De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la Resolución de la Consellería de Sanidad, de 17.9.2026, por la que se encomienda a Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios, S.A. la realización de las actuaciones de codificación y validación manual del Registro Gallego de Tumores (Regat).
1. Objeto: la realización de actuaciones técnicas de apoyo a la codificación, revisión y validación manual de la información incorporada al Registro Gallego de Tumores (Regat), con el fin de garantizar la calidad, integridad y exhaustividad de la información inscrita, así como su adecuación para el análisis epidemiológico, estudios de supervivencia y evaluación de programas de cribado e impacto terapéutico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Presupuesto: el importe destinado a la ejecución de las actuaciones objeto de la encomienda ascenderá a 125.235,50 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 1202.413A.640.15 (proyecto 2025 00099) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
a) 2026: 31.703,00 €.
b) 2027: 93.532,50 €.
3. Obligaciones económicas: la compensación económica cubrirá exclusivamente los costes efectivos derivados de la ejecución de las actuaciones encomendadas, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable a los medios propios personificados.
El pago será mensual con la presentación de la factura correspondiente por parte de Galaria y a los efectos de la justificación, Galaria emitirá un informe de la actividad realizada durante el mes que se remitirá a la Dirección General de Salud Pública.
4. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: la encomienda no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
La Dirección General de Salud Pública conservará en todo momento:
a) La dirección técnica del registro.
b) La definición de los criterios técnicos y metodológicos.
c) La supervisión de las actuaciones realizadas.
d) La validación final de la información.
e) La responsabilidad sobre la gestión y explotación del Regat.
Galaria actuará de conformidad con las instrucciones y directrices que dicte la Dirección General de Salud Pública.
5. Vigencia: 1 año, produciendo efectos desde la fecha de su firma y podrá ser prorrogada mediante resolución expresa del órgano encomendante por otros 2 años.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2026
Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad
