DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Viernes, 31 de enero de 2025 Pág. 8692

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 30 de enero de 2025 por la que se establece la cantidad que es necesario transferir al Consejo de la Abogacía Gallega para atender los gastos de funcionamiento e infraestructura de los servicios de asistencia letrada al detenido y defensa gratuitas del año 2024, sobre el importe certificado el año 2023.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, regula el derecho a la asistencia jurídica gratuita, y en su artículo 38 establece que las administraciones públicas competentes en materia de administración de justicia subvencionarán a los colegios de abogados para la implantación y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita.

Por otro lado, mediante el Real decreto 2166/1994, de 4 de noviembre, se transfirieron a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de justicia, y en la letra B), apartado 1.c), de su anexo se incluyeron las relativas a la indemnización de las actuaciones correspondientes a la defensa por abogado en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en Galicia y las referentes a la asistencia letrada al detenido o preso cuando el lugar de custodia esté situado en territorio de la Comunidad Autónoma. Estas funciones transferidas fueron asumidas por el Decreto 394/1994, de 29 de diciembre, y asignadas a la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local, y actualmente están atribuidas a la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

En uso de sus competencias, la Xunta de Galicia dictó el Decreto 269/2008, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Galicia (modificado por el Decreto 138/2012, de 21 de junio, y por el Decreto 134/2017, de 7 de diciembre), que establece, en su artículo 45, que la consellería competente en materia de justicia determinará anualmente las cantidades que deberán percibir los colegios de abogados para atender los gastos derivados del funcionamiento e infraestructura colegial que requieren los servicios de asistencia jurídica gratuita, lo cual corresponde a la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, según el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo único

La cantidad destinada para atender los gastos derivados del funcionamiento operativo de los servicios colegiales de asistencia jurídica gratuita se fija en un 0,98 % del importe total certificado durante el año 2023 por los colegios de abogados de la Comunidad Autónoma de Galicia, en concepto de asistencia letrada y defensa gratuitas, lo que supone un total de ciento doce mil novecientos noventa y ocho euros euros con ochenta y tres céntimos (112.998,83 €).

Disposición final primera

Se autoriza al director general de Justicia a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta orden.

Disposición final segunda

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2025

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes