DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Martes, 6 de octubre de 2026 Pág. 51591

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo, por la que se realiza la tercera redistribución de los créditos presupuestarios y se da publicidad al agotamiento del crédito de la anualidad 2026 de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se modifica parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025 y 2026, y se procede a su segunda convocatoria para los ejercicios 2026 y 2027 (código de procedimiento TR301K) (Diario Oficial de Galicia número 7, de 13 de enero de 2026).

Primero. Mediante la Orden de 8 de julio de 2025 (DOG núm. 130, de 9 de julio) la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración estableció las bases reguladoras para el período 2025-2027 y realizó la primera convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C, para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025-2026.

A través de la Orden de 29 de diciembre de 2025 (DOG núm. 7, de 13 de enero de 2026) se modificó parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 y se procedió a la segunda convocatoria de subvenciones para los ejercicios 2026 y 2027.

Posteriormente, mediante la Orden de 13 de marzo de 2026 (DOG núm. 53, de 20 de marzo) se publicó la ampliación de crédito de la Orden de 29 de diciembre de 2025.

Segundo. En el artículo 4 de la Orden de 29 de diciembre de 2025 se recoge la financiación de las ayudas previstas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 14.03.323A.460.1, 14.03.323A.471.0 y 14.03.323A.481.0, código de proyecto 2021 00149, por un total de 40.000.000 €, distribuido entre las anualidades 2026 (30.000.000 €) y 2027 (10.000.000 €).

Como consecuencia de la ampliación de crédito publicada mediante la Orden de 13 de marzo de 2026, el importe de la convocatoria pasó a ser de 60.000.000 €, de los cuales 50.000.000 € corresponden a la anualidad 2026 y 10.000.000 € a la anualidad 2027.

Esta orden está financiada con fondos finalistas procedentes del Estado. En el artículo 4 de la Orden de 29 de diciembre de 2025 se establece que los créditos podrán ser objeto de modificaciones en los supuestos y en las condiciones previstos en los artículos 30 y 31 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

Mediante las resoluciones de 28 de julio y de 7 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo, publicadas en el DOG núm. 146, de 5 de agosto, y núm. 173, de 11 de septiembre, respectivamente, se realizaron la primera y la segunda redistribución de crédito entre las aplicaciones presupuestarias establecidas en la orden de convocatoria.

Atendiendo al contenido de la disposición adicional primera de la Orden de 8 de julio de 2025, que indica que se podrán dictar resoluciones adicionales cuando existan fondos procedentes de renuncias de subvenciones inicialmente concedidas, de la asignación o redistribución de fondos o de incrementos de las cantidades asignadas a la Comunidad Autónoma por la Administración del Estado, se procedió a recuperar el crédito procedente de las renuncias producidas. El importe total recuperado correspondiente a esas renuncias es de 2.623.829,48 € (2.534.088,32 € de la anualidad 2026 y 89.741,16 € de la anualidad 2027) distribuido entre las aplicaciones 14.03.323A.460.1, 14.03.323A.471.0 y 14.03.323A.481.0.

El proceso de instrucción de los expedientes según lo establecido en el artículo 14 de las bases reguladoras, requiere de la realización de una tercera redistribución del crédito de la anualidad 2026 entre las distintas aplicaciones presupuestarias, en función del tipo de entidad que va a ser beneficiaria de la subvención (empresas, entidades locales o entidades sin ánimo de lucro).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero) cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Tercero. La Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras indica en el artículo 14.5 que las ayudas se les concederán a las entidades solicitantes que reúnan todos los requisitos establecidos en la orden, siguiendo el orden de prelación temporal de la presentación electrónica de las solicitudes y hasta el agotamiento del presupuesto disponible en cada anualidad o, en su caso, el fin del plazo límite de presentación de solicitudes.

Indica también que el agotamiento del crédito se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración y procederá la inadmisión de todas las solicitudes presentadas que no fuesen tramitadas hasta ese momento sin necesidad de ninguna actuación previa.

Cuarto. La disposición final primera de la Orden de 29 de diciembre de 2025 establece que se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta disposición.

En virtud de lo anterior, la persona titular de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo,

RESUELVE:

Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se modifica parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025-2026, y se procede a su segunda convocatoria para los ejercicios 2026 y 2027 (código de procedimiento TR301K), ampliado mediante la Orden de 13 de marzo de 2026, y al que se suma el crédito procedente de renuncias indicado en el apartado segundo, redistribuyendo el importe establecido para la anualidad 2026 de la siguiente manera, sin variar el presupuesto total:

Anualidad 2026

Aplicación
presupuestaria

Código de proyecto

Presupuesto actual tras la segunda redistribución de crédito y de la incorporación de crédito procedente de renuncias (€)

Modificaciones (€)

Presupuesto final (€)

14.03.323A.460.1

2021 00149

2.411.898,05

33.696,01

2.445.594,06

14.03.323A.471.0

2021 00149

41.284.570,11

-173.376,53

41.111.193,58

14.03.323A.481.0

2021 00149

8.837.620,16

139.680,52

8.977.300,68

Total

52.534.088,32

52.534.088,32

Segundo. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del agotamiento del crédito de la anualidad 2026 de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se modifica parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025-2026, y se procede a su segunda convocatoria para los ejercicios 2026 y 2027 (código de procedimiento TR301K).

La última solicitud que se podrá conceder antes del agotamiento del crédito es la correspondiente al expediente TR301K-2026/000773-1, acción formativa 2026/004169, presentada en la sede electrónica, en los términos recogidos en el artículo 5 de la orden de convocatoria, el día 18.9.2026 a las 15.47.14 horas.

Dado que el crédito de la anualidad 2027 aún no se agotó podrían concederse aquellas solicitudes de acciones formativas que pudiesen impartirse íntegramente dentro del año 2027, aunque la fecha de presentación fuese posterior a la indicada en el párrafo anterior.

Santiago de Compostela, 28 de septiembre de 2026

Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación y Cualificación para el Empleo