Antecedentes de hecho:
Primero. El día 2 de abril de 2025 entró en esta unidad la solicitud de inscripción en el Registro de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del acta de la revisión de tablas salariales definitivas 2025 del Convenio de Viaqua, Gestión Integral de Aguas de Galicia.
Segundo. Una vez revisada dicha solicitud, se observan defectos en la documentación aportada, por lo tanto, el 14 de abril de 2025, se le requiere para que los subsane. El día 14 de mayo de 2025 presenta la enmienda al requerimiento.
Tercero. Una vez revisada dicha solicitud, se observan defectos en la documentación aportada, por lo tanto, el 6 de junio de 2025, se le requiere para que los subsane. El día 18 de junio de 2025 presenta la enmienda al requerimiento.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales es competente para resolver en materia de depósito e inscripción en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en virtud del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, y del Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.
Segunda. Es de aplicación el artículo 8 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Revisada la documentación aportada y teniendo en cuenta la normativa aplicable, esta Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales
RESUELVE:
Proceder a la inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del acta de la revisión de tablas salariales definitivas 2025 del convenio de Viaqua, Gestión Integral de Aguas de Galicia.
Contra esta resolución podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2025
Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales
ANEXO
Acta de revisión de tablas salariales definitivas 2025 del convenio colectivo
de Viaqua, Gestión Integral de Aguas de Galicia, S.A.U.
Asiste el Comité Intercentros de Viaqua, Gestión Integral de Aguas de Galicia, S.A.U.
Antonio Álvarez Vilaseca (CC.OO.).
Jesús Fernández Martínez (CUT).
María José López Pegito (CIG).
Silvia Romero Lema (CIG).
Rubén Rodríguez Fernández (CIG).
Francisco Rosales Barcia (CIG).
Miguel Santamaría Torres (CIG).
Ángel López Cendán (UGT).
Y en representación de la parte empresarial, Alicia Royo Martín.
En Santiago de Compostela, a 6 de marzo de 2024, se acuerda la revisión de las tablas salariales definitivas 2025 del convenio colectivo de Viaqua, Gestión Integral de Aguas de Galicia, S.A.U.
Acuerdos:
1. Revisión definitiva, aprobación y firma de las tablas salariales 2025.
Se acuerda la aprobación de las tablas definitivas para el año 2025.
Acto seguido se procede a la firma de las tablas salariales, que se incorporan como anexos a la presente acta.
2. Registro, depósito y publicación de las tablas salariales 2025.
Se acuerda dar facultades a Cristina Rodríguez Aranda, con DNI 53089639G, para presentar esta acta y las tablas salariales aprobadas para su registro, depósito y publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Y en prueba de conformidad, se firma la presente acta, el día y lugar indicados al principio.
Firmado: Rubén Rodríguez Fernández, Antonio Álvarez Villaseca, Jesús Fernández Martínez, Francisco Rosales Barcia, María José López Pegito, Silvia Romero Lema, Miguel Santamaría Torres y Alicia Royo Martín.
ANEXO I
Tabla salarial definitiva año 2025
|
Grupo profesional |
Año 2025 |
|||||
|
Área operaria |
Área administrativa |
|||||
|
Salario base |
Salario anual |
Hora ordinaria |
Salario base |
Salario anual |
Hora ordinaria |
|
|
GP I |
1.229,49 € |
21.884,92 € |
12,91 € |
1.229,49 € |
21.884,92 € |
12,91 € |
|
GP 2 - nivel B |
1.280,46 € |
22.792,19 € |
13,45 € |
1.313,70 € |
23.383,81 € |
13,80 € |
|
GP 2 - nivel A |
1.355,07 € |
24.120,25 € |
14,23 € |
1.367,19 € |
24.335,91 € |
14,36 € |
|
GP 3 - nivel B |
1.369,36 € |
24.374,61 € |
14,38 € |
1.434,75 € |
25.538,63 € |
15,07 € |
|
GP 3 - nivel A |
1.379,25 € |
24.550,65 € |
14,48 € |
1.502,97 € |
26.752,93 € |
15,78 € |
|
GP 4 |
1.571,09 € |
27.965,40 € |
16,50 € |
|||
|
GP 5 |
1.639,21 € |
29.177,86 € |
17,21 € |
|||
|
GP 6 |
1.844,29 € |
32.828,31 € |
19,37 € |
|||
|
* El nivel GP2 - nivel C no existe, se elimina. |
||||||
ANEXO II
Conceptos salariales 2025
|
Artículo 12 |
Prendas de trabajo de administrativos/as |
15,00 € |
|
Artículo 32 |
Días de puente |
158,96 € |
|
Artículo 34 |
Festividad de la patrona |
158,96 € |
|
Artículo 33 |
Fiesta local tradicional |
158,96 € |
|
Artículo 47 |
Noches de 24 y de 31 de diciembre. Mañana y tarde de 25 de diciembre y de 1 de enero |
158,96 € |
|
Artículo 48 |
Plus de guardia de presencia |
182,15 € |
|
Plus de guardia de localización |
150,00 € |
|
|
Artículo 51 |
Plus de transporte |
17,60 € |
|
Artículo 52 |
Almuerzo o cena |
12,79 € |
|
Alojamiento y desayuno |
35,47 € |
|
|
Kilometraje |
0,34 € |
|
|
Artículo 54 |
Plus de trabajos penosos 1 |
57,00 € |
|
Plus de trabajos penosos 2 |
30,00 € |
|
|
Artículo 58 |
Quebranto de moneda |
327,71 € |
|
Artículo 71 |
Ayuda por nacimiento de hijo/a |
50,00 € |
|
Artículo 70 |
Ayuda por diversidad funcional |
33,00 € |
|
Artículo 72 |
Cesta de Navidad |
50,00 € |
|
Complemento de guardia por recorrido |
11,99 € |
