BDNS (Identif.): 884023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/884023
Primero. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de esta orden es regular el procedimiento de solicitud y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura, en las siguientes líneas de ayudas:
a) Plan de mejora de bibliotecas escolares-concertados.
b) Clubs de lectura-concertados.
c) Radio en la biblio-concertados.
d) Biblioteca inclusiva-concertados.
e) Lectura y familias-concertados.
Esta convocatoria, a efectos de su identificación y acceso por las personas interesadas al formulario de solicitud en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (anexo I), se denomina Ayudas para centros privados concertados en el ámbito de las bibliotecas escolares y fomento de la lectura (con código de procedimiento ED516B).
Segundo. Bases reguladoras
Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se convocan ayudas para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura, para el curso 2025/26 (código de procedimiento ED516B).
Tercero. Importe
El importe máximo de las ayudas asciende a 247.800,00 € con cargo al presupuesto de 2026.
Esta convocatoria se tramita como expediente de tramitación anticipada de gasto, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, conforme al proyecto de Ley de presupuestos para el ejercicio 2026, que fue aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el día 17 de octubre de 2025, y al amparo de lo establecido en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de gasto, modificada por las órdenes de la Consellería de Economía y Hacienda de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001, con el artículo 25 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Todos los actos de trámite dictados en el expediente de gasto se entenderán condicionados a que, en el momento de dictarse la resolución de concesión, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que se produjeron dichos actos.
Dado que esta convocatoria abarca la actividad de las bibliotecas escolares durante el curso 2025/26, el presupuesto de esta convocatoria puede cubrir los gastos originados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá por último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2025
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024; DOG núm. 114, de 13 de junio)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación,
Ciencia, Universidades y Formación Profesional
