DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 13 de octubre de 2026 Pág. 52264

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que realiza la redistribución de los créditos presupuestarios de la Orden de 13 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2026 (códigos de procedimiento TR341K, TR342D, y TR341M) (Diario Oficial de Galicia número 71, de 17 de abril).

Primero. Mediante la Orden de 13 de abril de 2026 (DOG núm. 71, de 17 de abril), la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración estableció las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (en adelante, CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2026.

Posteriormente, mediante la Orden de 7 de septiembre de 2026 (DOG núm. 174, de 14 de septiembre), se publicó la ampliación de crédito de la Orden de 13 de abril de 2026.

Segundo. En el artículo 2 de la Orden de 13 de abril de 2026 se recoge el presupuesto total destinado a las ayudas a CEE en esta convocatoria 2026 y su distribución entre los diferentes programas financiados con cargo a las aplicaciones presupuestarias 14.04.324C.470.3, 14.04.324C.470.4, 14.04.324C.481.3 y 14.0 4.324C.481.4, código de proyecto 2018 00099, por un total de 27.040.000 €.

A consecuencia de la ampliación de crédito publicada mediante la Orden de 7 de septiembre de 2026, el importe de la convocatoria se incrementó en 3.750.792,01 €.

Esta orden está financiada con fondos finalistas procedentes del Estado. En el artículo 2 de la Orden de 13 de abril de 2026 establece que de existir remanente en una aplicación presupuestaria, proyecto o programa, se podrá redistribuir la cuantía sobrante en otra aplicación, proyecto o programa. La redistribución se llevará a cabo, después de la tramitación presupuestaria pertinente, sin necesidad de realizar una nueva convocatoria y será necesaria su publicación en los mismos medios que la convocatoria inicial.

Tercero. El proceso de instrucción de los expedientes según lo establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras requiere de la realización de una redistribución del crédito entre las distintas aplicaciones presupuestarias, en función del programa y del tipo de entidad que va a ser beneficiaria de la subvención (empresas, o entidades sin ánimo de lucro).

No existe crédito suficiente en las aplicaciones 14.04.324C.470.4 y 14.04.324C.481. 4 que financian el programa III destinado a subvencionar el mantenimiento del coste salarial de las personas con discapacidad en los CEE (código de procedimiento TR341M), para atender todas las solicitudes presentadas, pero se analizó la situación contable y se dispone de remanentes de crédito en las aplicaciones 14.04.324C.470.3 y 14.04.324C.481.3, que financian los programas I y II, que ascienden en concreto a 286.686,42 €, para financiar las necesidades de dicho programa.

Cuarto. La disposición final primera de la Orden de 13 de abril de 2026 establece que se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social para dictar las instrucciones y los actos que sean necesarios para el desarrollo y cumplimiento de esta orden.

En virtud de lo anterior, la persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social,

RESUELVE:

Primero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas en la Orden de 13 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2026, del programa I (unidades de apoyo a la actividad profesional- TR341K), del programa II (creación de puestos de trabajo estables para personas con discapacidad, adaptación de puestos y asistencia técnica – TR342D) y del programa III (mantenimiento del coste salarial de las personas con discapacidad – TR341M), redistribuyendo para los citados programas el importe establecido para la anualidad 2026 de la siguiente manera, sin variar el presupuesto total:

Programa

Aplicación presupuestaria

Código de proyecto

Crédito inicial

Ampliación

Crédito inicial + ampliación

Modificación

Totales

Programa I (TR341K)

14.04.324C.470.3

2018 00099

1.350.000,00 €

134.855,47 €

1.484.855,47 €

- 85.616,95 €

1.399.238,52 €

14.04.324C.481.3

2018 00099

234.000,00 €

0 €

234.000,00 €

- 88.000,00 €

146.000,00 €

Programa II (TR342D)

14.04.324C.470.3

2018 00099

900.000,00 €

71.519,46 €

971.519,46 €

0 €

971.519,46 €

14.04.324C.481.3

2018 00099

156.000,00 €

0 €

156.000,00 €

- 113.069,47 €

42.930,53 €

Programa III (TR341M)

14.04.324C.470.4

2018 00099

22.700.000,00 €

3.391.165,89 €

26.091.165,89 €

85.616,95 €

26.176.782,84 €

14.04.324C.481.4

2018 00099

1.700.000,00 €

153.251,19 €

1.853.251,19 €

201.069,47 €

2.054.320,66 €

Totales

 

 

27.040.000,00 €

3.750.792,01 €

30.790.792,01 €

0 €

30.790.792,01 €

Dicha redistribución no implica la apertura de un nuevo plazo de solicitudes y no altera la anualidad.

Segundo. Ordenar la publicación de esta redistribución de créditos en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de octubre de 2026

Marta Mariño Regueiro
Directora general de Trabajo Autónomo y Economía Social