I
La fiesta mariana de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida se celebra todos los años los días 8 y 9 de septiembre. A ella acuden las personas devotas para solicitar peticiones relacionadas normalmente con las diferentes dolencias humanas, aunque también ruegan por problemas de índole familiar y social.
En la procesión, que tiene lugar antes de la misa solemne de las 13.00 horas, participan dos singulares figuras. Por un lado, el Meco, que anuncia la presencia por medio de unas castañuelas que porta en la mano izquierda, mientras que en la mano derecha lleva una escoba de tojos con la que va alejando a las personas para que pueda pasar el cortejo procesional y, por otro, las Pampórnigas, dos gigantes que simbolizan a un hombre y a una mujer y que van danzando una pieza tradicional local.
II
La Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) para Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial define este como los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que son inherentes a ellos, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio, que se transmite de generación en generación y que es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su ambiente, su interacción con la naturaleza y su historia, introduce un sentimiento de identidad y continuidad que contribuye al respeto de la diversidad cultural y a la creatividad humana.
El Plan nacional de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial ahonda en la importancia de valorizar el protagonismo de las comunidades, grupos e individuos, tenedores y titulares de las iniciativas y actuaciones encaminadas a la investigación, documentación, promoción, transmisión, formación y difusión de las manifestaciones inmateriales de la cultura.
La Comunidad Autónoma gallega, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución española y según lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía de Galicia, asume la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural y, en ejercicio de esta, se aprueba la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (LPCG).
El artículo 1.2 de dicha ley establece que el patrimonio cultural de Galicia está constituido por los bienes muebles, inmuebles o manifestaciones inmateriales que, por su valor artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, antropológico, industrial, científico y técnico, documental o bibliográfico, deban ser considerados como de interés para la permanencia, reconocimiento e identidad de la cultura gallega a través del tiempo.
El artículo 8.2 de la LPCG dispone que tendrán la consideración de bienes de interés cultural aquellos bienes y manifestaciones inmateriales que, por su carácter más destacado en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sean declarados como tales por ministerio de la ley o mediante decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de patrimonio cultural. Estos bienes se inscribirán en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, tras la incoación y tramitación del correspondiente expediente, según dictamina el título I de la LPCG y el Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y por la que se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural.
El artículo 9.3.a) de la LPCG establece que se consideran bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En concreto, en el punto quinto de este artículo se incluyen «los usos sociales, rituales, ceremonias y actos festivos».
El artículo 70.4 de la LPCG dispone que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial requerirá la petición expresa previa de las comunidades y organizaciones representativas del bien, que será incorporada al expediente que se tramite.
El artículo 70.5 de la LPCG establece que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial reconocerá su carácter vivo y dinámico.
El artículo 70.6 de la LPCG expone que la declaración de interés cultural de un bien inmaterial recogerá el marco temporal y espacial en el cual el bien se manifiesta, así como las condiciones concretas en las que se produce.
El artículo 91 de la LPCG indica que integran el patrimonio etnológico de Galicia los lugares, bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las creencias, conocimientos, actividades y técnicas transmitidas por tradición que se consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, de la cultura y de las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.
III
La Dirección General del Patrimonio Cultural publica en el Diario Oficial de Galicia número 203, de 21 de octubre de 2024, la Resolución de 8 de octubre por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural del patrimonio inmaterial la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida (Quiroga).
El artículo 18.2 de la LPCG establece que es necesario el informe favorable y motivado sobre su valor cultural singular de, por lo menos, dos de las instituciones consultivas especializadas a las que se refiere el artículo 7 del citado texto legal. Tras realizar este trámite, constan en el expediente administrativo ambos informes favorables y motivados sobre el valor cultural singular de la manifestación inmaterial, necesarios para poder declarar bien de interés cultural la Romería de Nuestra Señora de A Ermida.
En el período de exposición pública de la propuesta de incoación y del expediente administrativo no se presentaron alegaciones.
La tramitación administrativa de este expediente tiene en cuenta la Carta de Faro (Convenio marco del Consejo de Europa sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad, de 2005), que parte de la visión del patrimonio cultural inmaterial centrada en las personas y en sus derechos culturales.
Se considera portadora toda aquella persona que posea saber, conocimientos, técnicas y métodos relacionados con el estudio, memoria y vivencia de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida. Así, todas aquellas personas que participan en la celebración, en la salvaguarda y en la transmisión deben ser consideradas personas pertenecientes a la comunidad portadora de la manifestación inmaterial denominada Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida. En el expediente se favoreció su participación, así como la de cualquier otra persona interesada, con la apertura del plazo de un mes para presentar alegaciones. La participación es un principio fundamental que garantiza el reconocimiento de la manifestación cultural por las personas y las comunidades portadoras que la identifican como parte de su herencia cultural y de su identidad como pueblo, de modo que es una herramienta imprescindible para completar la caracterización del bien inmaterial que se está reconociendo.
En la tramitación del expediente, por lo tanto, se han cumplido todos los trámites legalmente preceptivos de acuerdo con la normativa vigente.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día siete de septiembre de dos mil veintiséis,
DISPONGO:
Primero. Declaración de bien de interés cultural
Declarar bien de interés cultural la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida (Quiroga), conforme a lo descrito en el anexo I de este decreto.
Segundo. Anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia
Ordenar que se anote esta declaración de bien de interés cultural en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y que se le comunique al Inventario General del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Administración general del Estado.
Tercero. Publicación
Publicar este decreto en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto. Notificación
Notificar este decreto al Ayuntamiento de Quiroga, a la Diócesis de Lugo y a las personas interesadas.
Quinto. Recurso
Contra este acto, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación ante el órgano que dictó el acto, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Disposición final. Eficacia
Este decreto tendrá eficacia desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, siete de septiembre de dos mil veintiséis
El presidente
P.S. (Artículo 26.7 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero,
de la Xunta y de su Presidencia)
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
José Carlos López Campos
Conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
Anexo I
Descripción de la manifestación inmaterial
1. Denominación: Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida.
2. Naturaleza y condición:
• Naturaleza: inmaterial.
• Condición: manifestación.
• Categoría: usos sociales, rituales, ceremonias y actos festivos (artículo 9.3.a), 5º LPCG).
• Interés: etnológico.
3. Contexto histórico de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida.
En el lugar en el que en la actualidad se celebra la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida surgió una devoción mariana cuyo origen se recuerda popularmente por medio de dos leyendas que registró el etnógrafo Xosé Manuel Blanco Prado.
Una primera leyenda relata «que cierto día, hace de esto mucho tiempo, un hombre con mucha sed se acercó a beber al riachuelo que pasa por A Ermida. Allí vio una imagen de la Virgen en la orilla tallada en piedra. El hombre, después de beber, dio cuenta en la aldea de lo que le había pasado en el río. Los residentes del lugar, tras tener una reunión, decidieron llevar la imagen en procesión hasta la iglesia parroquial, donde la colocaron en un altar. Sin embargo, al domingo siguiente, cuando los vecinos y vecinas de la parroquia fueron a oír misa, vieron asombrados que la imagen había desaparecido. Su descubridor, llevado por un presentimiento, volvió al regato donde encontró nuevamente la imagen. Los habitantes de la aldea organizaron una nueva procesión hasta la iglesia, colocaron la imagen otra vez en el altar y, a continuación, cerraron el templo bajo llave. La labor fue inútil, ya que la imagen volvió a desaparecer para aparecer de nuevo al lado del regato. La vecindad de la aldea, convencida de que el deseo de la Virgen era el de quedarse en ese lugar, le construyó allí mismo una capilla y, desde entonces, no volvió a desaparecer».
Una segunda leyenda sobre el origen del lugar donde se celebra la manifestación inmaterial reza «que, en el siglo XIV, un peregrino francés que iba a venerar al apóstol Santiago portaba una imagen de la Virgen probablemente robada en algún recinto sagrado que le había servido de hospedaje. Como se sintió enfermo, acudió al hospital sanjuanista de la Encomienda en Quiroga, ocultando previamente la imagen mariana. Pasado el tiempo, un vecino de A Ermida llamado Lorenzo Estévez soñó que sobre la colina próxima a la aldea, en la que había restos de un antiguo templo paleocristiano, resplandecía una luz. Después de limpiar el lugar, encontró la imagen de la Virgen, que fue llevada a la iglesia parroquial, retornando tres veces al lugar de aparición».
El comendador de Quiroga, según Xosé Manuel Blanco Prado, fue informado de los hechos acontecidos y aprobó la reconstrucción del recinto sagrado, momento en el que se encontró el denominado Crismón de Quiroga, un disco circular de mármol del siglo IV o V de nuestra era, que es testigo de la comunidad cristiana que existió en el lugar en ese tiempo.
El Crismón de Quiroga o Crismón de A Ermida fue estudiado por Jaime Delgado Gómez, del que destaca su singularidad dentro de todo el orbe cristiano. Asimismo, dicho autor sitúa el lugar sagrado de A Ermida como uno de los tres núcleos identificados, en la actual Diócesis de Lugo, dentro del ámbito paleocristiano.
La devoción a la Virgen se mantiene en el tiempo y en el año 1622, en el libro de la Cofradía de Nuestra Señora de A Ermida, se describen con detalle aspectos de la celebración de la manifestación inmaterial que, al igual que en la actualidad, ya tenía lugar los días 8 y 9 de septiembre. En él también se referencian las Pampórnigas y el Meco.
El santuario actual consta de una nave principal y del presbiterio, que datan del siglo XVII. Posteriormente, en el año 1733, se construye la nave lateral, separada de la principal por pilares, más estrecha que la anterior y cubierta con un tejado de una sola vertiente. En el interior del recinto, en el retablo del altar mayor, de dos cuerpos y tres calles, se encuentra, entre otras tallas, nuestra Señora de A Ermida, que data del siglo XVI.
4. Desarrollo de la celebración de la manifestación inmaterial: su marco temporal y espacial.
La fiesta mariana de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida se conmemora todos los años los días 8 y 9 de septiembre. Previamente, se celebra una novena desde el día 30 de agosto hasta el 7 de septiembre. Al final de cada día de la novena, un grupo de cinco o seis hombres le cantan loas a la Virgen y a cada una de ellas las personas asistentes le responden con las siguientes palabras: «Sea siempre nuestra abogada, Virgen Santa de A Ermida».
El último día de la novena, al finalizar la misa, una procesión, en la que no participa ni el Meco ni las Pampórnigas, va por la carretera del Courel hasta la Patela, pasa por la Ameixeira y retorna al templo.
El recinto sagrado en el que se celebra la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida está localizado en la aldea homónima, la parroquia de Santa María de A Ermida, del ayuntamiento de Quiroga. En el interior del inmueble hay cuatro cuadros pintados en el año 1882 que representan hechos milagrosos vinculados al santuario que tuvieron lugar en el siglo XVIII. Los días de la celebración de la romería se sacan del interior y se ponen en la fachada central del templo.
Los romeros y las romeras, una vez finalizada la procesión y las misas, van al castañar de O Val, en el que disfrutan de un tiempo de ocio, compran productos locales, como rosquillas, y por la noche unas orquestas animan a las personas asistentes.
5. Descripción del desarrollo de la celebración de la manifestación inmaterial.
Los días 8 y 9 de septiembre llegan romeros y romeras de todo el entorno del lugar de A Ermida, en el ayuntamiento de Quiroga, para celebrar la Romería de Nuestra Señora de los Remedios. Algunas de estas personas se desplazan al santuario descalzas o arrodilladas. Asimismo, hay devotas que acuden vestidas con mortajas, en agradecimiento por la curación de alguna dolencia grave o por la solución de algún problema familiar. La mortaja consiste en una vestidura de color blanco que llevan las devotas desde la cabeza hasta la mitad del cuerpo.
Las peticiones de las personas devotas están relacionadas normalmente con las diferentes dolencias humanas, aunque también ruegan por problemas de índole familiar y social. Las personas ofrecidas, con el fin de manifestar una actitud de sumisión a la Virgen, realizan una serie de rituales destinados a solicitar la ayuda de la Virgen o de agradecer el favor ya recibido.
Las personas que participan en la Romería de Nuestra Señora de los Remedios cumplen con dos rituales. El primero, vinculado a la liturgia oficial, que consiste en asistir y en escuchar alguna de las misas que se celebran por la mañana (cuatro el día 8 y tres el día 9), y un segundo ritual, más propio de la religiosidad popular, como es el ritual de contacto con la advocación mariana, que consiste en besar el manto de la Virgen y una de las dos cintas arrimadas a este.
La procesión se celebra antes de la misa solemne de las 13.00 horas y comienza con el Meco, un personaje legendario de la comunidad, que anuncia su presencia por medio de unas castañuelas que porta en la mano izquierda, mientras que en la mano derecha lleva una escoba de tojos con la que va alejando a las personas para que pueda pasar el cortejo procesional. El Meco lleva puesta una careta de madera con trazos demoníacos y en la cabeza un sombrero de color rojo, que se prolonga hasta el lomo formando una especie de almohadilla. El jersey y el pantalón que viste también son de color rojo, aunque el pantalón tiene unas franjas laterales de color blanco, con pequeños resaltes de color rojo.
Atrás del Meco van las Pampórnigas, que son dos gigantes que simbolizan a un hombre y a una mujer que van danzando una pieza tradicional del lugar. Por este motivo, sus portadores tienen que tener una cierta destreza, experiencia y resistencia física. Sus cabezas son de madera y su armazón es en la actualidad de aluminio. La Pampórniga que simboliza a una mujer va tocada con un sombrero y vestida con un traje rojo y, además, lleva colgado de los labios un racimo de uvas. La Pampórniga que representa a un hombre lleva puesto un sombrero de color azul y fuma en pipa.
A continuación, un grupo de gaiteros toca una pieza tradicional de la comunidad local que fue recuperada por un gaitero contemporáneo llamado Colomán. Finalmente, van los elementos propiamente religiosos, como el estandarte parroquial, acompañado de otros estandartes de parroquias del entorno. Seguidamente, va la imagen de la Virgen, llevada en andas por cuatro devotas de la comunidad; a continuación, los curas que posteriormente ofician la misa solemne y, por último, el resto de las personas devotas.
Cuando la procesión retorna a la iglesia, las Pampórnigas se colocan en las jambas de la puerta e inclinan sus cabezas en el momento en que la imagen de la Virgen entra en el recinto. Una vez que comienza la celebración de la misa, el Meco queda en el atrio de la iglesia en el que se desarrolla un ritual profano que consiste en que algunos de los feligreses, tanto de la parroquia como de fuera, le echan monedas al suelo. En el momento en el que el Meco se dobla para recogerlas, algunas personas le dan bofetadas en la almohadilla y él se defiende con la escoba de tojos.
6. Valoración cultural.
La celebración de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida se desarrolla desde hace siglos de una manera que apenas cambió con el paso del tiempo. De hecho, a pesar de las prohibiciones del pasado de las autoridades eclesiásticas y civiles, sobre todo las del 21 de julio de 1780 del monarca Carlos III, que impedía la aparición de gigantes, cabezudos, clarines y todo tipo de improperios, dada su falta de decoro, en las celebraciones eclesiásticas. Persisten en la celebración las figuras del Meco y de las Pampórnigas, como formas extraordinarias en una romería eclesiástica, en la que reciben nombres originales que no se repiten en otra romería gallega.
Otro aspecto propio de la manifestación inmaterial que hace que sea singular en relación con el resto de las romerías de Galicia es la representación escenográfica que trata sobre la lucha entre la fe y el maligno, representado por el Meco. En esta escenografía participan también las amortajadas, otro elemento singular de la celebración, que avanzan cubiertas siguiendo a la Virgen, mientras la gaita suena repitiendo siempre la misma pieza, una melodía que bailan tanto el Meco como las Pampórnigas. Posteriormente, otro momento determinante de esta singular representación escenográfica es cuando la Virgen entra en la iglesia y el demonio (el Meco) se postra ante ella y ante el pueblo (las Pampórnigas). La fe se resguarda en el templo y el demonio, que jamás entra en la iglesia, juega con los que se quedan fuera, lo que es una metáfora de la casa de Dios.
La Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida tiene un valor cultural singular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, al tratarse de una manifestación inmaterial que mantiene el respeto por la tradición y por los rituales, que fueron y son transmitidos de generación en generación, lo que refleja la apropiación identitaria hecha de la manifestación inmaterial por la vecindad de A Ermida, en el ayuntamiento de Quiroga, a lo largo de los años.
7. La comunidad portadora y las formas de transmisión.
Se considera portadora aquella persona que posee saber, conocimientos, técnicas y métodos relacionados con el estudio, con la memoria y con la vivencia de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida. Por lo tanto, todas aquellas personas que activan en sus vidas la vivencia de la romería, con el fin de su reproducción, salvaguarda y transmisión, deben ser consideradas personas pertenecientes a la comunidad portadora de la manifestación inmaterial de la Romería de Nuestra Señora de los Remedios en A Ermida.
Las personas que celebran la romería en estos momentos exceden la vecindad del ámbito parroquial e incluso municipal. De hecho, se reúnen en el lugar fieles de los ayuntamientos del entorno, como Bóveda, O Courel, O Incio, Monforte de Lemos, A Pobra do Brollón o Ribas de Sil.
La transmisión del misticismo, de los rituales, de las leyendas, de las operaciones y de las tradiciones que componen la manifestación inmaterial se realizó y se realiza fundamentalmente de forma oral, dentro de un marco familiar y vecinal en el que suelen participar varias generaciones.
Anexo II
Medidas de salvaguarda
El artículo 1 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, tiene como objetivo la protección, conservación, difusión y fomento del patrimonio cultural de Galicia constituido por los bienes y manifestaciones inmateriales que, por su valor, deban ser considerados como de interés para la cultura gallega a través del tiempo y también por aquellos bienes y manifestaciones inmateriales de interés para Galicia en los que concurra alguno de los valores señalados y que se encuentren en Galicia, con independencia del lugar en que se creasen.
El artículo 9.3 de dicha ley establece que se consideran bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. En concreto, en el apartado quinto de este artículo se incluyen «los usos sociales, rituales, ceremonias y actos festivos».
Asimismo, el artículo 91 dispone que integran el patrimonio etnológico de Galicia los lugares, bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las creencias, conocimientos, actividades y técnicas transmitidas por tradición, que se consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, de la cultura y de las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.
Las medidas generales de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial comprometen a las administracionse públicas, dentro de sus competencias y disponibilidades presupuestarias, a garantizar su viabilidad, fundamentalmente su identificación, documentación, registro, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión y revitalización.
En consecuencia, es conveniente proceder al archivo y a la sistematización de los documentos y demás materiales relacionados con este patrimonio cultural inmaterial para poder tener una comprensión más eficaz y completa de él, y su difusión debe ser promovida, auspiciada y, en la medida de lo posible, sería recomendable que se incorpore a la enseñanza tanto formal coma no formal. Un trabajo que supone, de hecho, apoyar la transferencia de conocimientos, técnicas y significados sin fijar o fosilizar la manifestación, lo que asegura su viabilidad y promueve el establecimiento de un marco social y comunitario que va a permitir una constante recreación, valorización y transmisión del bien.
