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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Martes, 27 de marzo de 2012 Pág. 10761

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (505/2010).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria de lo Social número 2 de A Coruña hago saber que la sentencia dictada el día 20.2.2012, en el proceso seguido a instancia de José María Bello Varela, contra Inem y Empresa Carlos Molpeceres y Otros, S.C., y en reclamación por desempleo, registrado con el n.º 505/2010, se ha acordado notificar a Empresa Carlos Molpeceres y Otros S.C., la siguiente sentencia cuyo encabezamiento y fallo dice lo siguiente:

«Sentencia: 00136/2012.

N.º autos: Seguridad Social 0000505/2010.

En la ciudad de A Coruña, 20 de febrero de 2012.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del Juzgado y localidad o provincia de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social entre partes, de una y como demandante José María Bello Varela, que comparece asistido de letrado Sr. García Uzal y de otra como demandado Instituto Nacional de Empleo, que comparece representado por el letrado Sr. Longueira, y Carlos Molpeceres y Otros, S.C., que comparece representado y asistido del letrado Sr. Fernández Hernández.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por José María Bello Varela contra el Inem-Servicio Público de Empleo Estatal y Carlos Molpeceres y Otros, S.C., debo declarar y declaro que el actor tiene derecho a percibir la prestación por desempleo sobre una base reguladora diaria de 46,26 euros condenando a las entidades demandadas a estar y pasar por tal declaración y al Inem-Servicio Público de Empleo Estatal a abonar a la actora la prestación correcta, todo ello con responsabilidad de la empresa demandada por la diferencia de la base reguladora.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Empresa Carlos Molpeceres y Otros, S.C., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 6 de marzo de 2012.

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial