DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Jueves, 17 de septiembre de 2026 Pág. 49270

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ANUNCIO de 8 de septiembre de 2026, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente XC-03267-O-2025 y cuatro más).

Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a las personas que se relacionan en el anexo las resoluciones dictadas por la persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña en los expedientes sancionadores número XC-03267-O-2025 y otros cuatro más, por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, al resultar infructuosa su notificación postal. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado (BOE).

El texto íntegro de la resolución que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de las personas interesadas en el Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe un recurso de alzada ante la directora general de Movilidad de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, la persona interesada deberá abonar la multa impuesta, para lo que empleará el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad de A Coruña.

En caso de no presentar el recurso de alzada y de no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

A Coruña, 8 de septiembre de 2026

César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF

persona sancionada

Infracción cometida

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

XC-03267-O-2025

1008-LJW

58002238X

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

20.3.2025 10.14.00, AC-552, 23,301

Artículo 142.8 de la LOTT

Artículo 143.1.b) de la LOTT

Articulo 143.1 de la LOTT

201 euros

XC-04183-O-2025

1244-CVG

35480368Q

Realizar el transporte de mercancías perecederas sin llevar en el vehículo las marcas de identificación e indicaciones reglamentarias o llevarlas en lugares distintos a los establecidos.

11.6.2025 12.11.00, N-550; 69,0

Artículo 142.16 de la LOTT

Artículo 199.17 de la ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201 a) de la ROTT

100 euros

XC-04969-O-2025

7306-MRR

Y1954116G

Realizar transportes públicos de mercancías, así como contratar como porteador o facturar en nombre propio servicios de transporte, careciendo de la autorización, siempre que se acredite que, en el momento de realizarlos o contratarlos, se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente.

10.8.2025 04.40.00, AP-9; 7,0

Artículo 142.1 de la LOTT

Artículo 199.1 de la ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201 c) de la ROTT

301 euros

XC-05143-O-2025

5995-LYF

B02817211

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

3.9.2025 11.24.00, AP-9; 93,0

Artículo 142.8 de la LOTT

Artículo 143.1.b) de la LOTT

Artículo 143.1 de la LOTT

201 euros

XC-05169-O-2025

1566-LWR

B75447466

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

16.9.2025 10.41.00, N-550; 41,0

Artículo 142.8 de la LOTT

Artículo 143.1.b) de la LOTT

Artículo 143.1 de la LOTT

201 euros