DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Viernes, 6 de marzo de 2026 Pág. 16838

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2026 por la que se ordena la publicación de la desafectación de espacios en el inmueble chalé número 2 de los denominados Chalés de los Catedráticos y de la cesión de uso temporal en favor de la sociedad Cursos Internacionales de la Universidad de Santiago de Compostela, S.L.

Antecedentes:

Primero. La Universidad de Santiago de Compostela (USC) es una entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica propia, que desarrolla sus funciones en régimen de autonomía, reconocida como derecho fundamental por el artículo 27.10 de la Constitución y desarrollada por la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario. La USC tiene como funciones centrales la docencia, la investigación y la transferencia e intercambio del conocimiento y, en particular, la generación, desarrollo, difusión, transferencia e intercambio del conocimiento y la aplicabilidad de la investigación en todos los campos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, culturales y para la creación artística. Corresponde a la universidad la promoción de las relaciones entre la investigación universitaria, las necesidades sociales y culturales y su articulación en el sistema productivo, así como el impulso de la difusión y divulgación de los resultados de la investigación al conjunto de la sociedad.

Segundo. Cursos Internacionales de la Universidad de Santiago de Compostela, S.L. (Cursos Internacionales de la USC) es una entidad constituida por tiempo indefinido, como sociedad anónima, en escritura autorizada por el notario de Santiago de Compostela, lldefonso Sánchez Mera, de 28 de diciembre de 1995, nº 6017, y transformada en sociedad limitada, por acuerdo de la Junta General de la sociedad celebrada el 23 de noviembre de 2006, en escritura autorizada por el notario del colegio de Galicia Nelson Rodicio Rodicio, de 15 de diciembre de 2006, nº 4545.

A pesar de su personificación jurídico-privada, Cursos Internacionales de la USC es una sociedad de ente público, perteneciente al sector público, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público (el 90 por ciento de las participaciones que integran su capital social es de titularidad pública, de las cuales el 50 % corresponde a la USC). Ello implica determinadas particularidades en su régimen jurídico, entre otras, la aplicación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas (artículo 113 LRJSP), que en su artículo 145 permite la cesión gratuita de bienes para la realización de fines de utilidad pública o interés social de competencia de la entidad cedente.

Tercero. Cursos Internacionales de la USC tiene como fines propios de la sociedad potenciar el aprendizaje y conocimiento de los idiomas gallego y español para extranjeros, así como de la cultura gallega y española para este colectivo. A estos efectos, la sociedad servirá de apoyo instrumental a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir cursos de español para extranjeros, impartir cursos de gallego para extranjeros, impartir cursos de idiomas modernos, organizar exámenes y cursos para la obtención de títulos oficiales de español, la creación de materiales destinados a las enseñanzas referidas, organizar encuentros, congresos y actividades, cursos especializados y monográficos, y cualquier otra que afecte o incida, en cualquier forma o ámbito, en los intereses generales o particulares, efectivos o expectantes de la sociedad o de cualquiera de sus socios.

Cuarto. Dichos fines son de utilidad pública para las competencias de la USC y, en consecuencia, al amparo de lo dispuesto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, la USC puede ceder a su entidad dependiente Cursos Internacionales de la Universidad de Santiago de Compostela, S.L. el uso gratuito de los espacios necesarios para el desarrollo de sus fines.

Quinto. La Universidad de Santiago de Compostela es propietaria de los locales que conforman el chalé número 2 de los denominados Chalés de los Catedráticos, situado en el Campus Vida, avda. de las Ciencias s/n, en Santiago de Compostela, la planta sótano de 38,98 m², la planta baja de 108,71 m², la primera planta de 108,22 m², y la planta bajo cubierta 109,90 m². El espacio total tiene una superficie útil de 365,81 m² con referencia catastral 6673301NH3467D0001DO, para despachos, salas de reuniones, almacén, archivo, recepción, baños...

Sexto. Dichos espacios resultan adecuados para el desarrollo de las actividades y servicios que presta Cursos Internacionales de la USC para el cumplimiento del objetivo y fines descritos. Con la cesión de uso de dichos espacios por la USC a la sociedad se contribuye al cumplimiento y satisfacción de los fines de interés público que tanto la Universidad de Santiago de Compostela como la sociedad Cursos Internacionales de la USC tienen encomendados, sin que dicha cesión implique para las entidades que intervienen la obtención de beneficio económico directo.

Séptimo. Los locales objeto de esta cesión tienen la consideración de bienes de dominio público por estar afectos a la realización del servicio público de educación superior mediante su uso para la docencia, desarrollando actividades encaminadas a potenciar el aprendizaje y conocimiento de los idiomas gallego y castellano para extranjeros, como el fomento de la cultura gallega y española para este colectivo.

Octavo. El Pleno del Consejo Social de la USC, en sesión ordinaria del día 13 de febrero de 2026, aprobó la desafectación de los locales en el inmueble sito en el chalé nº 2 de los denominados Chalés de los Catedráticos, del Campus Sur, avda. de las Ciencias s/n, en Santiago de Compostela (referencia catastral 6673301NH3467D0001DO), que cuenta con los espacios que conforman la planta sótano de 38,98 m², la planta baja de 108,71 m², la primera planta de 108,22 m² y la planta bajo cubierta 109,90 m². El espacio total tiene una superficie útil de 365,81 m² y la propuesta de cesión es de uso temporal de los mismos en favor de Cursos Internacionales de la USC, S.L.

Fundamentos:

1. De acuerdo con el artículo 58 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, constituye el patrimonio de cada universidad el conjunto de sus bienes, derechos y obligaciones, y las universidades asumen la titularidad de los bienes de dominio público afectos al cumplimiento de sus funciones.

2. Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de gestión patrimonial de la Universidad de Santiago de Compostela, aprobado en el Consejo Social de la USC en su sesión de 22 de diciembre de 2021 (DOG de 23 de febrero de 2022), dispone que los inmuebles de titularidad de la USC o de sus entidades vinculadas en los que se realicen actividades docentes, de investigación, de extensión universitaria, o se alojen servicios universitarios, oficinas o dependencias de sus órganos, se considerarán, en todo caso, bienes de dominio público.

3. El artículo 69 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, establece que: 1. Los bienes y derechos demaniales perderán esta condición, adquiriendo la de patrimoniales, en los casos en que se produzca su desafectación, por dejar de destinarse al uso general o al servicio público. 2. Salvo en los supuestos previstos en esta ley, la desafectación deberá realizarse siempre de forma expresa.

4. La Ley 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, en el artículo 58.3 establece que sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la legislación sobre patrimonio histórico español, los actos de disposición de los bienes inmuebles y de los muebles de extraordinario valor serán acordados por la universidad, con la aprobación del Consejo Social, de conformidad con las normas que, a este respecto, determine la Comunidad Autónoma.

A este respecto, el Reglamento de gestión patrimonial de la Universidad de Santiago de Compostela, en su artículo 4, establece: 1. Corresponden al Consejo Social en materia patrimonial, de acuerdo con la normativa autonómica y previa propuesta del Consejo de Gobierno, las siguientes competencias:

– Aprobar la afectación al dominio público de los bienes y derechos de la universidad y su desafectación, así como, en su caso, su afectación secundaria o mutación demanial.

– Adoptar y aprobar cualquier acto de adquisición o disposición sobre bienes inmuebles y sobre los bienes muebles por valor superior a 60.000 euros o aquellos de extraordinario valor...

5. Cursos Internacionales de la USC es una sociedad de ente público, perteneciente al sector público, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (el 90 por ciento de las participaciones que integran su capital social es de titularidad pública, de los cuales el 50 % corresponde a la USC).

6. El artículo 145 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, regula la cesión gratuita de bienes y derechos estableciendo: 1. Los bienes y derechos patrimoniales de la Administración general del Estado cuya afectación o explotación no se juzgue previsible podrán ser cedidos gratuitamente, para la realización de fines de utilidad pública o interés social de su competencia, a comunidades autónomas, entidades locales, fundaciones públicas o asociaciones declaradas de utilidad pública... 3. La cesión podrá tener por objeto la propiedad del bien o derecho, o solo su uso. En ambos casos, la cesión conllevará para el cesionario la obligación de destinar los bienes al fin expresado en el correspondiente acuerdo. Adicionalmente, esta transmisión podrá sujetarse a condición, término o modo, que se regirán por lo dispuesto en el Código civil.

Por lo anteriormente expuesto, el rector

RESUELVE:

1. Publicar la desafectación de los locales en el inmueble sito en el chalé número 2 de los denominados Chalés de los Catedráticos, del Campus Sur, avda. de las Ciencias s/n, en Santiago de Compostela (referencia catastral 6673301NH3467D0001DO), que cuenta con los espacios que conforman la planta sótano de 38,98 m², la planta baja de 108,71 m², la primera planta de 108,22 m² y la planta bajo cubierta de 109,90 m². El espacio total tiene una superficie útil de 365,81 m², pasando a ser considerados bien patrimonial, con efectos desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

2. Una vez desafectados, acordar la cesión de uso temporal de dichos espacios en favor de Cursos Internacionales de la USC.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 46 y 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. No obstante, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó.

En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado en tanto no recaiga la resolución expresa o presunta del recurso de reposición, al amparo de los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2026

El rector de la Universidad de Santiago de Compostela
P.D. (Resolución de 21.4.2022; DOG de 26 de abril)
Antonio Javier Ferreira Fernández
Gerente de la Universidad de Santiago de Compostela