El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras previo acuerdo entre las administraciones afectadas.
El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de estas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.
El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG), dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forma parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente.
El acuerdo firmado el día 2 de julio de 2025 entre la Agencia Gallega de Infraestructuras y el Ayuntamiento de Carballo recoge el compromiso del ayuntamiento de asumir la titularidad de los siguientes tramos de la carretera autonómica AC-414 Carballo (AG-55)-límite del ayuntamiento (AC-418):
a) Carballo (AG-55)-Xoane (AC-418): pp.kk. 0+420 a 2+640.
b) Cances Grande (AC-418)-Límite del ayuntamiento (AC-418): pp.kk. 3+240 a 5+770.
La carretera convencional AC-414, con categoría funcional de red local, discurre por el término municipal del Ayuntamiento de Carballo, atravesando suelo clasificado como suelo rústico, suelo urbanizable y suelo de núcleo rural. Los tramos susceptibles de transferencia se sitúan entre los p.k. 0+420 y 2+640 y entre los p.k. 3+240 y p.k. 5+770, comprendiendo prácticamente la totalidad de la vía, a excepción del tramo situado entre las glorietas del enlace con la AG-55 (p.k. 0+000 a 0+420).
Con la formalización de esta transferencia, los tramos de la AC-414 que permanezcan bajo titularidad autonómica, de reducida longitud, quedarían vinculados a la AG-55 (enlace de Carballo Norte) o a las intersecciones en «T» con la AC-418. En consecuencia, la clave AC-414 se eliminaría del Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia (RACG).
Por otro lado, la carretera AC-418 constituye la alternativa viaria que ofrece un nivel de servicio superior al uso de los tramos del antiguo trazado de la AC-414, evitando así el paso por los núcleos de población de Cances Grande y Xoane da Estrada.
La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintitrés de febrero de dos mil veintiséis,
DISPONGO:
Artículo 1
Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Carballo de los tramos de la carretera AC-414 indicados en este artículo, junto con la superficie de DPV que le corresponda, incluido el dominio público viario existente bajo el paso superior de la AC-418 (p.k. 5+080 de la AC-414), manteniéndose en todo caso la titularidad autonómica de la estructura correspondiente a dicho paso superior y del tramo de la carretera AC- 418 que se apoya en ella:
|
Nº |
Tramo |
Inicio |
Coordenadas UTM (ETRS89 huso29) |
Final |
Coordenadas UTM (ETRS89 huso29) |
Long. (m) |
Superficie DPV (m²) |
|
1 |
Carballo (AG-55)- Xoane (AC-418) |
p.k. 0+400 de la AC-414 |
x = 523.737 y = 4.785.681 |
p.k. 2+570 de la AC-414 |
x = 522.407 y = 4.787.190 |
2.079 |
26.074 |
|
2 |
Cances Grande (AC-418)-Lím. ayuntamiento (AC-418) |
p.k. 3+290 de la AC-414 |
x = 521.970 y = 4.787.716 |
p.k. 5+710 de la AC-414 |
x = 520.228 y = 4.789.244 |
2.440 |
26.951 |
Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, suprimiendo la carretera AC-414 del Catálogo de la RACG, ya que los tramos de reducida longitud de la AC-414, que seguirán siendo titularidad autonómica quedan vinculados a la AG-55 (enlace de Carballo Norte) o a la AC-418 (intersecciones en «T» con la AC-418).
Se suprimirá del Catálogo de la RACG la carretera AC-414, que aparece reflejada con los siguientes datos:
|
Clave |
Denominación |
Tramo |
p.k.i |
p.k.f |
Longitud tramo (Km) |
Longitud total (km) |
Categoría funcional |
Clase de carretera |
Provincia |
|
AC-414 |
Carballo (AG-55)- Lím. ayuntamiento (AC-418) |
Carballo (AG-55)- Xoane (AC-418) |
0+000 |
2+640 |
2,64 |
5,17 |
Local |
Carretera convencional |
A Coruña |
|
AC-414 |
Carballo (AG-55)- Lím. ayuntamiento (AC-418) |
Cances Grande (AC-418)- Lím. ayuntamiento (AC-418) |
3+240 |
5+770 |
2,53 |
5,17 |
Local |
Carretera convencional |
A Coruña |
El documento del Catálogo y sus modificaciones se pueden consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:
https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega
Artículo 2
En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la LCG, el Ayuntamiento de Carballo deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.
Artículo 3
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.
Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:
https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega
Artículo 4
Le corresponde al Ayuntamiento de Carballo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de la vía transferida, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de la carretera.
Disposición final
Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintitrés de febrero de dos mil veintiséis
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestruturas
