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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Lunes, 17 de febrero de 2020 Pág. 10595

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 17/2020, de 16 de enero, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de A Estrada de la carretera provincial EP-7021 Berres-Vilancosta.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de A Estrada solicitó a la Diputación Provincial de Pontevedra el cambio de titularidad de la carretera EP-7021, una vez que la Diputación lleve a cabo las obras recogidas en el proyecto denominado Mejora de la seguridad viaria en la EP-7021 Berres-Vilancosta. Dicha carretera discurre por el ayuntamiento dando acceso al lugar de Vilancosta desde el lugar de Berres, separados por una distancia de 1.260 metros.

La Diputación Provincial de Pontevedra en el pleno de la Corporación Provincial llevado a cabo el día 28 de diciembre de 2018 aceptó el cambio de titularidad propuesto.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dieciséis de enero de dos mil veinte,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de A Estrada de la carretera provincial EP-7021 Berres-Vilancosta.

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de A Estrada deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 4

Le corresponderá al Ayuntamiento de A Estrada, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dieciséis de enero de dos mil veinte

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad