DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Viernes, 5 de diciembre de 2025 Pág. 62643

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Movilidad, por la que se nombra al tribunal y se desarrollan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2026 (códigos de procedimiento IF310D e IF310E), convocadas por la Resolución de 6 de noviembre de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 224, de 19 de noviembre).

Mediante la Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Movilidad, se convocaron las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2026.

Mediante la Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, se establecieron las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril (DOG núm. 237, de 13 de diciembre).

El Real decreto 284/2021, de 21 de abril, regula en el anexo V los exámenes de cualificación inicial. En la sección 2ª desarrolla la «designación de tribunales» y señala que «En caso de no determinarse en la propia convocatoria, el órgano convocante deberá, con posterioridad a esta, designar al tribunal o tribunales de las pruebas (…) y proceder, asimismo, a su publicación en el correspondiente boletín oficial, por lo menos, con diez (10) días de antelación al de celebración del primer ejercicio».

Por lo expuesto,

DISPONGO:

Primero. Tribunal

1. El tribunal de las pruebas estará formado por cinco miembros: el/la presidente/a, tres vocales y el/la secretario/a, que actuará con voz y voto, a los que se les designarán miembros suplentes. Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Movilidad el nombramiento de este tribunal entre personal de esta dirección general.

A efectos de calificación, y de conformidad con el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG núm. 122, de 25 de junio), se calificará el tribunal como de categoría primera.

2. La composición del tribunal para las próximas convocatorias comunes del año 2026 será la siguiente:

Presidencia: la persona titular de la Subdirección General de Ordenación del Transporte.

Presidencia suplente: la persona titular de la Subdirección General de Infraestructuras y Planificación del Transporte.

Vocales:

La persona titular del Servicio de Ordenación del Transporte Regular de Viajeros.

La persona titular del Servicio de Coordinación de los Planes de Transporte.

La persona titular del Servicio de la Junta Arbitral de Transportes de Galicia.

Vocales suplentes:

La persona titular del Servicio de Inspección.

La persona titular del Servicio de Informes y Recursos.

La persona titular del Servicio de Infraestructuras.

La persona titular del Servicio de Planificación.

La persona titular del Servicio de Contratación.

La persona titular de la Subdirección General de Infraestructura y Planificación del Transporte.

La persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte.

Secretaría: la persona titular del Servicio de Autorizaciones, Informes y Apoyo Jurídico.

Secretaría suplente: la persona titular de la jefatura de sección de la Subdirección General de Ordenación del Transporte.

3. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Los miembros suplentes del tribunal participarán, junto con las personas titulares, cuando sea preciso para el buen desarrollo de las pruebas.

4. En el desarrollo del procedimiento deberán quedar debidamente acreditadas las decisiones adoptadas, mediante constancia documental, con la firma del/de la secretario/a y el visto bueno del/de la presidente/a.

5. La persona titular de la Presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando la aplicación informática habilitada para su corrección.

Segundo. Desarrollo de las pruebas

1. La fecha y la hora de realización de los ejercicios serán acordadas por el tribunal, dentro del calendario publicado en la Resolución de 6 de noviembre de 2025, y se publicarán en la web de la Dirección General de Movilidad con una antelación mínima de diez días hábiles al de la celebración del primer ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en la sección segunda del anexo V del Real decreto 284/2021, de 20 de abril. El lugar de realización será en la ciudad de Santiago de Compostela. Sin perjuicio de lo anterior, la distribución definitiva horaria y espacial de las personas aspirantes podrá ser modificada por decisión del/de la presidente/a y del/de la secretario/a del tribunal hasta el momento de la realización del examen por razones organizativas.

2. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento y perderá el derecho a realizar la prueba quien no comparezca.

3. Las personas aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistas de DNI o documento fehaciente acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal; su omisión dará lugar a su no admisión a la realización de las pruebas. Podrán presentarse a las pruebas convocadas por la Comunidad Autónoma gallega con independencia de su lugar de residencia habitual y del lugar en que hayan realizado el curso preceptivo, al amparo del artículo 18 del Real decreto 284/2021, de 20 de abril.

4. El tiempo para la realización del examen será de dos (2) horas.

5. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las erróneamente contestadas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

6. Para aprobar será necesario obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de puntos posibles.

7. Una vez finalizado el examen, se publicará la relación de respuestas estimadas correctas, lo antes posible, en la página web de la Dirección General de Movilidad.

Durante el día siguiente al de la publicación de la relación de respuestas correctas, las personas aspirantes podrán hacer llegar las impugnaciones que consideren oportunas sobre las preguntas formuladas y remitirlas a la persona titular de la Secretaría del tribunal a través de la siguiente dirección electrónica formacion.transportes@xunta.gal. Pasado el plazo indicado, no se admitirán nuevas impugnaciones de preguntas y respuestas, ni se tomarán en consideración dichas alegaciones respecto de la revisión de exámenes.

A la vista de las impugnaciones presentadas, el tribunal elaborará la relación definitiva de respuestas correctas y procederá, acto seguido, a corregir los ejercicios de acuerdo con ella.

La relación definitiva de respuestas correctas, así como la provisional de aptos/as y no aptos/as, serán publicadas en la página web de la Dirección General de Movilidad. A partir de entonces se abrirá un plazo de dos días hábiles para que las personas interesadas hagan llegar a la persona titular de la Secretaría del tribunal las peticiones de revisión, para su toma en consideración. Las solicitudes de revisión deberán presentarse dentro del referido plazo de dos días, mediante la remisión a la dirección electrónica formacion.transportes@xunta.gal

Revisados los ejercicios, el tribunal procederá a adoptar el acuerdo definitivo sobre las personas aspirantes aprobadas.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2025

Judit Fontela Baró
Directora general de Movilidad