Las ayudas se concederán según los siguientes tipos y límites que se indican:
Tipo I, para actividades realizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, hasta un máximo de 400 euros.
Tipo II, para actividades realizadas en el resto del territorio español, hasta un máximo de 800 euros.
Tipo III, para actividades realizadas en el extranjero, hasta un máximo de 1.500 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 2026
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades
y Formación Profesional
