La Xunta emite declaración de impacto ambiental favorable para la ampliación de una explotación de ceba de pavos en Melide
La resolución de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático no prevé que la iniciativa tenga impactos significativos sobre el entorno siempre que se cumplan las condiciones fijadas en la propia resolución autonómica y en la documentación evaluada
Las obras que se proyectan se ejecutarán anexas la unas instalaciones ya existentes e implican incrementar la capacidad actual hasta las 27.200 plazas totales
Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2025
La Xunta acaba de dictar declaración de impacto ambiental (DIA) favorable a la ampliación de una explotación de ceba de pavos, en el ayuntamiento de Melide (A Coruña), condicionada, en todo caso, la que se cumplan tanto el recogido en el estudio de impacto ambiental y en el resto de la documentación presentada por el promotor, como los condicionantes y el programa de vigilancia ambiental que figuran en la propia DIA.
Segundo consta en la resolución de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG), las nuevas instalaciones estarán localizadas en una parcela de 3,72 hectáreas, en el lugar de Locai de Abaixo, en la parroquia de Santa Cristina de Orois, en el ayuntamiento de Melide. La iniciativa está promovida por Parrado Suárez, SC. y por la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias como órgano sustantivo.
Se trata de ampliar una explotación de ceba de pavos ya existente con el objeto de pasar de la capacidad inicial de 12.800 plazas actualmente autorizadas hasta unas 27.206 plazas totales, con la construcción de una nueva nave que irá anexa a la ya existente, una esterquera y sus instalaciones actuales.
En este sentido, hace falta destacar que la DIA fue elaborada en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental común del proyecto. Al mismo tiempo, la documentación presentada por el promotor fue sometida la participación pública, con un resultado de ocho organismos y entidades consultados.
Fruto de las consultas realizadas, la mayoría de los informes sectoriales emitidos realizaron la valoración correspondiente y establecieron una serie de condiciones, que se añaden al contenido que deberá incluir el programa de vigilancia ambiental que corresponde elaborar al promotor. Todo esto aparece mencionado en la resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad.
En este sentido, los organismos consultados consideran que el proyecto no va a tener impactos significativos en los distintos ámbitos analizados y que sería viable su puesta en marcha siempre que se cumpla con ciertos condicionantes establecidos en sus respectivos informes con relación a aspectos tales como la protección de la atmósfera, población y salud; aguas y lechos fluviales; suelo e infraestructuras; gestión de residuos; patrimonio natural e integración paisajística, entre otros.
Una vez emitida esta declaración, que no exime al promotor del deber de obtener todas las autorizaciones, licencias, permisos o informes que resulten legalmente exigibles para poder desarrollar el proyecto, se remitió la resolución al órgano sustantivo y se da publicidad a través del Diario Oficial de Galicia y de la página web de la Consellería.
Importancia de la declaración de impacto ambiental
Hace falta recordar que el objetivo de una DIA es evaluar la integración de los aspectos ambientales de cada proyecto y determinar las condiciones que deben establecerse para la adecuada protección del territorio y de los recursos naturales tanto durante la ejecución y explotación como en el cese o desmantelamiento de las distintas iniciativas.
De hecho, cualquier proyecto industrial tiene un impacto en el territorio, pero sus efectos no pueden ser significativos, por lo que la DIA es el instrumento encargado de determinar cómo y de que manera se pueden minimizar, compensar o mismo restaurar las zonas afectadas por su puesta en marcha y durante su funcionamiento futuro.
Estamos ante un trámite de la máxima exigencia como demuestra el hecho de que la mayoría de las declaraciones ambientales favorables emitidas por la Xunta incluyen condicionantes generales y particulares, así como el deber de disponer de un plan de vigilancia que es de aplicación al proyecto y cuyo seguimiento corresponde al órgano sustantivo.