Antecedentes:
Primero. Mediante la Orden de 16 de enero de 2025, de la Consellería de Economía e Industria, se declararon francos los terrenos y se convocó el concurso público relativo a derechos mineros caducados correspondientes a la provincia de la Lugo (DOG núm. 11, de 17.1.2025, y BOE núm. 56, de 6.3.2025) y la corrección de errores de 31 de enero de 2025 (DOG núm. 21, de 31.1.2025).
Segundo. Mediante la Orden de 7 de mayo de 2025 se procedió a designar a las personas integrantes de la mesa para la apertura y admisión de solicitudes de dicho concurso público, así como a sus suplentes.
Tercero. El 20.5.2025 tuvo lugar el acto de constitución de la mesa para la apertura y admisión de solicitudes, en sesión ordinaria celebrada a las 10.00, en la sala de juntas de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía e Industria; con la asistencia de los miembros previstos en el artículo 36 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, y designados en la Orden de 7 de mayo de 2025.
Cuarto. Durante la celebración de la sesión ordinaria de 20.5.2025 se procedió a la lectura del anuncio de la convocatoria de concurso público de derechos mineros caducados en la provincia de Lugo, así como a la comprobación de los archivos electrónicos denominados solicitud y sobre 1.
En el sistema de licitación electrónica de la Xunta de Galicia (SILEX) no quedó constancia de solicitudes registradas dentro del plazo y de la hora establecidas al efecto, según certificado emitido el 13.5.2025.
Teniendo en cuenta lo anterior, el 27.5.2025 se firma la correspondiente acta de la sesión ordinaria de apertura y admisión de solicitudes relativas a la Orden de 16 de enero de 2025, en la que se propone declarar desierto el concurso de derechos mineros relativo a la provincia de Lugo y registrables todos los terrenos objeto del dicho concurso.
Quinto. Con fecha de 2.6.2025 tiene entrada en el registro electrónico de la Dirección General de Planificación Energética y Minas, la propuesta elevada por la mesa del concurso de 2.6.2025, acompañada del acta de la sesión del día 20.5.2025, en la que se propone declarar desierto el concurso público de derechos mineros caducados correspondientes a la provincia de Lugo, convocado mediante la Orden de 16 de enero de 2025, y registrables los terrenos objeto de dicho concurso, al no haberse presentado ninguna solicitud.
Consideraciones legales y técnicas:
Primero. La persona titular de la Consellería de Economía e Industria es competente para resolver este procedimiento conforme a lo establecido en los artículos 16 y 36.4 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia; competencia delegada en la persona titular de la Dirección General de Planificación Energética y Minas, de acuerdo con el artículo 11.3 de la Orden de 4 de noviembre de 2024 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dicha consellería.
Segundo. El apartado 5 del artículo 36 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, señala que «de no admitirse ninguna de las solicitudes presentadas, el concurso se declarará desierto y los terrenos no adjudicados serán declarados registrables», añadiendo que «esa declaración se deberá publicar en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, con la indicación de que podrán ser solicitados después de transcurridos ocho días desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado».
Tercero. La base séptima del concurso público de referencia, en la línea de lo dispuesto en los apartados 1 y 4 del artículo 36 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, establece que la resolución dictada por el órgano competente declarará registrables los terrenos objeto del concurso respecto de los que no se hubiese presentado o no hubiese sido admitida ninguna solicitud.
Cuarto. La tramitación del expediente administrativo, reflejada en los antecedentes de esta resolución, se llevó a cabo a través de las actuaciones concretas que constan en la propuesta de resolución de la mesa del concurso, en el acta de la reunión de la mesa de 20.5.2025 y en la demás documentación incorporada al expediente; mediante la observación de lo dispuesto en las bases del concurso público referido, en los preceptos aplicables previstos en la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, así como en las demás disposiciones legales de pertinente y general aplicación.
De acuerdo con lo que antecede,
RESUELVO:
Primero. Declarar desierto el concurso público relativo a los derechos mineros caducados correspondientes a la provincia de Lugo, convocado mediante la Orden de 16 de enero de 2025, al no haberse presentado solicitud ninguna.
Segundo. Declarar registrables los terrenos que fueron declarados francos en la Orden de 16 de enero de 2025, que podrán ser solicitados después de que transcurran ocho días desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero. Ordenar la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.
Contra a presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su última publicación en el Diario Oficial de Galicia o en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2025
La conselleira de Economía e Industria
P.D. (Orden de 4.11.2024; DOG núm. 217, de 11 de noviembre)
Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Minas
