Toponimia oficial y Nomenclátor de Galicia
La toponimia de las provincias, parroquias, ayuntamientos y lugares de Galicia, de acuerdo con los dictámenes de la Comisión de Toponimia y con las normas dictadas por la Xunta de Galicia, puede consultarse a través del servicio de consulta del Nomenclátor de Galicia.
En el Nomenclátor figuran los nombres oficiales de las entidades de población. Para la recogida, normativización y digitalización de toda la microtoponimia de Galicia (nombres de tierras, montes, fuentes, peñas, playas, regueros...) está en marcha el proyecto colaborativo Galicia Nomeada, que cuenta con un visor donde se pueden consultar actualmente más de medio millón de nombres del territorio gallego, además de los nombres oficiales de los asentamientos de población que figuran en el Nomenclátor de Galicia.
El nuevo Nomenclátor 2026 cuenta con un total de 42.212 topónimos, pero este listado de nombres oficiales no es el definitivo, sino que está en constante revisión y actualización por parte del grupo de expertos en toponimia del Seminario de Onomástica de la RAG. El objetivo es poder ofrecer cada cierto tiempo una nueva edición actualizada de esta compleja y laboriosa obra en función de las nuevas investigaciones filológicas y de los cambios geográfico-administrativos que se vayan produciendo en la ordenación del territorio gallego.
Principios normativos
La toponimia oficial se elaboró con base en los principios normativos siguientes:
- Ley 3/1983, del 15 de junio, de normalización lingüística (DOG 14 de julio de 1983). En su artículo 10 establece:
- Los topónimos tendrán cómo única forma oficial la gallega
- Corresponde a la Xunta de Galicia la determinación de los nombres oficiales de los municipios, de los territorios, de los núcleos de población, de las vías de comunicación interurbanas y de los topónimos de Galicia. El nombre de las vías urbanas será determinado por el Ayuntamiento correspondiente
- Estas denominaciones son las legales a todos los efectos y la rotulación tendrá que concordar con ellas. La Xunta de Galicia regulará la normalización de la rotulación pública respetando en todos los casos las normas internacionales que suscriba el Estado
- Decreto 174/1998, del 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 43/1984, del 23 de marzo, por el que se regulan las funciones y la composición de la Comisión de Toponimia (DOG del 22 de junio de1998)
- Decreto 132/1984, del 6 de septiembre, por el que se establece el procedimiento para la fijación o recuperación de la toponimia de Galicia (DOG del 21 de septiembre de1984)
- Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (DOG del 16 de mayo de 2016)
- Orden de 3 de mayo de 2021 por la que se nombran miembros de la Comisión de Toponimia (DOG del 4 de mayo de 2021)
- Decreto 119/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (DOG del 4 de julio de 2022)
Decretos da toponimia oficial
El nuevo Nomenclátor de Galicia 2026 acaba de hacerse oficial a través del siguiente decreto:
Decreto 27/2026, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Nomenclátor de Galicia
Este nuevo decreto deja sin validez los anteriores decretos por los que se aprueba la toponimia mayor oficial de las cuatro provincias, que eran:
- A Coruña - Decreto 189/2003, del 6 de febrero, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de A Coruña (DOG del 25 de marzo de 2003)
- Lugo - Decreto 6/2000, del 7 de enero, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Lugo (DOG del 25 de enero de 2000)
- Ourense - Decreto 332/1996, del 26 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Ourense (DOG del 29 de agosto de1996)
- Pontevedra - Decreto 219/1998, del 2 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Pontevedra (DOG del 28 de julio de 1998)